Uno de los requisitos para Bnei Noah es establecer un sistema de justicia. Esto parecería incluir (a menos que me equivoque) sanciones penales, lo que podría significar la pena capital por ciertos delitos.
¿Qué es la Halajá si se le pide a un judío que cumpla una sentencia de muerte impuesta por un tribunal no judío? (Asumir por simplicidad, si existe tal cosa, un delincuente no judío).
Con base en esta responsa, bajo el encabezado טענה ראשונה - הריגת גוי המפר אחת משבע מצוות בני נח
parece que la mayoría de los primeros Poskim sostienen que a un judío no se le permite matar a un no judío que transgredió una de las leyes de Noachide .
Específicamente:
Los siguientes Rishonim parecen prohibirlo:
"שאין הדבר מסור ליעקב ובניו לעשות בהם הדין"
.(No verifiqué las referencias y me basé en el artículo ).
Me imagino que no hay problema, aquí. A los judíos ya los B'nai No'ach se les ordena no ASESINAR. No dice "No matar". Además, al mismo Noaj se le dijo que aquellos que derramen la sangre de un hombre, su sangre será derramada (Noaj 9:6). Por lo tanto, si un tribunal declara culpable de asesinato a un Ben No'ach, se convierte en una mitzvá ejecutar la sentencia de muerte. Puede ser cuestionable si el tribunal dictó la sentencia de muerte por motivos distintos al asesinato.
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