Nuestro grupo (Europa occidental/Suiza) ha presentado una revisión sobre un dispositivo que genera mucho dinero ( es decir, una industria multimillonaria). Nuestros resultados hablan levemente en contra del uso de dicho dispositivo, aunque tenemos poca confianza en esos resultados (los metadatos advierten sobre la posibilidad de un falso positivo).
Desde el inicio del estudio, un vicepresidente de la empresa relevante (con sede en EE. UU.) nos ha consultado varias veces por correo electrónico, pidiéndonos que compartamos nuestros datos (a lo que nos negamos). Desde la presentación, el vicepresidente está solicitando una reunión en persona y hay rumores de que no están contentos con nuestros resultados (que, por cierto, aún no se han publicado). No respondimos. Mientras tanto, la empresa también contactó a nuestro jefe de departamento. expresar que estaban preocupados por nuestro trabajo.
Obviamente están actuando con mucho cuidado para que no podamos acusarlos de ejercer presión sobre nosotros. Pero nos preocupa el riesgo de represalias por la publicación ( es decir, acciones legales). Nuestro jefe nos dijo que no nos preocupáramos y nos disuadió de buscar asesoría legal. Ni el estudio ni nuestro grupo cuentan con apoyo financiero. ¿Cómo podemos protegernos? ¿Existen organizaciones que se especialicen o brinden protección (¿gratuita?) a los investigadores?
nuestro trabajo no está financiado. Período. Sin dinero. Nada. No es inusual en absoluto hacer investigación no financiada al margen de la actividad profesional de uno en mi campo (medicina).
no promocionamos (ni estamos interesados en hacerlo) un dispositivo alternativo. La revisión compara el proceso que utiliza el dispositivo con el proceso habitual sin dispositivo. La comparación se realiza sobre los resultados del paciente (curación, daño, muerte, etc.).
La empresa insinuó compartir datos con nosotros, pero luego se negó a hacerlo cuando se le preguntó explícitamente. Parece que ya estaban preocupados por los resultados en ese momento.
La empresa nos pidió nuestros resultados antes de su publicación. Nos negamos, ya que habríamos tenido que indicarlo en nuestro manuscrito, lo que habría despertado sospechas en nuestros lectores y se habría reflejado negativamente en nuestro trabajo. No se dio ninguna razón para nuestra negativa.
¿Usted, o alguno de sus coautores, trabaja para una universidad? Si es así, puede comunicarse y hablar con el departamento legal sobre cómo protegerse legalmente.
Alternativamente (o además) leí un libro llamado "mercaderes de la duda" que habla de campañas de desinformación contra investigadores e investigadores que amenazaban los productos de ciertas industrias. Hay un sitio web asociado al libro aquí: https://www.merchantsofdoubt.org/ .
Si bien dudo que puedan ayudarlo directamente, los autores pueden señalarle cualquier grupo relevante para guiarlo en la protección tanto legal como pública (si la empresa en cuestión es maliciosa, es posible que no solo usen medios legales para intentarlo). enterrar los resultados). El libro se centró principalmente en cosas que sucedieron en los EE. UU., por lo que puede haber algunas diferencias en su caso, aunque si la empresa en cuestión es de los EE. UU., esto puede ser un beneficio para usted.
En términos generales, dado que ni yo ni muchas personas en este sitio somos abogados, no se debe buscar nuestro asesoramiento legal. Las preocupaciones de su jefe sobre el asesoramiento legal también pueden deberse a la preocupación de agitar a la empresa y hacer que actúen. Si bien no desea desencadenar nada (si es grande y tiene mucho dinero, no necesita ganar una demanda para ganar), obtenga el asesoramiento adecuado sobre lo que debe mantener un registro escrito y qué tipo de comportamientos debe evitar por razones legales o públicas no es una mala idea.
Simplemente pedir ver sus datos y esperar un trabajo científico abierto no es del todo inapropiado, y nada de lo que ha descrito hasta ahora equivale a algo adverso por parte de este vicepresidente. Sin duda, tiene razón en andar con cuidado, pero es posible que se esté adelantando en lo que respecta a las preocupaciones sobre la "presión" y las "represalias". De hecho, iría más allá y diría que es deseable que los investigadores científicos estén generalmente bajo cierta presión para que los datos de su trabajo estén disponibles para el público o para otros investigadores. (También soy escéptico de caracterizar la acción legal como "represalia"; consulte más comentarios a continuación. **)
Tendrá que decidir si tiene la intención de hacer públicos sus datos o ponerlos a disposición de otros investigadores, etc. Si niega el acceso, debe tener una buena razón para ello y debe comunicarse a las personas que buscan acceso a los datos. Cuando publica su investigación, la revista también puede imponerle requisitos con respecto a la disponibilidad de datos. Cualquiera que sea su decisión, ciertamente es una mala imagen si se niega a dar acceso a sus datos a otros investigadores sobre la base de que tienen una visión opuesta a la suya sobre la eficacia de la investigación (o sobre la base de que tienen intereses que conflicto con el suyo). Idealmente, podrá formular una forma razonable para que otros investigadores obtengan acceso a sus datos, tal vez sujeto a restricciones razonables que no restrinjan su capacidad de oponerse a sus propios hallazgos.quid pro quo en términos de acceso a datos.
