He estado pagando impuestos y contribuciones de NI como trabajador por cuenta propia, aunque solo una pequeña cantidad de impuestos ya que gano un poco por encima del umbral de asignación. Ahora asumí un trabajo regular adicional para complementar mis ingresos de trabajo por cuenta propia sobre una base PAYE. El empleador me ha pedido un P45, que no tengo, y estoy pagando impuestos y NI en un código de emergencia. ¿Tengo que esperar hasta que mis cuentas de fin de año 2016/2017 hayan sido procesadas en la oficina de impuestos para recuperar cualquier pago en exceso en impuestos y contribuciones de NI?
Un P45 solo lo proporciona un empleador al cesar su empleo con ellos. Como trabajaba por cuenta propia, obviamente no es elegible para un P45.
En este escenario, deberá completar una lista de verificación inicial (anteriormente conocida como P46) y seleccionar la declaración que mejor refleje sus circunstancias (probablemente la declaración 'C')
Ahora que los empleadores están utilizando informes de información en tiempo real (RTI), también puede llamar a HMRC después de su primer día de pago y pedirles que corrijan sus registros desde su lado (asegúrese de tener a mano su número de NI, ID de nómina y referencia PAYE del empleador). ). Luego, enviarán un aviso de codificación electrónica a su empleador y le indicarán qué código de impuestos usar en el futuro.
Si se le coloca en un código de impuestos acumulativo (dudoso en este escenario), su impuesto se corregirá solo y no tendrá que hacer nada más. Si recibe un código fiscal no acumulativo, deberá completar una autoevaluación al final del año fiscal utilizando su certificado P60; su empleador lo emitirá al final del año fiscal (TYE), asumiendo que usted es sigue siendo un empleado activo a partir del 5 de abril. Si deja el empleo antes del 5 de abril, su empleador le emitirá un P45 que puede usarse en su lugar para su autoevaluación.
andyt