¿Cuáles son las diferencias entre la antigua prohibición de viajar de Trump y la nueva?

Trump firmó recientemente una orden ejecutiva revisada para restringir a los viajeros de países específicos durante 90 días.

¿Cuáles son algunas de las diferencias entre las 2 órdenes ejecutivas ( 13769 y 13780 )?

Respuestas (3)

Hay algunas diferencias importantes entre las dos órdenes ejecutivas.


Información básica

Ambas órdenes ejecutivas comparten el mismo nombre, pero tienen números diferentes.


1. Irak ahora no está incluido en la prohibición de viajar revisada.

Como se cita de la hoja informativa proporcionada por la Casa Blanca:

Sobre la base de las negociaciones que han tenido lugar entre el Gobierno de Irak y el Departamento de Estado de los EE. UU. en el último mes, Irak aumentará la cooperación con el Gobierno de los EE. UU. en la investigación de antecedentes de sus ciudadanos que solicitan una visa para viajar a los Estados Unidos . Como resultado de este mayor intercambio de información, los ciudadanos iraquíes no se ven afectados por la Orden Ejecutiva .

Esto probablemente se deba al cabildeo del gobierno iraquí, como se cita en este artículo de CNN :

Irak fue eliminado de la orden ejecutiva revisada de prohibición de viajes después de un intenso cabildeo del gobierno iraquí en los niveles más altos, según un alto funcionario estadounidense.

Eso incluyó una llamada telefónica entre Trump y el primer ministro iraquí Haider al-Abadi el 10 de febrero y una conversación en persona entre Abadi y el vicepresidente Mike Pence en Munich el 18 de febrero .

(énfasis mío)

2. Serán válidas las visas emitidas con anterioridad.

Todas las visas que fueron emitidas antes de la fecha de vigencia de la orden seguirán siendo válidas.

Texto de la orden ejecutiva:

(un alcance. Sujeto a las excepciones establecidas en la subsección (b) de esta sección y cualquier exención en virtud de la subsección (c) de esta sección, la suspensión de entrada de conformidad con la sección 2 de esta orden se aplicará solo a los ciudadanos extranjeros de los países designados que:

(i) están fuera de los Estados Unidos en la fecha de vigencia de esta orden;

(ii) no tenía una visa válida a las 5:00 p. m., hora estándar del este, el 27 de enero de 2017; y

(iii) no tiene una visa válida en la fecha de vigencia de esta orden .

(énfasis mío)

Preguntas frecuentes de WH:

Por lo tanto, cualquier persona que tuviera una visa válida el 27 de enero de 2017 (antes de las 5:00 p. m.) o que tenga una visa válida en la fecha de vigencia de la Orden Ejecutiva no tiene prohibido el ingreso .

(énfasis mío)

3. No entrará en vigor inmediatamente.

La fecha de vigencia de la orden es a las 12:01 am EDT del 16 de marzo.

Técnicamente, esto significa que los ciudadanos de los países mencionados pueden continuar solicitando visas durante 10 días, aunque no se menciona si se aprobará alguna solicitud.

4. Los residentes permanentes no están incluidos en la prohibición

Los residentes permanentes legales o los titulares de tarjetas verdes no estarán incluidos en la prohibición.

(b) Excepciones. La suspensión de entrada de conformidad con la sección 2 de esta orden no se aplicará a:

(i) cualquier residente permanente legal de los Estados Unidos;

[ ... ]

(énfasis mío)


Enlaces útiles:

