¿Existe algún reglamento de la FAA o EASA que dicte el uso de conectores eléctricos de bloqueo para ciertos sistemas en una aeronave?
En la mayoría de los sistemas se utilizan conectores de bloqueo automático (mecanismo de trinquete, bayoneta) y de bloqueo positivo (bloqueo por cable).
Pero también hay conectores push-pull que se utilizan principalmente en auriculares o baterías de desconexión rápida.
¿Existe alguna normativa que prohíba el uso de conectores eléctricos no autoblocantes o de bloqueo positivo para ciertos sistemas aunque cumplan exactamente las mismas especificaciones mecánicas en cuanto a vibraciones, impactos y durabilidad?
EDITAR: tenga en cuenta que la pregunta original, a la que se dirige principalmente esta respuesta, no especificaba los conectores eléctricos.
La FAA proporciona regulaciones que cubren al menos parcialmente este tema, aunque la guía es bastante amplia.
Los estándares de aeronavegabilidad en 14 CFR 23.607 para aviones de categoría normal, utilitaria, acrobática y de cercanías estipulan que:
(a) Cada sujetador removible debe incorporar dos dispositivos de retención si la pérdida de dicho sujetador impediría la continuación del vuelo y aterrizaje seguros.
(b) Los sujetadores y sus dispositivos de bloqueo no deben verse afectados negativamente por las condiciones ambientales asociadas con la instalación en particular.
(c) No se puede usar ninguna tuerca de autobloqueo en ningún perno sujeto a rotación en operación a menos que se use un dispositivo de bloqueo sin fricción además del dispositivo de autobloqueo.
Asimismo, los estándares de aeronavegabilidad en 14 CFR 25.607 para aviones de categoría transporte estipulan que:
(a) Cada perno, tornillo, tuerca, pasador u otro sujetador removible debe incorporar dos dispositivos de bloqueo separados si:
(1) Su pérdida podría impedir la continuación del vuelo y el aterrizaje dentro de las limitaciones de diseño del avión utilizando la habilidad y fuerza normales del piloto; o
(2) Su pérdida podría resultar en una reducción en la capacidad o respuesta de control de cabeceo, guiñada o balanceo por debajo de lo requerido por la Subparte B de este capítulo.
(b) Los sujetadores especificados en el párrafo (a) de esta sección y sus dispositivos de bloqueo no pueden verse afectados negativamente por las condiciones ambientales asociadas con la instalación en particular.
(c) No se puede usar ninguna tuerca de autobloqueo en ningún perno sujeto a rotación en operación a menos que se use un dispositivo de bloqueo sin fricción además del dispositivo de autobloqueo.
Como puede ver, estas regulaciones prohíben ciertos tipos de sujetadores de bloqueo en ciertas circunstancias. Por ejemplo, una tuerca autoblocante de nailon no es aceptable para sujetar el colector de escape a la culata; sin embargo, sería aceptable una tuerca autoblocante totalmente metálica.
La mayor preocupación para un sistema como un auricular puede ser que instalarlo con hardware de sujeción (tornillos, por ejemplo) sería convertirlo en una parte instalada de la aeronave. La instalación estaría entonces sujeta a las diversas regulaciones de una instalación: una entrada en el libro de registro, consideraciones de peso y balance, etc.
Además, AC 43-13-1B, Capítulo 7 , brinda orientación no reglamentaria con respecto al uso de sujetadores, incluido el uso de mecanismos de bloqueo y seguridad. Señalaré que esta guía es reemplazada por los datos de mantenimiento del fabricante para la mayoría de las aeronaves modernas.
dan hulme
Objeto que cae no reconocido