Recientemente escuché una opinión interesante de que ninguna entidad tiene el derecho moral de ejercer autoridad sobre ningún grupo social que no esté dispuesto a permanecer bajo esta autoridad (excluyendo a los reclusos). Por lo tanto, cualquier grupo tiene derecho a la secesión, y la autoridad central no puede tratar de obligar a la entidad secesionista a permanecer dentro del estado, incluso si las secesiones llevarían al final del estado más grande.
Por ejemplo, la Unión no tenía derecho a hacer la guerra contra la Confederación en un intento de hacer cumplir la integridad de los EE. UU.; los vascos y los escoceses deberían obtener la independencia; la Commonwealth polaco-lituana no tenía derecho a luchar contra los cosacos como lo hizo, sino que debería haberles concedido la independencia a los cosacos y limitarse a defender sus nuevas y reducidas fronteras contra las incursiones de los cosacos. Tenga en cuenta que no es mi intención discutir estos ejemplos particulares, los proporciono solo para ayudar a comprender el problema principal.
Estas afirmaciones fueron hechas por un sacerdote católico y respaldadas por algún concilio ecuménico (lamentablemente no recuerdo cuál), que supuestamente declaró que cada nación tiene derecho a la autodeterminación o incluso a tener su propio estado (nuevamente, lamentablemente no recuerdo los detalles aquí). Además, estas opiniones parecen estar respaldadas por CCC 1901 , que dice: “ Si la autoridad pertenece al orden establecido por Dios, “la elección del régimen político y el nombramiento de los gobernantes quedan a la libre decisión de los ciudadanos”. ” – con una nota a pie de página que dirige a “ GS 74 # 3. ”
¿Enseña realmente la Iglesia Católica que todo grupo tiene derecho a separarse cuando así lo desee? ¿Prohíbe en cualquier caso los intentos por la fuerza de impedir tal secesión? ¿Existen documentos oficiales al respecto?
La moral de la secesión está relacionada con la tesis del tiranicidio (matar a los tiranos) del jesuita escolástico español Fr. Juan de Mariana , cap. 5 de su De Rege .
El economista Jesús Huerta de Soto , especialista en escolástica española, describe al p. La tesis de De Mariana en su artículo " Juan de Mariana y los escolásticos españoles " (cf. su conferencia relacionada ):
Aunque el padre Juan de Mariana escribió muchos libros, el primero de contenido libertario fue, quizás, el libro titulado De rege et regis Institutione (“ Sobre el rey y la institución real ”) publicado en 1598, en el que enunciaba su célebre defensa del tiranicidio. Según Mariana, cualquier ciudadano individual puede asesinar con justicia a un rey que impone impuestos sin el consentimiento del pueblo, se apodera de la propiedad de los individuos y la dilapida, o impide la reunión de un parlamento democrático.⁷ Las doctrinas contenidas en este libro aparentemente se usaron para justificar la asesinato de los reyes tiranos franceses Enrique III y Enrique IV y el libro fue quemado en París por el verdugo como resultado de un decreto emitido por el Parlamento de París el 4 de julio de 1610.⁸
En España, aunque a las autoridades no les entusiasmaba, el libro fue respetado. De hecho, lo único que hizo Mariana fue llevar a su conclusión lógica la idea de que la ley natural es moralmente superior al poder del Estado. Esta idea había sido previamente desarrollada en detalle por el gran fundador del derecho internacional, el dominico Francisco de Vitoria (1485-1546), quien inició la tradición escolástica española de denunciar la conquista y particularmente la esclavización de los indios por parte de los españoles en el Nuevo Mundo.
Notas
⁷Mariana describe al tirano de la siguiente manera:Se apodera de los bienes de los individuos y los dilapida, impulsado como está por los vicios impíos de la lujuria, la avaricia, la crueldad y el fraude… Los tiranos, en efecto, tratan de dañar y arruinar a todos, pero dirigen su ataque especialmente contra los hombres ricos y rectos. en todo el reino. Consideran el bien más sospechoso que el mal; y la virtud de la que ellos mismos carecen es la más formidable para ellos... Expulsan a los mejores hombres de la comunidad sobre el principio de que todo lo que es exaltado en el reino debe ser derribado... Agotan todo el resto para que no puedan unirse exigiendo nuevos tributos de ellos diariamente, provocando peleas entre los ciudadanos, y uniendo guerra a guerra. Construyen grandes obras a expensas y sufrimiento de los ciudadanos.⁸Véase Juan de Mariana, Discurso de las enfermedades de la Compañía, imprenta de Don Gabriel Ramírez, calle de Barrionuevo , Madrid, año de 1768, “Disertación sobre el autor, y la legitimidad de este discurso”, p. 53.
—Murray N. Rothbard, El pensamiento económico antes de Adam Smith , op. cit., págs. 118-119.
Una parte interesante de la conferencia del Prof. Huerta de Soto (@ 17:54 ):
Pero Mariana insiste en otra idea muy importante. Dice que la ley natural es muy superior al poder de cada rey o gobernante. Esta es una idea esencial que sigue siendo perfectamente aplicable hoy en día. Creo que debemos ser conscientes y estar muy orgullosos de que cuando Thomas Jefferson, el padre fundador de los Estados Unidos, se planteaba levantarse o no contra el rey de Inglaterra, para dar ánimos a Madison y a los resto de los padres fundadores de la gran patria americana, les dice: "Solo tenéis que leer un libro: La Historia de España de Fr. Juan de Mariana". Y, de hecho, Madison incluso le envió una copia del libro [vol. 2; aquí hay un escaneo de la copia de Madison en Internet Archive], porque es una historia de España escrita desde la perspectiva de la libertad, desenmascarando a los tiranos.
or prevents a meeting of a democratic parliament
– ¿Significa esto que la Iglesia considera sistemas como el feudalismo medieval y las monarquías hereditarias como inmorales per se?If the choice of the political regime and the appointment of rulers are not left to the free decision of the citizens, then authority does not belong to the order established by God
. Asumiendo, en aras del argumento, que dejar la elección del régimen político y el establecimiento de reglas a las decisiones libres de los ciudadanos es la definición de democracia, CCC 1901 establece descaradamente que cualquier sistema no democrático es impío. ¿Es correcta esta interpretación?En el fascinante artículo " Fuentes católicas y la Declaración de Independencia ", el Rev. John C. Rager, STD, enumera algunos paralelos entre la Declaración de Independencia de los EE. UU. y el pensamiento de San Roberto Belarmino y Santo Tomás de Aquino. Sobre “El derecho a cambiar de gobierno”, escribe:
Declaración de Independencia: “Cada vez que cualquier forma de gobierno se vuelve destructiva de estos fines, es el derecho del pueblo modificarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno... La prudencia, de hecho, dictará que los gobiernos establecidos desde hace mucho tiempo no deben ser cambiado por razones ligeras y transitorias.”
Belarmino: “Por razones legítimas, el pueblo puede cambiar el gobierno a una aristocracia oa una democracia o viceversa” (“De Laicis”, c. 6). “El pueblo nunca transfiere sus poderes a un rey de manera tan completa que no se reserve el derecho de recuperar este poder” ( Recognitio de Laicis , c. 6).
Santo Tomás: “Si alguna sociedad de personas tiene el derecho de elegir un rey, entonces el rey así establecido puede ser depuesto por ellos sin injusticia, o su poder puede ser reprimido, cuando por tiranía abusa de su poder real” ( “De Rege et Regno”, Libro I, c. 6 ).
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