Cuando uno va "al interior" del mar, está obligado a decir HaGomel (ver Berachos 54).
¿Hasta dónde tiene que llegar uno para ser considerado "en" el mar?
El verso en Tehilim (107:23) del cual derivamos la ley menciona explícitamente los barcos:
יוֹרְדֵי הַיָּם בָּאֳנִיּוֹת עֹשֵׂי מְלָאכָה בְּמַיִם רַבִּים - "Ellos que hacen negocios en el mar en grandes barcos"
De esto inferiría que su primer caso de natación está claramente bien (aunque vale la pena señalar que los versículos siguientes claramente también indican la salvación de un peligro significativo). Más allá de eso, si uno viaja por mar y hay un peligro significativo, uno está claramente obligado a decir la bendición. Aparentemente, la aplicabilidad de la bendición cuando no hay peligro real está sujeta a disputa.
De: http://www.dinonline.org/2014/08/16/gratitude-for-surviving-danger-when-to-say-birkas-ha-gomel/
Otra aplicación de las costumbres divergentes es el caso de alguien que cruza un gran río o lago, pero no un océano. El Biur Halachah (sv yordei) escribe que la halachah depende de las costumbres divergentes: Según la costumbre de los sefardíes, la bendición se recita porque un río grande no es menos peligroso que un camino interurbano. Sin embargo, según la costumbre de Ashkenaz, es posible que no se recite ninguna bendición, porque el peligro de cruzar un río grande es menor que cruzar el mar.
Del mismo sitio:
Shut Kinyan Torah (Vol. 1, no. 16, sec. 3) escribe que alguien que navega a través del Canal entre Inglaterra y Francia no recita la bendición porque el viaje es corto.
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