¿Podría el gobierno británico reactivar el Artículo 50?

En algún momento, probablemente a principios de 2017, es probable que el primer ministro británico active el Artículo 50 . Varios comentaristas expertos y una gran parte del público británico todavía creen que es un error que el Reino Unido abandone la UE. Si se vuelve obvio dentro de la cuenta regresiva de dos años que activar el Artículo 50 fue una mala idea, ¿sería posible 'retractarse' de una declaración bajo el Artículo 50 y permanecer dentro de la UE o el Reino Unido sería tratado como un nuevo solicitante? ¿Cómo dependería esto de si otros miembros de la UE lo apoyaron o no?

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¿Está hablando de una retirada unilateral de la notificación, una retirada con la aprobación unánime de los demás miembros o una retirada con el apoyo de algunos pero no de todos los demás miembros de la UE? Una lectura ingenua del propio tratado parece sugerir que estos casos podrían tener resultados diferentes.
Todo lo anterior, en realidad, ahora editado en cuestión.
En realidad, no es una respuesta completa (y no me gusta responder mis propias preguntas, aunque sé que está permitido), pero ayer Lord Kerr, el autor del Artículo 50, dijo explícitamente que sí, cree que podría desactivarse durante el período de dos años ( bbc.co.uk/news/uk-scotland-scotland-politics-37852628 ).
Eh, las noticias de última hora sugieren que el gobierno podría pensar que la respuesta a esto es "sí, podríamos": theguardian.com/politics/2016/nov/11/…
Actualización rápida para cualquiera que todavía esté interesado en esto: el gobierno no sabe (2016-12-14) pero Jolyon Maugham QC está tratando de averiguarlo (2017-02-20). ¡Mira este espacio!
Publicación de blog de Jolyon Maugham sobre la pregunta anterior y el caso judicial específico para resolverlo: waitfortax.com/2017/01/17/…
Lord Kerr ha vuelto a decir que en su opinión podría ( independent.co.uk/news/uk/politics/… )
Breve actualización sobre esto aquí (tl; dr: todavía no lo sabemos): goodlawproject.org/can-unilaterally-revoke-article-50-statement
Para cualquiera que siga mirando, el Tribunal de Sesión ahora ha dado su aprobación para que este caso siga adelante ( scottishlegal.com/2018/01/03/… ). Los editaré en la pregunta principal en algún momento, pero de esta manera obtienes una marca de tiempo.
Este caso se está escuchando AHORA MISMO, y Jolyon Maugham QC lo está tuiteando en vivo ( twitter.com/JolyonMaugham/status/959363779392954368 ). Editaré los resultados en una respuesta cuando termine.

Respuestas (8)

En una actualización reciente de este problema, el Abogado General del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas emitió una opinión no vinculante de que un país puede revocar el Artículo 50 unilateralmente.

Según BBC News :

En una declaración escrita, el TJUE dijo que la opinión del Sr. Campos Sánchez-Bordona era que si un país decidía abandonar la UE, también debería tener el poder de cambiar de opinión durante el proceso de salida de dos años especificado en el artículo 50 del tratado de la UE. .

Y debería poder hacerlo sin necesidad del consentimiento de los otros 27 estados miembros.

El comunicado de prensa oficial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dice:

El Abogado General Campos Sánchez-Bordona propone al Tribunal de Justicia que declare que el artículo 50 TUE permite la revocación unilateral de la notificación de la intención de retirada de la UE

Esa posibilidad sigue existiendo hasta que se celebre formalmente el acuerdo de retirada.

El 10 de diciembre de 2018, esta posición fue confirmada por el TJUE.

El tribunal concluyó que cualquier estado miembro de la UE puede revocar el proceso del artículo 50 sin necesidad de la aprobación de todos los demás estados miembros, en un juicio de emergencia programado para coincidir con la votación crítica de los Comunes del martes sobre el acuerdo Brexit de Theresa May.

Dijo: “El Reino Unido es libre de revocar unilateralmente la notificación de su intención de retirarse de la UE”.

No hay una respuesta definitiva a esta pregunta y ni siquiera está claro si es una cuestión política (que decidirá el Consejo Europeo) o jurídica (que decidirá el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas). Probablemente ambos en realidad.