En cualquier caso, según su propia descripción, tiene "baja confianza" en la evidencia adversa al dispositivo. Presumiblemente, esa evaluación se incorporará a su trabajo publicado sobre el tema, de modo que el lector sea consciente tanto de la dirección como de la fuerza de la evidencia. Deberá decidir si la evidencia es lo suficientemente sólida como para afirmar una conclusión o si es tan débil que sería irresponsable llegar a una conclusión clara sobre el dispositivo. El hecho de que tenga poca confianza en su resultado no significa necesariamente que no pueda declararlo, pero debe tener cuidado de imponer las precauciones y advertencias adecuadas.
Tomo nota de que la empresa solicitó acceso a su manuscrito antes de la publicación, y usted se lo ha negado porque cree que podría generar sospechas de colusión entre los lectores. Esa no es una objeción fantasiosa, pero es poco probable que ocurra en un contexto en el que está haciendo hallazgos que son adversos.a su producto. En cualquier caso, también vale la pena señalar que es útil tener un par de ojos disidentes que revisen su trabajo antes de la publicación, ya que probablemente rechazarán cualquier parte del manuscrito que tenga errores o sea débil. Esto también es útil si le preocupan las acciones legales, ya que le dará la oportunidad de ver qué objeciones, si las hay, presenta la empresa contra la publicación previa de su trabajo. Si el asunto procede a acciones legales más adelante, será difícil para la empresa plantear nuevas objeciones si ya se les ha dado la oportunidad de recibir comentarios y revisiones antes de la publicación del trabajo. En consecuencia, una cosa a considerar aquí es si valdría la pena que un miembro de esta empresa proporcione un informe de referencia antes o durante la revisión por pares. (Normalmente no necesitaría dar acceso a los datos para que esto ocurra. ) La ventaja de esto es que luego obtiene información previa a la publicación sobre lo que objetan, y puede hacer cambios si cree que alguna de sus críticas tiene mérito. Los manuscritos generalmente no revelan las identidades de los árbitros, pero en este caso puede pedirle orientación al editor de la revista.
En términos de posibles acciones legales por parte de esta empresa, eso es algo sobre lo que debe hablar con un abogado. En principio, una publicación que brinde una reseña negativa de un producto podría equivaler a difamación, menosprecio del producto o un agravio relacionado. Si su trabajo de investigación es negligente, también podría constituir un agravio por negligencia. Un abogado podrá asesorarlo más específicamente sobre estos asuntos, pero una cosa a tener en cuenta aquí es que un elemento del agravio de menosprecio del producto es el conocimiento de la falsedad de una afirmación o "desprecio imprudente" de su verdad o falsedad. Esto último será mucho más fácil de probar para la empresa si puede demostrar que trató de hablar con usted sobre la investigación (para presentar objeciones) y usted se negó a escucharlos oa comunicarse con ellos en absoluto.
Sobre caracterizar la acción legal como "represalia": Una cosa que me molesta mucho cuando veo este tipo de reacciones (como en su publicación) es esta tendencia a caracterizar la acción legal como "represalia", en el sentido que se usa a menudo en los procedimientos para Evitar la victimización de los denunciantes. Este tipo de caracterización huele a mala fe --- si emprender una acción legal es una "represalia", en el sentido que se usa en los procedimientos para victimizar a los denunciantes, entonces el hablante está diciendo implícitamente que otras personas/empresas no deberían tener ningún derecho legal. en cuanto a su propia conducta. Por supuesto, se abusa de algunas leyes y procedimientos legales, pero algunas leyes existen como genuinas protecciones de derechos, y es perfectamente razonable que las personas/empresas se acojan a esas protecciones cuando corresponda.
Además de ser bastante sociópata por derecho propio, dicha conversación también es potencialmente peligrosa legalmente, en la medida en que da evidencia de mala fe y desprecio imprudente por los derechos de los demás (que pueden ser elementos de responsabilidad extracontractual en estos asuntos). Si comienza este tipo de negociaciones considerando la posibilidad de una acción legal por parte de la otra parte como "represalia", esencialmente ignora por completo que ellos tengan cualquier derecho legal en relación con su propia conducta. Efectivamente estás diciendo: debería estar por encima de la ley. Pregúntese, si el zapato estaba en el otro pie, y alguien estaba pensando en publicar un comentario que fuera adverso a sus habilidades como investigador, su competencia profesional, etc., ¿le gustaría ser tratado de esta manera? no lo haría ¿No te alegras de tener algunas protecciones legales? ¿Consideraría que el ejercicio de sus protecciones legales válidas (tomando medidas legales si es necesario) es una forma de "represalia"? (Para tomar un ejemplo más extremo: si una víctima de violación denuncia a su violador a la policía, y quizás también lo demande en un tribunal civil, ¿lo caracterizaría como "represalia"?)
No pretendo que esto sea una crítica severa, porque creo que algunas personas simplemente usan el término "represalia" de manera bastante impertinente, porque se ponen extremadamente a la defensiva y se ponen nerviosos al pensar en procesos legales, y dejan que esto anule cualquier evaluación real. de las implicaciones. Un enfoque mucho mejor en estos asuntos es entrar en el asunto con un respeto genuino por los derechos de la otra parte, y dar una consideración genuina a si sus acciones son o no legales y justas para ellos. En lugar de considerar la acción legal como una "represalia" en su contra por su (presunta) conducta perfecta, considérelo como algo que podría suceder para resolver una disputa mediante el fallo de un tercero (el tribunal) si fuera necesario. Considere adecuadamente el hecho de que podría hacer algo mal si no tiene cuidado, y busque información que le asegure que no hará nada malo. No tengas miedo de acciones legalesper se --- tener miedo de hacer algo que infrinja los derechos de otra parte.
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