Si sirve de algo, estuve charlando con un abogado la semana pasada (orden previa al ejecutivo) que había estado siguiendo esto en las noticias. Dijo que entendía que la nueva orden ejecutiva tenía la intención de ser lo más parecida a la primera, pero con ajustes menores para despojar a los detractores de [Standing] ( en.wikipedia.org/wiki/Standing_(law) ) para que no pudieran impugnarlo en los tribunales. Según lo que se enumera aquí, creo que parece tener sentido.
5. El primero se cuelga en la corte. El segundo no lo es (al menos, todavía no). :)
@DanK: Supongo que la forma en que la administración lo ve es que el nuevo orden es lo más parecido posible al primero, pero con ajustes menores para que sea legal. No es que espere que muchos miembros del equipo de Trump admitan públicamente que la orden original no era legal.
@SteveJessop La prohibición de entrada original era legal. Estúpido, pero legal. Está autorizado por 8 USC 1182 (f), que efectivamente le da al presidente el poder de prohibir que cualquier clase de (o todos) ciudadanos no estadounidenses ingresen al país cuando quiera y por el tiempo que quiera si lo considera "para ser de interés nacional”. Es un estatuto absurdamente amplio que realmente necesita ser reducido o eliminado por el Congreso. La parte de la EO original que probablemente era ilegal era la parte que permitía la discriminación religiosa para el programa de admisión de refugiados, pero eso no afectó la sección de prohibición de entrada.
@reirab el hecho de que un estatuto autorice algo no lo hace legal. Como todo estatuto federal, 8 USC 1182(f) está sujeto a revisión por los tribunales cuando entre en conflicto con la constitución o con otros estatutos (como 8 USC 1152). La otra opinión es que la EO era ilegal porque estaba motivada por animosidad religiosa, incluso si eso no era inherente al texto. El precedente judicial sostiene que un propósito discriminatorio es por sí mismo suficiente para que un acto sea discriminatorio.
Además, en la medida en que la orden prohibió a ciertos extranjeros que tenían derechos de debido proceso debido a sus conexiones anteriores con los EE. UU., se argumentó que privó a esos extranjeros de intereses de propiedad sin el debido proceso. Ese argumento pareció recibir el favor de los tribunales, aunque, por supuesto, aún no ha habido un fallo final. La administración ha diseñado la nueva orden para evitar tener que defenderse de ese argumento, que puede verse, como señaló @SteveJessop, como una aceptación implícita de los méritos del argumento.
Es falso que la prohibición original fuera legal. Como lo demuestra su bloqueo por parte del Poder Judicial. Cualquier otra interpretación de la ley es un disparate ya que la ley ha hablado y derrotó tanto al Ejecutivo como a la opinión de cualquier ciudadano.
@ Venture2099: el tribunal no dijo que la prohibición fuera ilegal. Dijeron que había una buena posibilidad de que, si se procesaba, se encontraría que era ilegal y que, mientras tanto, la aplicación causaría un daño irreparable. Así el mandato. Y en la apelación, "la orden de la corte de apelaciones emitida el jueves se pronunció solo sobre la cuestión limitada de si suspender la orden de restricción temporal de una corte inferior que bloquea la prohibición de viajar". y “Por ahora, es suficiente para nosotros concluir que el gobierno no ha podido establecer que probablemente tendrá éxito en su argumento de debido proceso en esta apelación”.
@reirab: ¿no está el Código de EE. UU. subordinado a la Constitución y la Declaración de Derechos?
@HorusKol: Sí, aunque la Declaración de derechos es parte de la Constitución (es decir, sus primeras diez enmiendas), por lo que "la Constitución y la Declaración de derechos" es un poco redundante. :-)
@HorusKol Sí, por supuesto, la USC está subordinada a la Constitución (de la cual forma parte la Declaración de derechos). Sin embargo, no hay nada en la Constitución que impida una prohibición de entrada. Los únicos argumentos constitucionales serían la violación de la libertad de práctica religiosa y la violación del debido proceso, argumentos que mencionó phoog. Personalmente, considero que ambos son extremadamente tenues con respecto a la prohibición de entrada. Sin embargo, estoy de acuerdo en que la sección que permitía la discriminación religiosa en USRAP era ilegal (probablemente por eso está notablemente ausente en la nueva EO).
@rierab: pero ¿por qué su conclusión, que esos argumentos son "extremadamente tenues", es más significativa que las conclusiones de los pocos tribunales que consideraron que los argumentos tenían mérito suficiente para suspender la orden con el argumento de que los residentes permanentes no podían simplemente ser prohibidos? ¿como eso? Probablemente siempre será una cuestión de opinión si la orden original estaba o no autorizada por la ley: retirarla probablemente terminará con los casos a favor de los casos sobre la nueva. Pero en la medida en que el original se probó en los tribunales, fracasó en parte y se cambió en respuesta a eso.
@reirab por lo que entiendo en law.stackexchange , hubo muchos más problemas con el primer pedido que no se abordan con los cambios enumerados anteriormente
@HorusKol Esa publicación fue "detección de problemas", no necesariamente enumerando cosas que realmente estaban mal. Tiene la intención de ser una lista de cosas que alguien que desafía la ley debería investigar para ver si hay un buen argumento allí, no una lista de cosas para las que realmente hay un buen argumento.
@SteveJessop Hasta donde yo sé, la forma en que los residentes permanentes pueden o no pueden ser tratados tuvo poco o nada que ver con la estadía. De hecho, los residentes permanentes no se vieron afectados por la primera EO cuando se emitió la suspensión. La suspensión se emitió principalmente sobre la base de que la suspensión de la ley causaría poco o ningún daño al gobierno, mientras que permitir que permaneciera en vigor mientras se consideraba el caso probablemente causaría un daño significativo e irreparable a quienes buscan reparación.
@reirab: En realidad, no he leído los fallos, pero, por ejemplo, "el juez de primera instancia detuvo temporalmente la prohibición después de determinar que era probable que los estados ganaran el caso y demostraron que la prohibición restringiría los viajes de sus residentes... ." . Tal vez el tribunal realmente no determinó eso. Para citar a un gran hombre, o en todo caso muy elevado, "No sé, dímelo tú" ;-)

