Entiendo que destruir la propiedad como un efecto secundario no deseado de hacer un bien mayor (como salvar vidas) no es pecado. Sin embargo, ¿no está permitida la destrucción de propiedad como un efecto secundario de la amenaza inmediata? Ejemplos:
Esta pregunta se hace desde la perspectiva del catolicismo. Si un ejemplo más extremo ayuda a explicar el problema desde la perspectiva católica, entonces sustituya con un ejemplo diferente cualquiera de los dos que enumeré.
Agregado: También me interesa la relación con la ley, porque en muchos casos, este comportamiento podría ser ilegal, y según tengo entendido, en la mayoría de los casos violar una ley es pecado (ya que toda autoridad proviene de Dios). Sin embargo, en esos casos, la ley puede proteger algo malo.
El séptimo mandamiento (No hurtarás) implica el derecho de toda persona a la propiedad privada. El Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia dice:
- La propiedad privada y otras formas de propiedad privada de los bienes aseguran a la persona un ámbito muy necesario para el ejercicio de su autonomía personal y familiar y debe ser considerada como una extensión de la libertad humana... estimulando el ejercicio de la responsabilidad, constituye uno de los condiciones para la libertad civil
Un cartel ya no se puede considerar como una pertenencia personal. Derribarlo podría verse como una expresión de tu opinión, tu libertad. El Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia da varias definiciones de libertad. Uno de ellos es:
- la libertad debe expresarse también como la capacidad de rechazar lo moralmente negativo, cualquiera que sea la forma en que se presente,...
Pero justo antes de esta definición, se habla del ejercicio de la libertad.
- Esto debe ocurrir dentro de un “marco jurídico fuerte”, dentro de los límites impuestos por el bien común y el orden público y, en todo caso, de manera caracterizada por la responsabilidad.
Tenga en cuenta que mostrar un cartel que llame a algunas atrocidades o muestre pornografía puede ser castigado por la ley.
La escena de Jesús con los vendedores en el Templo (cf. Juan 2:14-16) muestra que no existe una regla general sobre la inmoralidad de destruir las pertenencias de otros cuando su uso/presencia ofende. Sin embargo, quien destruya la propiedad de otros sin que la ley civil lo condone, puede ser castigado si es descubierto.
Esta es una gran pregunta que no puede ser respondida en unas pocas líneas. Puedes tener más información buscando recursos relacionados con las fuentes de la moral .
La ley puede variar de un país a otro.
Mira esta cita del Catecismo de la Iglesia Católica :
El ciudadano está obligado en conciencia a no seguir las directivas de las autoridades civiles cuando sean contrarias a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a las enseñanzas del Evangelio. Negarse a obedecer a las autoridades civiles, cuando sus exigencias son contrarias a las de una conciencia recta, encuentra su justificación en la distinción entre servir a Dios y servir a la comunidad política. “Dad, pues, a César lo que es de César, ya Dios lo que es de Dios”. (Mt 22,21) "Debemos obedecer a Dios antes que a los hombres" (Hch 5,29)
. Cuando los ciudadanos están bajo la opresión de una autoridad pública que se extralimita en su competencia, no deben negarse a dar oa hacer lo que les exige objetivamente el bien común; pero les es legítimo defender sus propios derechos y los de sus conciudadanos contra el abuso de esta autoridad dentro de los límites de la ley natural y la Ley del Evangelio.
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