Supongamos que un miembro de la facultad tiene financiamiento externo para estudiantes de doctorado (que de otro modo tendrían puestos de TA). ¿Cómo deciden cuáles de sus estudiantes de doctorado obtienen financiación? Por ejemplo, he visto profesores que dan prioridad a sus estudiantes más avanzados o que rotan la financiación entre todos los estudiantes. ¿Están estas opciones a discreción del IP, o el departamento/universidad/agencia de financiación tiene algún control detallado?
En particular, ¿existen restricciones con respecto a la no discriminación de la misma manera que existen al contratar estudiantes en primer lugar?
Estoy en los EE. UU., pero también me interesaría escuchar respuestas de diferentes culturas académicas.
Sospecho que esto es demasiado variado para dar una buena respuesta, pero este es el sentido general en mi departamento, que no es un departamento de "laboratorio húmedo" donde se necesita mano de obra barata de estudiantes graduados.
Los miembros de la facultad en los EE. UU. Siempre pueden elegir a sus asesores de doctorado entre los estudiantes admitidos. Para la mayoría, ya tendrán alguna experiencia con el estudiante a través de clases u otras interacciones. Por lo tanto, el miembro de la facultad, tal vez en consulta con el director o incluso los posdoctorados que trabajan con ellos, sería la forma más probable de determinar quién obtiene los fondos de RA de la subvención.
No tiene sentido, en Estados Unidos, que se imponga a un estudiante a un profesor, ni que otros determinen quién investiga con ellos. La posición de RA asume que el estudiante tendrá ciertas tareas de investigación en ese grupo.
La forma en que deciden depende de ellos, pero en algunos casos puede ser que elijan a alguien "interesante" que no puede obtener otra financiación por algún motivo. En otros casos puede ser que elijan a la persona con más promesa para el presente y el futuro.
Una opción algo menos frecuente, creo, es cuando una facultad tiene un grupo de investigación/estudio en el que trabajan en estrecha colaboración y tal vez tengan un seminario semanal. En tal situación, un profesor senior podría ceder ante uno junior la elección de un candidato incluso cuando el profesor senior tiene la beca. He visto suceder cosas similares en una facultad particularmente colegiada.
En primer lugar, las leyes contra la discriminación generalmente no se limitan únicamente a las decisiones de contratación; se aplican de manera más general a cualquier tipo de toma de decisiones que tenga consecuencias para el empleado/estudiante en un contexto laboral/educativo. Por lo tanto, en las jurisdicciones donde existen leyes contra la discriminación, es probable que se apliquen a la asignación de fondos de investigación a los estudiantes. Por lo general, esto significaría que la persona que asigna los fondos no puede discriminar en función de características protegidas como edad, raza, sexo, etc., a menos que se cumpla alguna excepción legislativa legítima. En los EE. UU., este asunto está cubierto a nivel federal por el Título IV (educación) y el Título VII (empleo) en la Ley de Derechos Civiles de 1964.. También puede haber leyes estatales aplicables según la jurisdicción en la que se encuentre la universidad.
En cuanto al lugar de toma de decisiones, es habitual que el PI de una subvención tenga discreción para asignar los fondos como desee, pero obviamente aún se le exigirá que cumpla con las leyes aplicables y las políticas universitarias. En particular, el departamento generalmente no microgestionaría una decisión del IP a menos que tenga motivos para creer que de lo contrario se produciría una infracción legal. En cuanto a los métodos particulares de asignación que ha mencionado, probablemente ambos estén bien dentro del alcance de la ley contra la discriminación. La rotación de fondos entre todos los estudiantes no es discriminatoria. Dar prioridad a los estudiantes de último año podría plantear una cuestión de discriminación por edad, pero probablemente esté bien, y los tribunales han tendido a permitir decisiones basadas en la "experiencia" sin considerar que esto sea discriminación por edad.
scott seidman
cag51