Agregando algunos puntos a la respuesta de Panda:

  • La nueva orden aclara la situación de los ciudadanos con doble ciudadanía. Los viajeros serán tratados en base al pasaporte que presenten; por ejemplo, un ciudadano británico aún puede ingresar incluso si también es ciudadano sirio, siempre que viaje con su pasaporte británico.
  • Puede viajar cualquier persona que tuviera una visa cuando entró en vigencia la última orden; incluso si la visa fue revocada en base a la última orden, la nueva orden les permite obtener un documento que les permite viajar a los EE. UU.
  • Cualquier persona que se encuentre en los EE. UU. cuando la orden entre en vigencia no se verá afectada, ni nadie será admitido después de que la orden entre en vigencia (por lo tanto, si obtiene una exención y viaja a los EE. segunda vez).
  • Los funcionarios consulares ahora tienen la autoridad para renunciar a la suspensión, y hay ejemplos en el orden de cuándo se puede justificar una renuncia.
  • El programa de refugiados sigue suspendido, pero ya no hay prioridad para las minorías religiosas.
Entonces, considerando estos cambios, ¿cómo se pretende evitar que los terroristas ingresen al país? Parece muy fácil de eludir.
Ding ding ding, @Dai gana el premio. El control de la inmigración está inherentemente lleno de extravagancias. Cualquier sistema lo suficientemente estricto como para detener realmente a "los malos" también arruinará a un gran número de inocentes; cualquier sistema lo suficientemente abierto como para permitir el paso de la gente común nunca brindará una protección total.
@Dai probablemente se basó en la suposición de que los ataques terroristas extranjeros no ocurren a menudo en suelo estadounidense; de ​​hecho, desde el 11 de septiembre inclusive, ha habido exactamente tres ataques terroristas por parte de no ciudadanos en los Estados Unidos.
@Delioth: Si está contando el tiroteo de Little Rock de 2009 en ese total, vale la pena señalar que el perpetrador, Abdulhakim Mujahid Muhammad, también era ciudadano estadounidense. Por lo que puedo decir, se le habría permitido entrar bajo la nueva prohibición, o la anterior, para el caso. (El ataque está en esa lista porque estaba actuando a instancias de una organización extranjera, al-Qaeda en la Península Arábiga).
@MichaelSeifert diablos, casi definitivamente lo habrían dejado entrar: nació en Tennessee y se fue con una visa. Probablemente sería considerado un "residente permanente" de los EE. UU.
@Delioth Si nació en Tennessee, entonces es ciudadano de los EE. UU., a menos que haya renunciado a su ciudadanía en algún momento. Los ciudadanos no se ven afectados por la prohibición de entrada; no es legal emitir una prohibición de entrada para los ciudadanos. El estatuto que autoriza al presidente a prohibir la entrada se aplica solo a los "extranjeros" (personas que no son nacionales de los EE. UU.) y los EE. UU. son parte de tratados que requieren que un país permita la entrada a sus propios ciudadanos.
@Delioth Esa lista no está completa. Tashfeen Malik (uno de los atacantes de San Bernardino) no era ciudadano estadounidense, por ejemplo. También es un poco engañoso que otros (Chattanooga, Boston Marathon, etc.) fueron realizados por ciudadanos naturalizados (aquellos que no son originarios de los EE. UU., pero que luego se mudaron a los EE. UU. y finalmente obtuvieron la ciudadanía). El tirador de Bernardino, el tirador del club nocturno de Orlando, el tirador de Fort Hood, etc.) eran estadounidenses de primera generación nacidos de padres extranjeros. Casi todos afirmaron ser parte de organizaciones terroristas extranjeras o estar inspirados por ellas.
@Delioth El atacante del zapato y el atacante de la ropa interior tampoco eran ciudadanos estadounidenses, aunque tampoco eran de uno de los países cubiertos por la prohibición de entrada. Ambos ocurrieron efectivamente en suelo estadounidense, ya que estaban en aviones con bandera estadounidense (y al menos uno estaba en el espacio aéreo estadounidense en ese momento).
@reirab pero el control de inmigración no impide (con la excepción de un puñado de aeropuertos con autorización previa extranjera) que las personas aborden aviones con destino a los EE. UU., ya sea con bandera de los EE. UU. o no. ¿Consideraría que un ataque a un avión de pasajeros con bandera estadounidense que vuela entre dos aeropuertos fuera de los EE. UU. es "efectivamente" en suelo estadounidense?
@phoog Técnicamente, sí, lo es. El derecho internacional trata a un avión de pasajeros en vuelo efectivamente como territorio soberano de la nación del pabellón. Las naciones a través de cuyo espacio aéreo vuela (y aquellas en las que tiene la intención de aterrizar) tienen cierta capacidad para aplicar restricciones adicionales, pero, en general, la cabina está sujeta a las leyes de la nación de bandera. Tengo entendido que lo mismo es generalmente cierto para los barcos. En cualquier caso, la intención de ambos casos fue muy claramente atacar a los EE. UU.
@reirab técnicamente en un sentido, quizás, pero no en todos los sentidos. Un bebé nacido en un avión con bandera estadounidense fuera de los EE. UU., por ejemplo, no recibe la ciudadanía estadounidense por la operación de jus soli. Consulte fam.state.gov/FAM/07FAM/07FAM1110.html#M1113 . Por lo tanto, estar "sujeto a las leyes de la nación del pabellón" no hace que la embarcación forme parte del territorio de la nación.

