¿Es paradójico el artículo 50 (2) del Tratado de la UE?

El artículo 50(2) del Tratado de la Unión Europea (el “Tratado de Lisboa”) establece que el Acuerdo de Retirada de la Unión Europea debe tener en cuenta los términos de la relación futura del Estado miembro saliente con la UE.

Dice :

  1. El Estado miembro que decida retirarse notificará su intención al Consejo Europeo. A la luz de las orientaciones proporcionadas por el Consejo Europeo, la Unión negociará y celebrará un acuerdo con dicho Estado, estableciendo las modalidades de su retirada, teniendo en cuenta el marco de su futura relación con la Unión. Dicho acuerdo se negociará de conformidad con el artículo 218, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Será celebrado en nombre de la Unión por el Consejo, por mayoría cualificada, previa aprobación del Parlamento Europeo.

Pero al mismo tiempo, la ley de la UE prohíbe los acuerdos comerciales entre la UE y los estados miembros, por lo que la futura relación permanece abierta por definición hasta que se complete el proceso del Artículo 50.

¿Alguien puede cuadrar este círculo por mí?

Para reafirmar:

La relación futura, por definición, no puede definirse antes de abandonar la UE. Y, sin embargo, el acuerdo 50(2) debe tener en cuenta la relación futura. ¿Por qué me equivoco y qué me estoy perdiendo?

¿Cómo funciona el párrafo debajo de eso, que contiene la frase "Entonces, el Acuerdo de retiro será seguido poco después de que nos hayamos ido por uno o más acuerdos que cubran diferentes aspectos de la relación futura". no responde a tu pregunta?
¿Puede citar las disposiciones específicas de la legislación de la UE que supuestamente "prohiben los acuerdos comerciales entre la UE y los estados miembros"? Me parece que tal acuerdo comercial no puede ser tan prohibido como lógicamente imposible. Sería como prohibir al Partido Laborista entrar en coalición con Jeremy Corbyn.
Sólo una precisión: el artículo de retirada (50) se introdujo en el Tratado de Lisboa. Y este es el tratado responsable de la versión actual del TUE. También pueden tener lugar negociaciones. Cualquier nuevo acuerdo solo será válido después de la retirada "de facto". Esto incluye cualquier conversación con partes externas (de hecho, creo que la UE estuvo de acuerdo con esto). Por ejemplo, el Reino Unido ha estado en conversaciones con los EE. UU. durante bastante tiempo en busca de un posible acuerdo comercial.

Respuestas (3)

No, "tener en cuenta" solo se refiere a las negociaciones. El acuerdo se haría a nivel de la UE y solo entraría en vigor después de que el estado miembro del departamento se vaya. Está permitido hacer tales negociaciones, pero no promulgar el acuerdo comercial hasta que el miembro saliente se haya ido.

El Tratado de Maastricht establece: “la Unión negociará y concluirá un acuerdo (énfasis mío) con el Estado... teniendo en cuenta el marco de su futura relación con la Unión”.
'concluir' aquí solo significa que las negociaciones están completas y se definen las disposiciones del tratado. El tratado negociado no puede entrar en vigor hasta que la nación saliente haya salido. No hay paradoja aquí
Gracias. Pero la relación futura, por definición, no puede definirse antes de abandonar la UE. Y, sin embargo, el 50(2) debe tener en cuenta la futura relación. ¿Por qué me equivoco y qué me estoy perdiendo?
¿Por qué no se puede definir antes de salir de la UE? El objetivo del artículo 50 es dar un período de dos años antes de partir para definir la relación futura.
La relación futura de @Ben incluye cosas como la(s) frontera(s) y los derechos de los ciudadanos. Claramente, estos son parte de la negociación ahora y sería una irresponsabilidad esperar a que el país se haya ido para comenzar a negociar sobre esos temas.
Gracias. La futura relación implica un acuerdo comercial. Eso no se puede “acordar” antes de que el país abandone la UE. “Acuerdo” completa “definición” porque dice: “no queda nada por definir: estamos de acuerdo”. Por lo tanto, el Artículo 50(2) exige que la relación futura (que se espera que cubra el comercio) tenga en cuenta algo que la ley de la UE dice que no se puede definir antes del final del Artículo 50. ¿Cuál es la falla en mi lógica aquí?
Por supuesto que se puede acordar. ¿Por qué diablos no podría? "Convenimos que en tal y tal fecha futura entren en vigencia las siguientes reglas y tarifas..."
@Ben Estás combinando el verbo inglés "estar de acuerdo" y el concepto legal de "un acuerdo". La ley de la UE no prohíbe estar de acuerdo (el verbo), prohíbe los acuerdos (el contrato legal), y específicamente prohíbe que un acuerdo comercial (el contrato legal) entre en vigor entre dos países de la UE. No prohíbe acordar (el verbo) que un acuerdo (el contrato legal) entrará en vigor cuando la otra parte ya no sea un país de la UE, siempre que el acuerdo (el contrato legal) no esté en vigor antes de que eso suceda .
@Moyli, la pregunta asume sin evidencia que dicho acuerdo comercial está "prohibido" por la ley de la UE, pero sin saber exactamente qué dice esa ley, no sabemos si es posible negociar o finalizar un acuerdo que entre en vigencia en un momento futuro. Aunque exista una ley que parezca restringir las negociaciones que se aplican a un futuro acuerdo posterior a la salida, es probable que existan principios de interpretación que permitirían una excepción aunque no esté explícita en el texto legal.