Digamos que hubo elecciones generales anticipadas en el Reino Unido y una coalición de partidos partidarios de la permanencia se convirtió en el gobierno con Nick Clegg como primer ministro. El primer ministro Clegg luego presenta un proyecto de ley ante el Parlamento para derogar el proyecto de ley de la UE (Notificación de retiro). Una vez que se aprueba, escribe a la Comisión notificándoles que Gran Bretaña retira su notificación del Artículo 50.

No existe ninguna disposición para la retirada en el artículo 50 en sí, sin embargo, dice "Cualquier estado miembro puede decidir retirarse de la unión de acuerdo con sus propios requisitos constitucionales". En esta etapa, claramente no se cumplen los requisitos constitucionales del Reino Unido y, por lo tanto, parecería que la notificación del artículo 50 es nula y sin efecto.

Después de eso, el Consejo y la Comisión pueden decidir tratar la notificación del artículo 50 como si nunca se hubiera dado y proceder sobre esa base (resultado probable, creo). Alternativamente, podrían decidir que el aviso sigue siendo válido e insistir en que se vaya del Reino Unido (muy poco probable).

Independientemente de lo que decidan el Consejo y la Comisión, una parte agraviada podría presentar una acción judicial para impugnar la decisión e insistir en que el Reino Unido tiene que abandonar los dos años posteriores a la notificación. La probabilidad de que alguien presente esa acción es muy alta, sin embargo, dudo que tenga éxito, ¡sin embargo, seguramente consumiría muchas horas de tiempo facturable para los abogados!

En pocas palabras: ¡cualquiera que le diga que hay una respuesta definitiva a esto está equivocado!

No estoy siguiendo tu razón. El artículo 50 describe una acción, "decidir". Una acción ocurre en un momento específico y se rige por la ley vigente en ese momento. En particular, los requisitos constitucionales del Reino Unido que rigen la decisión antes mencionada son los de marzo de 2017. Un cambio posterior en la ley constitucional no puede hacer que esa decisión sea inconstitucional de forma retroactiva. Siendo realistas, si el Reino Unido cambia de opinión, pueden volver a presentar una solicitud. Esto es fácil ya que todavía son miembros y cumplen con la mayoría de los criterios. Pero dicha readmisión significaría renunciar a las exenciones específicas del Reino Unido, por ejemplo, la introducción obligatoria del euro.
Actualización: la elección anticipada ya no es hipotética, pero ahora parece casi segura.
Creo que esta respuesta es incorrecta en algunos aspectos: (1) que existe alguna posibilidad de que una revocación sea un problema político, más que legal; (2) la idea de que derogar la Ley de la UE (Notificación de Retiro) haría inconstitucional retrospectivamente una acción; (3) que el "de conformidad con sus propios requisitos constitucionales" en el Artículo 50(1) crea una condición para dar aviso bajo el Artículo 50(2); también, y esta parte es más subjetiva, me inclino más por decir que un desafío judicial sería exitoso. Explicaré todo esto en mi respuesta.
Ahora hay un movimiento hacia una respuesta definitiva, que he agregado como una Respuesta separada, pero podría ser mejor como una actualización de esta. bbc.co.uk/news/uk-scotland-scotland-politics-46428579
Esta respuesta está desactualizada.

El artículo 50 tiene solo 250 palabras y no contiene disposiciones para cancelar una solicitud una vez emitida.

Una vez que el Artículo 50 se activa formalmente, cuando un Jefe de Gobierno (Primera Ministra Theresa May) notifica al Consejo Europeo que está invocando el Artículo 50, no hay ninguna disposición por escrito para retirar o cancelar esa notificación.

Al invocar el artículo 50, comienza a sonar un reloj de 2 años. Si los términos de una salida no se han negociado con éxito al final de 2 años, el estado miembro simplemente es "expulsado". Todos los beneficios, acuerdos, tratados, términos de membresía de la UE simplemente se cancelan.

