Cuando tomas prestado algo de la biblioteca (secular), ¿sigue la misma halajá que un préstamo de un judío a otro?
Por regla general, en materia monetaria, no hay diferencia entre tratar con judíos o no judíos; y en ambos casos el acuerdo (escrito u oral) entre las partes es vinculante.
Las excepciones notables son:
Entonces, en su caso: se aplicarían todas las reglas de la biblioteca y tendría que cumplirlas. Sin embargo, si cometen un error, se aplican las reglas del punto 2 anterior.
Por ejemplo, si se retrasa en la devolución de un libro, le cobran un recargo y se equivocan en el cálculo, no tiene que corregir su aritmética, simplemente puede decir "¿está seguro de que esa es la cantidad?" y luego pagar la tarifa reducida.
jake
seth j
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