¿Puede la Corte Suprema anular un juicio político que no fue por "crímenes graves y delitos menores" o es el Congreso el único juez?

Si se presentara un juicio político por algo que claramente no es un 'delito grave o menor', por ejemplo, por aumentar las tarifas, ¿tendría la Corte Suprema el poder de revocar su sentencia?

"algo que claramente no es un 'delito grave o delito menor'" ¿qué sería eso? --> "Altos crímenes y delitos menores", sin embargo, es una frase indefinida e indefinida, que, en Inglaterra, había comprendido conductas que no constituían delitos procesables". law.cornell.edu/constitution-conan/article-2/section-4/…
Véase también reuters.com/article/us-usa-trump-whistleblower-crimes-explai/… "Según varios abogados constitucionalistas, "crímenes graves y delitos menores" es un término deliberadamente vago y puede ser definido por los miembros del Congreso".
Sí, me refiero a algo tan leve que casi nadie podría pensar en ello como un "delito grave o menor" como gastar $500 de dinero de campaña en un gasto cuestionable que algunas personas podrían pensar que es personal en lugar de un negocio de campaña.
@TheMamba Es difícil afirmar que "nadie pensaría que califica" y al mismo tiempo afirmar que "la Cámara los acusa y el Senado los condena". Son unos pocos cientos de personas, que colectivamente responden a millones por sus trabajos, que aparentemente piensan que califica desde el principio. Y según el tipo de interpretación que señala Fizz, "crímenes graves y delitos menores" pueden abarcar cualquier acción que pueda manchar la apariencia de un buen gobierno, y si el Congreso decide que $500 de fondos malversados ​​lo han hecho, entonces califica.
En el escenario del que estoy hablando, realmente no podían creer que calificara, pero acusaron y condenaron al presidente de todos modos porque no están de acuerdo con él.
@TheMamba Creo que el único lugar donde encontrará que los tribunales no se retirarían y dejarían que el Congreso hiciera lo que hiciera es en algo que viola gravemente una protección constitucional. Si, por ejemplo, la acusación se hizo específica y expresamente por la razón "El presidente es musulmán", entonces ahora tenemos una crisis constitucional porque los tribunales probablemente querrán intervenir para abordar una violación de la primera enmienda, pero, sin embargo, tampoco querría hacerlo por las razones de mi respuesta. Pero el Congreso tendría que ser realmente tonto, o incitar al poder judicial, para hacer eso.
@zibadawatimmy bastante justo, estoy de acuerdo con eso, excepto que creo que podrían ser realmente malvados y hambrientos de poder.
@zibadawatimmy, The Mamba: ¿Qué pasaría si el Congreso acusara al presidente por algo trivial y verdaderamente ajeno a asuntos de estado, como comer más de la cuarta parte de una pizza compartida con tres miembros de la familia en una comida privada? ¿Podrían los tribunales intervenir en ese caso?
El lenguaje ha cambiado desde que se redactó la Constitución. Por falta menor se entiende una mala conducta en general, no como hoy, un delito menor como una infracción de tránsito. Entonces, un funcionario podría ser acusado por algo que en realidad no era un delito, como estar demasiado borracho con frecuencia para desempeñar las funciones de su cargo.
@jamesqf además, el adjetivo "alto" se distribuye tanto en "crímenes" como en "delitos menores". En aquellos días, la gente a veces hablaba de "faltas mayores". El adjetivo "alto" significaba "relacionado con asuntos de estado", otro hecho que a menudo se pierde, por lo que incluso robar una gran suma de dinero de una persona privada podría decirse que está fuera del alcance de la cláusula de juicio político.

Respuestas (2)

Desconocido, pero poco probable

La constitución usa la palabra "único" en solo dos lugares:

  1. La Cámara tendrá el Poder exclusivo de Acusación;
  2. El Senado tendrá la facultad exclusiva de juzgar todos los juicios políticos.

Hay muy pocos precedentes judiciales relacionados con juicios políticos, pero la decisión en Nixon vs. EE. UU. (este es un juez Nixon, no el expresidente) indicó que el uso de la palabra "único" es excepcionalmente importante, en parte porque es el único lugar en que se usa en la Constitución, y que los tribunales realmente no deberían involucrarse en asuntos de juicio político.

La mayor parte de la constitución trata sobre la construcción de un sistema de frenos y contrapesos, donde un poder en una rama se equilibra con frenos/poderes en otro. Pero solo en el juicio político, que se puede aplicar tanto al poder ejecutivo como al judicial, la constitución parece señalar que no existe la capacidad correspondiente para que esos poderes "controlen" el poder (en gran parte porque este poder es en sí mismo un control). en esas ramas). Parte de los dicta (también conocidos como divagaciones no vinculantes) de una concurrencia en la decisión antes mencionada sugirió que tal vez podrían involucrarse en casos realmente extremos, es decir, cuando el juicio no se parece ni remotamente a un juicio. Si bien no se especifica, mi impresión es que este juez estaba pensando en un juicio inquisitorial, un espectáculo de república bananera, algo así; no es un movimiento político cuestionable o let' tipo de problema s-argumentar-por-diccionario. El Poder Judicial ha establecido desde hace mucho tiempo que presumirá que los otros poderes están actuando de buena fe, a menos que exista una prueba clara en contrario y un poder legal claro para que lo consideren.

