En julio, el Congreso aprobó, en una votación casi unánime, una ley denominada Ley contra los adversarios de Estados Unidos mediante sanciones, que, entre otras cosas, impone sanciones a Rusia por su interferencia en las elecciones presidenciales de 2016. Pero la administración Trump acaba de anunciar que no está implementando esas sanciones, porque afirma que la ley en sí misma es suficiente disuasión sin sancionar a nadie.
Pero mi pregunta es, ¿cuál es la base legal de la administración Trump para no hacer cumplir esta ley? El presidente no puede simplemente optar por no hacer cumplir una ley. Pero, ¿tiene esta ley alguna disposición que permita al presidente retrasar o suspender su aplicación?
Como señaló el comentario de Drunk Cynic, uno de los principales ángulos legales era constitucional, a saber, una afirmación de que la ley, tal como se aprobó, usurpó la autoridad constitucional del poder ejecutivo para llevar a cabo las relaciones exteriores.
Citando Wikipedia :
El día que el presidente Donald Trump promulgó el proyecto de ley, emitió dos declaraciones simultáneas por separado. En la declaración destinada al Congreso, dijo: "Si bien estoy a favor de medidas duras para castigar y disuadir el comportamiento agresivo y desestabilizador de Irán, Corea del Norte y Rusia, esta legislación tiene fallas significativas. En su prisa por aprobar esta legislación, el Congreso incluyó una número de disposiciones claramente inconstitucionales", tales como restricciones a la autoridad del poder ejecutivo que limitaban su flexibilidad en política exterior .
Entre otras cosas, la declaración señaló que la legislación contradecía el fallo Zivotofsky v. Kerry de la Corte Suprema . El presidente pareció indicar que podría optar por no hacer cumplir ciertas disposiciones de la legislación: "Mi Administración considerará detenida y respetuosamente las preferencias expresadas por el Congreso en estas diversas disposiciones y las implementará de manera consistente con el mandato constitucional del Presidente". autoridad para llevar a cabo las relaciones exteriores ” .
Además, la ley misma dejaba margen de maniobra, bajo "SEC. 112. <> AUTORIDAD DE RENUNCIA PRESIDENCIAL". y otras numerosas exenciones (no creo que esa sea la que se usa, ya que esta requiere renuncias caso por caso e informes al congreso).
También hay un montón de exenciones de seguridad nacional, pero tampoco creo que se hayan invocado específicamente.
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David dice Reincorporar a Monica
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