Así como los civiles pueden usar legalmente el camuflaje militar en la mayoría de las jurisdicciones (por ejemplo, en los EE. UU.), ¿puedo crear un avión furtivo para uso no militar? Más precisamente, ¿puedo registrar y volar la cosa?
Sí, es posible, pero debe llevar un transpondedor de modo C mientras se encuentre a más de 10 000 pies o en algunos tipos de espacio aéreo controlado y tenerlo encendido. Lo que prácticamente niega las capacidades de sigilo de su avión.
Para citar la página de AOPA vinculada:
De acuerdo con 14 CFR 99.13, ninguna persona puede operar una aeronave hacia o desde los Estados Unidos, o hacia, dentro o a través de una ADIZ designada en la subparte B a menos que opere un transpondedor con Modo C. Ciertas exenciones pueden aplicarse a aeronaves que no fueron certificado originalmente con un sistema eléctrico accionado por motor; ver 99.13(d).
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