Dos puntos adicionales a los ya señalados:

  • El nuevo orden se aplica a los nacionales de los países indicados. La primera orden se aplicaba (ambigua, vaga y confusamente) a los extranjeros de los países indicados.

  • El nuevo orden nombra explícitamente a seis países; la primera orden indicaba los países afectados por referencia a una sección de la ley que rige el Programa de Exención de Visa.

Aquí está la parte relevante de la nueva orden, énfasis añadido:

Por la presente proclamo, de conformidad con las secciones 212(f) y 215(a) de la INA, 8 USC 1182(f) y 1185(a), que la entrada sin restricciones a los Estados Unidos de ciudadanos de Irán, Libia, Somalia, Sudán , Siria y Yemen sería perjudicial para los intereses de los Estados Unidos. Por lo tanto, ordeno que la entrada a los Estados Unidos de ciudadanos de esos seis países se suspenda por 90 días a partir de la fecha de vigencia de esta orden, sujeto a las limitaciones, exenciones y excepciones establecidas en las secciones 3 y 12 de esta orden.

Aquí está la parte análoga del primer orden, énfasis añadido:

... de conformidad con la sección 212(f) de la INA, 8 USC 1182(f), por la presente proclamo que la entrada de inmigrantes y no inmigrantes a los Estados Unidos de extranjeros de países mencionados en la sección 217(a)(12) de INA, 8 USC 1187(a)(12), sería perjudicial para los intereses de los Estados Unidos, y por la presente suspendo la entrada a los Estados Unidos, como inmigrantes y no inmigrantes, de dichas personas durante 90 días a partir de la fecha de este (excluyendo a los ciudadanos extranjeros que viajan con visas diplomáticas, visas de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, visas C-2 para viajar a las Naciones Unidas y visas G-1, G-2, G-3 y G-4).

¿Cuál es exactamente la diferencia legal (en términos prácticos) en cuanto al primer punto? ¿Están ambos definidos con precisión pero son conjuntos diferentes? ¿O es más bien que uno está definido con precisión y otro es una redacción vaga que puede interpretarse de cualquier manera?
@ user4012 "extranjeros de" es vago y probablemente habría causado que la orden fallara como "inconstitucionalmente vaga" porque no es posible determinar con especificidad a quién se aplica la orden. En algún momento, se afirmó (por un tercero, concedido) que se aplicaba a quienes "viajaban desde" esos países, independientemente de su nacionalidad. ¿Alguien nacido en uno de esos países es "de" ese país? ¿Cambia la respuesta si la persona tuvo anteriormente la nacionalidad de ese país o nunca la tuvo?