Como indicó @usuario, hay muy pocas cosas que impidan que la UE27 y el Reino Unido negocien un acuerdo comercial, que se ratifique al mismo tiempo que el acuerdo de retirada. La principal limitación es que un acuerdo comercial de este tipo difícilmente podría entrar en vigor antes del Brexit porque probablemente implicaría abandonar la unión aduanera y el mercado único (aunque incluso eso dependería de su contenido exacto). De hecho, el Reino Unido y la UE ya iniciaron negociaciones sobre este tema (aunque sin intención de concluirlas para marzo de 2019).

Pero eso en realidad es discutible, "tomar en cuenta" es una redacción muy débil, ese es el tipo de cosas con las que terminas cuando algunas partes quieren que se reconozca algo, pero otras no quieren comprometerse seriamente de ninguna manera. Si los redactores del tratado hubieran acordado que la futura relación debería estar cubierta por el acuerdo de retirada, el artículo diría simplemente “establecer los arreglos para su retirada y su futura relación con la UE”.

Da la casualidad de que el Reino Unido deseaba discutirlo tanto como fuera posible desde el primer día de las negociaciones y la UE de los 27 no lo hizo. Me gustaría saber si hubo un desacuerdo similar al redactar el artículo.

Por lo tanto, la negativa a participar en el comercio por parte de la UE es una elección y no un producto de la ley. He leído varias narrativas que indican que el acuerdo comercial no se puede completar debido a las normas de la UE.
@Ben "Participar en el comercio" y "completar un acuerdo" son dos cosas muy diferentes. Si cita ejemplos específicos, podríamos analizar el argumento que se está presentando. Como expliqué, la principal limitación es que dicho acuerdo difícilmente podría tener efecto mientras el Reino Unido todavía es miembro y está discutiendo los términos de su retiro. Si eso es lo que quiere decir con "completado", entonces supongo que podría decir que las reglas de la UE lo impiden. Pero no hay nada en contra de iniciar negociaciones y eso fue lo que sucedió , solo que no de inmediato.
Más allá de eso, muy pocos expertos creían que un acuerdo de este tipo podría elaborarse en dos años, en un nivel puramente técnico (eso es incluso si el Reino Unido o la UE no estuvieran tan separados y acordaran comenzar a negociar de inmediato, lo que no sucedió) , otra razón por la cual el artículo 50 tenía una redacción tan débil y toda la discusión es discutible.

Es casi seguro que la respuesta del "usuario" es correcta, pero algunos la desafían en una lectura técnica de las palabras.

Si prevalecen, todavía no hay paradoja. Los artículos mismos, como principio general del derecho, son más fuertes que las leyes individuales, por lo que las leyes se hacen a un lado.

O alternativamente, uno podría sostener que el artículo 50 es más específico y también lo tiene la ley aplicable en cuestión y permite que se realicen los acuerdos aunque de otro modo no estarían permitidos.