Fuentes:

http://www.theguardian.com/politics/2016/jun/25/article-50-brexit-debate-britain-eu

http://openeurope.org.uk/today/blog/the-mechanics-of-leaving-the-eu-explaining-article-50/

https://en.wikipedia.org/wiki/Retirada_de_la_Unión_Europea

Modo quisquilloso: Isabel II es la jefa de estado del Reino Unido...
Bueno, el punto 3 da la opción de retrasar las negociaciones por, digamos, un siglo o dos (o más realista, por 3 o 4 años para aprobar una nueva versión del artículo 50). Dicho esto, esas posibilidades son altamente improbables.
@SJuan El principal punto de conflicto es que la demora requiere un acuerdo unánime entre el resto del consejo europeo. Aunque si eso realmente ocurriera entonces la ratificación de una enmienda a un tratado para modificar el artículo 50 sería más sencilla que en cualquier otro caso.
Existe una opinión fuerte y generalizada entre los abogados constitucionalistas del Reino Unido (Gran Bretaña no tiene una constitución escrita, sus principios están integrados en el derecho consuetudinario y el precedente) de que sería ilegal que el gobierno del Reino Unido invoque el artículo 50 sin una ley del Parlamento La mayoría de los parlamentarios se cree que todavía están a favor de permanecer.
Esta respuesta está desactualizada.

No estoy de acuerdo con la respuesta que dice que no está claro si sería un problema político o legal. A menos que alguien pueda aportar pruebas de lo contrario, creo que sin duda se trata de una cuestión jurídica sobre la que los tribunales europeos tienen jurisdicción. No está claro si una notificación del Artículo 50 es revocable o no, pero aunque personalmente veo razones convincentes para que no sea revocable, en realidad no he visto ningún argumento razonado en el otro lado, aparte de los políticos y otros comentaristas dando su (sin fundamento) opiniones Si alguien tiene acceso a argumentos legales concretos para que un aviso sea revocable, sería genial publicarlos como respuestas aquí.


La jerarquía de las leyes en la UE es esencialmente la siguiente:

  1. Legislación primaria de la UE: Tratados ( TUE y TFUE )
  2. Derecho derivado de la UE: Reglamentos, Directivas, Decisiones
  3. Derecho de los Estados miembros

Existe una aproximación razonable a esto en los EE. UU., donde tiene la Constitución (~Legislación primaria de la UE), la ley federal (~Legislación secundaria de la UE) y la ley estatal (~Legislación de los Estados miembros).

En general, cada nivel de la jerarquía tiene precedencia sobre los niveles inferiores, aunque las normas para hacer cumplir la legislación de la UE en un Estado miembro son complicadas (y no entraré en ellas aquí).

El artículo 50 se encuentra en el TUE y como tal se encuentra en la parte superior de la jerarquía. Los tratados definen todos los aspectos de cómo opera la UE y qué poderes tiene. Existe una institución de la UE como el Consejo o la Comisión, y tiene poderes, debido a los tratados. Por esa razón, a menos que los tratados otorguen específicamente jurisdicción a una institución de la UE para determinar si una notificación del artículo 50 es revocable o no, entonces no tienen esa jurisdicción y corresponde a los tribunales. Tomarán su decisión de la misma manera que toman todas las decisiones: interpretando la ley (en este caso, los tratados). Para ello se ayudarán de varias cosas como los casos anteriores, el objeto de la ley (es decir, la intención de los redactores), los principios de interpretación, etc.

Los párrafos relevantes del Artículo 50 para nuestros propósitos son 1 - 3:

  1. Cualquier Estado miembro puede decidir retirarse de la Unión de conformidad con sus propios requisitos constitucionales.
  2. El Estado miembro que decida retirarse notificará su intención al Consejo Europeo. [resto del párrafo cortado].
  3. Los Tratados dejarán de aplicarse al Estado de que se trate a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo de retirada o, en su defecto, dos años después de la notificación a que se refiere el apartado 2, a menos que el Consejo Europeo, de acuerdo con el Estado miembro de que se trate , decide por unanimidad ampliar este plazo.

Se ha argumentado en otra respuesta que un futuro gobierno podría derogar hipotéticamente la Ley de la Unión Europea (Notificación de Retiro) de 2017 y que esto haría que la notificación ya emitida incumpliera el Artículo 50 (1) ya que los "requisitos constitucionales" no lo harían deben cumplirse. El apartado 1 de dicha ley establece:

El Primer Ministro puede notificar, en virtud del artículo 50, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea, la intención del Reino Unido de retirarse de la UE.

La Ley recibió la Aprobación Real el 16 de marzo de 2017 y el Reino Unido notificó al Consejo el 29 de marzo de 2017. Dado que la Ley no había sido derogada de antemano, la Primera Ministra estaba actuando legalmente cuando envió esa notificación. La derogación de la Ley simplemente eliminaría el poder de notificar del Primer Ministro en el futuro.

