¿El matrimonio sin ketubah se considera matrimonio, concubinato o kidushin she'einah re'uyah le'biah (matrimonio que no se puede consumar)? He leído varias cosas diferentes que sugieren cada uno de los tres. En la discusión aquí sobre el concubinato, se sugirió que concubinato = simplemente matrimonio sin ketubah, por lo que matrimonio sin ketubah = concubinato. Pero también he leído que el matrimonio puede contraerse sin ketubah: ya sea a través de biah o de un anillo. Finalmente, he leído una fuente que sugiere que la pareja no puede tener relaciones sin ketubah; por lo tanto, un matrimonio sin ketubah es un kidushin she'einah re'uyah le'biah. ¿Cual es correcta?
La presencia o ausencia de una ketuba en un matrimonio por lo demás válido no tiene efecto sobre la validez del kidushin. Como tal, sería kidushin she'einah re'uyah le'biah (matrimonio que no se puede consumar). La única razón por la que tal matrimonio no debería consumarse es por el rigor tannaítico de R'Meir en Ketubot (capítulo 5). Sin embargo, están igual de casados sin la ketuba.
El matrimonio como matrimonio, incluso en ausencia de ketuba, es diferente del concubinato. Como asunto legal, no se requiere get para una concubina, ni tampoco ketuba. Como tal, la gente dice que el concubinato es como el matrimonio sin ketuba, pero eso significa que no se necesita ketuba, no que se necesita sino que está ausente. Entonces, tener kiddushin y nisuin sin ketuba no convertiría el matrimonio en concubinato.
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