¿Cuáles son los estándares de prueba halájicos?

Esta respuesta sugiere un estándar de "más allá de toda duda". Ese tipo de término es muy popular desde la perspectiva del derecho inglés, que tiene diferentes estándares de "prueba". Entre ellos :

  • Causa probable (30-51% de probabilidad del hecho relevante)
  • Preponderancia de evidencia (51%, o más probable que no)
  • Clara y convincente (sustancialmente más del 51% y una creencia o convicción firme del juez)
  • Más allá de una duda razonable (uno estaría dispuesto a confiar y actuar en consecuencia sin vacilación en los asuntos más importantes de uno mismo).

Más allá de una sombra de duda es, por supuesto, incluso más alto que esto, aunque no se usa en la ley inglesa (y algunos de inclinación filosófica cuestionarían si alguna vez se puede lograr).

En un contexto judío, creo que los últimos cuatro (Preponderancia, claro y convincente, más allá de una duda razonable y sombra de duda) son una descripción razonable de la percepción de Di-s en los cuatro mundos , sin embargo, esta pregunta es sobre Joshen Mishpat.

¿Cuáles son los estándares de prueba relevantes en el judaísmo y cuándo se aplican?

Una distinción famosa entre casos capitales y otros es si requiere ver versus saber (עדי ראיה ולא עדי ידעה), pero ese es un problema de estándares de evidencia , no un estándar de prueba.

¿Qué estándar(es) de prueba se requiere(n) en Halajá con respecto a los casos de Beit Din? Mi impresión (que es vaga) es que claro y convincente sería una aproximación bastante cercana, pero no estoy seguro.

¿Están discutiendo casos monetarios, casos capitales, casos de divorcio...?
@ usuario6591, sí. Si el estándar de la prueba (a diferencia del estándar de la evidencia, al que aludí en la pregunta) varía según el tipo de caso, entonces eso sería aún más paralelo a la ley inglesa, donde la preponderancia de la evidencia es para casos civiles y más allá de una duda razonable es para casos penales.
¿Está preguntando sobre casos en los que los jueces determinarían el caso en función del testimonio, chazaka o umdena? Al igual que la diferencia entre עדי ראיה y עדי ידיעה, estas son diferencias en la forma en que un Beis Din puede/usa la evidencia. Aparte de dentro de la categoría de umdena (y, a veces, chazaka), no creo que Halakha requiera que los casos se basen en certeza basada en evidencia, sino en pautas de lo que cuenta y lo que no.
@Matt, una respuesta podría ser que Halacha generalmente no usa estas categorías. Pero no sé si tienes razón en eso. Un Beis Din decide si los testigos son dignos de confianza; de eso se tratan Chakira y Drisha.
Quizás me equivoque, pero creo que el Rambam asume lo contrario, al menos en principio. Drisha vechakirah es un requisito técnico, y aunque dicho requisito ciertamente tiene sentido para nosotros los mortales, el hecho de que disminuya la injusticia puede no ser más que un taam. Todo esto es en principio ; en la práctica , אין לדיין אלא מה שעיניו רואות, pero eso es diferente a los estándares halájicos normales. ¿Es eso lo que estás preguntando?
@Matt, no estoy seguro de estar de acuerdo con la comprensión de ese Rambam, pero de cualquier manera אין לדיין אלא מה שעיניו רואות sería parte integral de lo que estoy buscando (¿cómo sabe lo que ve, cuando todo lo que puede hacer es escuchar?)

Respuestas (1)

Creo que lo que está buscando se encuentra más fácilmente en Shulchan Aruj Joshen Mishpat siman 15 . Siff 5 dice que A dayan debe juzgar los casos monetarios en función de lo que cree que es la verdad y tiene una fuerte idea en su corazón de que es así. Allí, en los Siff 3 y 4, se analiza una situación en la que se sospecha de fraude y qué grado de inspección se requiere. El Shulján Aruj dice que haga drisha y chakira como lo haría en un caso capital, pero Ramma cita a Rivash que dice que esto no es literal, simplemente significa verificar más. Allí también se discute una concesión para que un juez se recuse a sí mismo en base a sus dudas.