En cualquier caso, incluso si la notificación anterior del Primer Ministro pudiera de alguna manera volverse ilegal retrospectivamente, no tendrá efecto en la legislación de la UE. El artículo 50, apartado 1, exige que la decisión de retirarse se tome "de conformidad con los propios requisitos constitucionales [del Estado miembro]". Claramente, ese requisito se cumplió cuando se tomó la decisión de retirarse. La notificación en sí misma se trata en 50(2) que no dice nada sobre los requisitos constitucionales.

Continuando, actualmente existe incertidumbre legal sobre si un aviso puede retirarse o no, y hay muchas opiniones legales en ambos lados del debate. No podemos saberlo con certeza a menos que un caso llegue a los tribunales de la UE.

Sin embargo, en mi opinión, existen serios obstáculos para que una notificación sea revocable. A menudo se dice que el artículo 50 guarda silencio sobre el retiro de una notificación. No creo que este sea el caso. Creo que descarta muy claramente tal posibilidad.

El artículo 50(3) dispone:

Los Tratados dejarán de aplicarse al Estado de que se trate a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo de retirada o, en su defecto, dos años después de la notificación a que se refiere el apartado 2, a menos que el Consejo Europeo, de acuerdo con el Estado miembro de que se trate , decide por unanimidad ampliar este plazo.

Me parece claro que los redactores pretendían que la palabra "a menos que" (en la que ya he hecho hincapié más arriba) abarcara las circunstancias en las que puede ignorarse la norma que le antecede. Hay un principio de interpretación legal, "la mención expresa de una cosa excluye todas las demás" (en latín: Expressio unius est exclusio alterius). Los redactores del artículo 50 han proporcionado exactamente un método para evitar la retirada de la UE 2 años después de la notificación (en ausencia de un acuerdo de retirada) después de la palabra "a menos que": acuerdo unánime del Consejo para ampliar el plazo para llegar a un acuerdo. O para decirlo de otra manera, establece sin ambigüedades que, a menos que haya una prórroga acordada por unanimidad, el Estado miembro ya no estará en la UE después de 2 años a partir de la notificación, o de acuerdo con el acuerdo de retiro. Si los redactores habían tenido la intención de que una notificación fuera revocable, entonces tenían la oportunidad de preverlo después de la palabra "a menos que". No lo hicieron, por lo que debemos suponer que no estaba previsto que esto fuera posible.

Otro argumento de peso es la disposición actual para ampliar el período de 2 años en el que se debe llegar a un acuerdo, lo que requiere el acuerdo unánime de los demás Estados miembros a través del Consejo. Permitir que se retire una notificación básicamente quitaría sentido a esta disposición, ya que un Estado miembro que desea extender más de 2 años podría simplemente retirar su notificación y volver a presentarla al día siguiente, ganando así 2 años adicionales sin el acuerdo del otro miembro. estados No puede haber sido la intención de los redactores permitir que este requisito se eluda tan fácilmente.

EDITAR:

Pensé que valía la pena mencionar otro par de posibilidades:

  1. Los tratados de la UE podrían modificarse para permitir específicamente que se retire la notificación. Sin embargo, esto requeriría el acuerdo unánime de todos los Estados miembros e históricamente ha sido difícil de lograr y lento cuando se ha logrado. Supongo que uno podría imaginar un escenario en el que el Consejo acuerde extender el período del acuerdo usando el Artículo 50(3), para dar tiempo suficiente para el cambio del Tratado.

  2. El acuerdo de retirada podría finalizarse simultáneamente con un acuerdo del artículo 49 . El artículo 49 describe cómo un nuevo estado puede unirse a la UE. Si el acuerdo del artículo 49 se redactó para que el Reino Unido mantuviera los mismos términos de membresía que tiene ahora, entonces el efecto sería el mismo que si se retirara la notificación. Los requisitos para lograr un acuerdo del artículo 49 son incluso más estrictos que para lograr una prórroga del artículo 50(3): acuerdo unánime del Consejo, mayoría absoluta del Parlamento Europeo y ratificación por cada Estado miembro.

Ahora hay una respuesta oficial a esta pregunta.

Específicamente, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha declarado que el parlamento del Reino Unido ( no el Gobierno de Su Majestad) puede revocar unilateralmente el artículo 50 siempre que no se haya producido ya la retirada.