Cualquier participación judicial entraría inmediatamente en conflicto con la concesión del Senado del "poder exclusivo para juzgar todos los juicios políticos", ya que ahora cualquier tribunal que se involucre e intente cambiar las cosas estaría afirmando que también tiene poder y jurisdicción sobre los juicios políticos, y que puede cambiar los resultados del Senado u ordenar al Senado que cambie sus procedimientos (y luego rehacer todo). Y eso abre toda una lata de gusanos de cómo se supone que el Congreso puede usar el juicio político como un control sobre el Poder Judicial cuando el Poder Judicial simplemente puede intervenir y revertir las cosas. Si bien uno nunca puede afirmar con confianza lo que un SCOTUS hipotético podría dictaminar en una situación hipotética, francamente su hipotético no parece acercarse ni remotamente a justificar la participación judicial.

Creo que el único lugar en el que podemos esperar que los tribunales no necesariamente se retiren y dejen que el Congreso haga lo que haga es en algo que viola gravemente una protección constitucional. Si, por ejemplo, la acusación se hizo específica y expresamente por la razón de que "son musulmanes" -y no hablo de una razón oculta, sino que es expresamente como tal en la lectura más superficial y confiada de la juicio político y documentos del juicio, entonces ahora tenemos una posible crisis constitucional. Los tribunales probablemente querrían intervenir para abordar una violación del Artículo VI, Cláusula 3 (la cláusula "No pruebas religiosas") y posiblemente la primera enmienda, pero aún así es posible que no puedan justificar que tienen el poder para hacerlo (o incluso el poder de aliviar la lesión).

Supongo que te refieres a la violación de la enmienda 14 (no la primera) con ese hipotético juicio político por ser musulmán. (No están haciendo una ley que prohíba a los musulmanes profesar su fe, sino que los discriminan en términos de oficina/empleo). Así es básicamente cómo SCOTUS enmarcó los derechos de las mujeres .
@Fizz: No, la enmienda 14 restringe los estados y el Congreso no es un estado. Sin embargo, hay un lenguaje en la Constitución que prohíbe las pruebas religiosas, y esto (probablemente) entraría en conflicto con eso.
@Kevin: ese sería el Artículo VI, cláusula 3, entonces; en.wikipedia.org/wiki/No_Religious_Test_Clause Sin embargo, según su estándar estricto, ¡el Congreso podría acusar a alguien simplemente porque es mujer!
@Fizz Sí, sería el Artículo VI el que se violaría, no la Primera Enmienda. Kevin tiene razón en que el 14 no restringe las acciones del Congreso (o al menos la cláusula de privilegios e inmunidades no lo hace). De hecho, el Congreso podría (teóricamente) acusar a alguien por ser mujer. Pero buena suerte logrando que 1/2 de la Cámara y 2/3 de los Senadores hagan algo que seguramente terminaría con sus carreras políticas. El 14 se negó explícitamente incluso a otorgar el derecho al voto a las mujeres, y mucho menos el derecho a ocupar un cargo federal. El derecho de voto de las mujeres no se concedió hasta la 19ª Enmienda.
@reirab y mujeres ocuparon cargos federales antes de que entrara en vigor el 19.
@phoog Hasta donde yo sé, nunca hubo nada en la Constitución que dijera que podían o no podían.

Tenga en cuenta que el presidente Johnson fue acusado por violar la Ley de permanencia en el cargo de 1867. La ley declaró explícitamente que cualquier violación sería un "delito menor grave" y obviamente fue diseñada para ser la ocasión de un juicio político. Ningún tribunal en ese momento impugnó la acusación como injustificada. Sin embargo, en el último caso Myers v. United States , 272 US 52 (1926), la Corte Suprema de los EE. UU. encontró inconstitucional una restricción similar y opinó que si la Ley de Permanencia en el Cargo de 1867 no hubiera sido derogada (en 1887) habría sido derribado.

Es difícil argumentar que violar una ley inconstitucional es un "Delito grave" o "Delito menor grave".

Creo que la conclusión debe ser que los "delitos mayores y delitos menores" incluyen cualquier cosa que el Congreso diga que hacen, posiblemente sin una violación directa y explícita de las protecciones constitucionales. (Si un presidente fuera acusado por ejercer sus poderes constitucionales, como dar órdenes a las fuerzas armadas, o por ejercer un derecho constitucional, como practicar una religión en particular, tal vez la Corte intervendría).

No creo que ningún individuo tenga un "derecho" protegido constitucionalmente para ocupar el cargo de presidente. A un individuo se le puede otorgar tal autoridad, pero no creo que la revocación de esa autoridad por parte del Senado, sin importar cuán escandalosa sea la razón, pueda ser una violación de los derechos protegidos por la Constitución, a menos que la persona tenga un derecho fundamental (en oposición a una concesión revocable de autoridad) para continuar en el cargo.
@supercat No veo ninguna afirmación de un derecho protegido constitucionalmente para ocupar un cargo en esta respuesta. Pero incluso si lo hubiera, estaría sujeto al proceso de juicio político por mandato constitucional, al igual que el derecho constitucional a "una persona, un voto" inferido de la cláusula de igual protección está sujeto a las disposiciones constitucionales para la representación desigual de personas en el Congreso. .
@supercat El aspecto inconstitucional de la ley de permanencia en el cargo no fue que declarara que las violaciones eran impugnables, sino que creó un proceso inconstitucional para despedir de sus cargos a los designados presidenciales confirmados por el Senado.