Territorios acuáticos nacionales y zonas económicas exclusivas alrededor de estructuras artificiales

Obviamente, pregunto inspirado por las acciones de China, pero estoy más interesado en el derecho internacional y los tratados sobre tales casos a nivel general.

¿Qué dicen los tratados internacionales sobre reclamar una isla artificial para reclamar aguas territoriales y una zona económica exclusiva alrededor de ella?

Algunas preguntas más específicas:

  1. ¿Es posible reclamar una isla artificial?
  2. ¿Tiene que tener algún tipo de "base natural"?
  3. ¿Podrías construir una península artificial y reclamar aguas a su alrededor? Por ejemplo, ¿un aeropuerto en una isla artificial cambiaría el estado de las aguas vecinas?

( Espero que esto sea correcto SE, y espero que esto no sea demasiado amplio ) .

Creo (pero no tengo ninguna fuente para demostrarlo) que esta es una zona gris legal, porque los tratados internacionales sobre aguas territoriales son anteriores a los tiempos en que era técnicamente posible construir islas artificiales para extender las fronteras marítimas.
También podría ser útil observar los precedentes legales sobre el efecto de la recuperación de tierras en las fronteras marítimas. Este también es un método artificial para extender una línea de costa y se practica desde hace siglos. Claro, solo estamos hablando de unos pocos cientos de metros aquí, pero hubo disputas fronterizas sobre menos área.

Respuestas (1)

1. ¿Es posible reclamar una isla artificial?

No, no es posible utilizar una isla artificial para establecer una zona económica exclusiva.

La 'CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR' Parte V Artículo 60 Punto 7 establece:

No se podrán establecer islas artificiales, instalaciones y estructuras y las zonas de seguridad a su alrededor cuando se pueda causar interferencia al uso de vías marítimas reconocidas esenciales para la navegación internacional.

La 'CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR' Parte V Artículo 60 Punto 8 establece:

Las islas artificiales, las instalaciones y estructuras no tienen la condición de islas. No tienen mar territorial propio, y su presencia no afecta la delimitación del mar territorial, la zona económica exclusiva o la plataforma continental.

2. ¿Tiene que tener algún tipo de "base natural"?

La isla solo puede tener una "base natural" si se encuentra sobre el agua durante la marea alta.

La 'CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR' Parte II Artículo 13 Punto 2 describe una isla de "elevación de marea baja":

Una elevación de marea baja es un área de tierra formada naturalmente que está rodeada por y sobre el agua durante la marea baja pero sumergida durante la marea alta. Cuando una elevación de bajamar esté situada total o parcialmente a una distancia que no exceda la anchura del mar territorial desde el continente o una isla, la línea de bajamar en esa elevación podrá utilizarse como línea de base para medir la anchura del mar territorial. mar.

Debido a que las islas naturales en disputa quedaron completamente sumergidas en la marea alta antes de las alteraciones artificiales, se aplica la siguiente ley:

La 'CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR' Parte II Artículo 13 Punto 2:

Cuando una elevación en bajamar esté totalmente situada a una distancia superior a la anchura del mar territorial desde el continente o una isla, no tendrá mar territorial propio.

Donde "Ancho del mar territorial" se describe en el Artículo 3 de la Parte II como:

Todo Estado tiene derecho a establecer la anchura de su mar territorial hasta un límite que no exceda de 12 millas marinas, medidas a partir de líneas de base determinadas de conformidad con esta Convención.

La costa más cercana de China está a más de 400 millas de las islas Spratly.

3. ¿Podrías construir una península artificial y reclamar aguas a su alrededor? Por ejemplo, ¿un aeropuerto en una isla artificial cambiaría el estado de las aguas vecinas?

No. Los elementos citados anteriormente de la 'CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR' impiden esto.

Buena respuesta, pero no estoy seguro de que la tercera respuesta se desprenda de las otras citas. Todos se refieren a islas , pero si está conectado a su continente (es decir, una península), eso no se aplicaría necesariamente.
Gracias por la gran respuesta/investigación. Sin embargo, un detalle: ¿entonces la arena transportada cuenta como una isla/instalación artificial? Sospecharía que una plataforma petrolera u otra construcción sí lo hace. Pero la arena se ve un poco gris, porque ¿cómo se diferenciaría entre agregada naturalmente y transportada por humanos? Supongo que podría ser una cuestión de interpretación/debate si no está bien definido. Supongo que para sacar algo así habría que excluir "el PDI" de V.60.8. La definición de "isla artificial" complementaría muy bien esto.