¿Notaste la otra respuesta reciente de Jontia?
@Trilarion El TJUE dio su opinión definitiva recién hoy, 12 de diciembre de 2018. Como dijo Jonita en esa respuesta, la declaración del Abogado General fue una opinión. Esta es la sentencia formal. Todo era suposición antes de esto, no importa lo bien informado que estuviera.
Hace 3 horas Jontia agregó el mismo contenido que agregó hace una hora. Por eso pregunté.

Según el político (¡británico!) que redactó el artículo 50, es revocable durante el período de dos años. También leí algo que no puedo encontrar el enlace que dice que los líderes de la UE creen que también es revocable.

Me inclino a estar de acuerdo con Alan Dev en que podría no ser tan definitivo, sin embargo, la opinión de Lord Kerr debería tener algo de peso.

Como nota al margen, si los negociadores de la UE creen que se puede intimidar al Reino Unido para que revoque el artículo 50 haciendo que cualquier acuerdo negociado sea lo más dañino y desagradable posible, los próximos dos años podrían ser interesantes.

No veo cómo tal cosa podría ser prácticamente revocable durante los dos años completos. Podría haber sido razonable redactar las reglas para que el aviso pudiera retirarse en el primer año si el país que emitió el aviso "falso" paga una multa específica, en cuyo caso cualquiera que esté considerando hacer preparativos costosos para el Brexit sabría que podría querer aplazarlas hasta 12 meses después de la notificación, pero sería absurdo sugerir que Gran Bretaña debería conservar el derecho a cancelar unilateralmente el Brexit hasta la fecha prevista.
Este sería un punto válido si estuviera respaldado por algo más que la opinión de la persona que redactó el artículo en cuestión. En la práctica, el Artículo 50 es una cantidad desconocida hasta que es utilizado y probado por los arreglos constitucionales de la UE, muy probablemente mediante un intento de retiro unilateral de la invocación seguido de una adjudicación autorizada sobre el asunto por parte de un tribunal u organismo autorizado.
Y el tribunal de adjudicación estará en la CEE en lugar de Inglaterra, por lo que me inclino a pensar que es más probable que se ponga del lado de la intención declarada de la persona que lo redactó. Especialmente si eso reduce las posibilidades de que el Reino Unido se vaya. La CEE (y probablemente también el Reino Unido) está mejor unida, por lo que la CEE querrá facilitar la retirada del Artículo 50 si el Reino Unido recupera el sentido durante los próximos dos años...
La opinión de un redactor tiene muy poco peso. La intención del redactor en el momento de la redacción es lo que importa, y eso será una cuestión de interpretación legislativa. Por la forma en que está redactado el Artículo 50, es difícil contemplar que estaba destinado a un aviso de retiro, por las razones que describí en mi respuesta (en particular, se burlaría de la disposición de prórroga).

La respuesta es extremadamente simple. Con un acuerdo unánime de todos los miembros de la UE, casi todo es posible: incluso podrían decidir admitir a Nueva Zelanda en la Unión si realmente quisieran. Está, por supuesto, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, pero está prácticamente indefenso si los Estados miembros acuerdan algo de común acuerdo. Recuerde que los estados no siguen la ley tal como la ve una persona común: prácticamente pueden reescribirla sobre la marcha sin que nadie los detenga.

Sin embargo, si hay al menos un estado que no está de acuerdo con el regreso del Reino Unido (digamos, España quiere recuperar Gibraltar como muestra de gratitud por emitir su voto), entonces nadie lo sabe realmente. El TJUE podría decidir de una forma u otra. La Comisión Europea podría idear un ingenioso truco de jerga legal para mantenerlos. En este punto, esto es mera especulación que depende de las actitudes de los gobiernos de los 28 estados miembros en algún momento en el futuro en lugar de lo que está escrito en los libros.

"Incluso podrían decidir admitir a Nueva Zelanda en la Unión si realmente quisieran". Es incorrecto. Ver en.wikipedia.org/wiki/Copenhagen_criteria
@DenisdeBernardy, si tiene el consentimiento unánime, todas las reglas existentes desaparecen (salvo acuerdos internacionales con estados no pertenecientes a la UE). Los 28 estados miembros podrían decidir que ya no quieren cumplir con los criterios de Copenhague y ese sería el final de la historia.
No es que su conclusión sea una fabricación completa, pero está tan desprovista de fuentes y de cualquier información sobre la relevancia de las diversas instituciones de la UE que no veo cómo podría ser de alguna ayuda para cualquiera que busque una elaboración más educada de lo que uno puede llegar al pub más cercano después de un par de pintas.
@armatita no se puede obtener más información al estudiar las leyes existentes. O hay un consentimiento unánime para que el Reino Unido se quede (en cuyo caso todas las leyes son irrelevantes) o no lo hay, en cuyo caso se necesitaría un fallo del TJUE y muchas maniobras políticas para llegar a un resultado u otro. En este punto, cualquiera que intente adivinar simplemente está engañando a otros haciéndoles creer que han obtenido una visión adicional del futuro. Apuesto a que ni siquiera Juncker sabe la respuesta.
Esta respuesta es algo correcta, pero en la práctica no funcionaría así. "Reescribirlo sobre la marcha sin que nadie los detenga" significa cambiar los tratados, y está lejos de ser tan simple como sugiere esa frase. Históricamente, ha sido lento, doloroso y, a menudo, falla. Consulte, por ejemplo , aquí un resumen de cómo funciona el cambio de tratado. El factor importante aquí es que dicho cambio tendría que ocurrir antes de que se produzca el retiro, lo que incluso en el momento en que se publicó la respuesta (pero especialmente ahora) es muy poco probable.

La respuesta corta es: imposible

Los medios británicos han afirmado en ocasiones que el Reino Unido podría cancelar unilateralmente el proceso Brexit incluso después de activar el Artículo 50.

Por ejemplo, este artículo en The Guardian (fechado el 7 de octubre de 2017) dice que:

La destacada abogada Jessica Simor QC, de Matrix chambers, le ha escrito a May pidiéndole que publique el asesoramiento legal en virtud de la Ley de Libertad de Información. Simor dice que "dos buenas fuentes" le dijeron que se le informó al primer ministro "que la notificación del artículo 50 puede ser retirada por el Reino Unido en cualquier momento antes del 29 de marzo de 2019, lo que resultará en que el Reino Unido permanezca en la UE en su situación favorable actual". términos.

Sin embargo, este tipo de historias no tienen fundamento ya que no hay información sobre la autoridad detrás de las afirmaciones de que Gran Bretaña puede cancelar unilateralmente el proceso del Artículo 50.

Sin embargo, la página oficial de preguntas y respuestas de la Unión Europea sobre el artículo 50 dice lo siguiente sobre el asunto (énfasis añadido):

Una vez activado, ¿puede revocarse el artículo 50?

Corresponde al Reino Unido activar el artículo 50. Pero una vez activado, no puede revertirse unilateralmente . La notificación es un punto de no retorno. El artículo 50 no prevé el retiro unilateral de la notificación.

También más arriba en la misma página se responde la siguiente pregunta:

¿Cuándo deja el Reino Unido de ser miembro de la Unión Europea?

Los Tratados de la UE dejan de aplicarse al Reino Unido a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo, o dentro de los 2 años posteriores a la notificación de retiro, en caso de que no haya acuerdo. El Consejo [de la Unión Europea] podrá decidir prorrogar dicho plazo por unanimidad.

Entonces, aunque los medios británicos pueden decir lo que quieran, la realidad es que no existe un recurso legal para que el Reino Unido cancele unilateralmente el proceso de retiro.

Cualquier otra cosa es solo una ilusión.

Según las últimas noticias, esta respuesta ahora es incorrecta. bbc.co.uk/news/uk-scotland-scotland-politics-46428579
@Jontia: El TJUE aún no ha decidido. No está obligado por la opinión del abogado general.
@chirlu Estoy de acuerdo, de hecho, la última línea de mi respuesta anterior lo establece explícitamente. Pero eulawanalysis.blogspot.com/2016/01/… dice que el tribunal sigue la posición del abogado general el 70% del tiempo y out-law.com/page-11458 dice que desde 2003 el AG solo comenta sobre casos que involucran nuevas cuestiones de derecho. Entonces, aunque no está obligado, es muy probable que esté de acuerdo. Entonces, al menos, la "ilusión" es inexacta.
@Jontia: 70% de acuerdo significa 30% de desacuerdo. :-) Y hay muchos casos de alto perfil en los que el tribunal decidió de manera diferente. Necesitaremos algo más de paciencia.
El TJUE ha confirmado que el Reino Unido puede retirar la notificación del artículo 50. theguardian.com/politics/2018/dic/10/…