¿Se considera un bono por firmar un ingreso declarable?

Recibí un bono de $2,000 por firmar una Carta de Intención para firmar un contrato de arrendamiento de nuestra tierra agrícola a un desarrollador de energía solar. El contrato de arrendamiento finalmente fracasó debido a complicaciones técnicas, pero recibí el bono de $2,000. Sin embargo, no he recibido un formulario 1099 para este pago. Mi pregunta es, ¿debo declarar este dinero en mi declaración de impuestos y, de ser así, cómo?

Además, tuvimos $1200 en honorarios de abogados por negociar el contrato que finalmente fracasó. ¿Estos honorarios legales son deducibles como un gasto y dónde los incluiría?

¿Es su granja un negocio en funcionamiento con ingresos y gastos?

Respuestas (1)

Recibí un bono de $2,000...

Los ingresos brutos son ingresos de cualquier fuente que se deriven, incluidos (pero no limitados a) "compensación por servicios, incluidos honorarios, comisiones, beneficios complementarios y artículos similares".

El ingreso bruto ajustado se define como el ingreso bruto menos los ajustes al ingreso.

Mi pregunta es, ¿debo declarar este dinero en mi declaración de impuestos y, de ser así, cómo?

Sí, y estaría en la línea 21 de tu 1040 con documentación de respaldo.

¿Estos honorarios legales son deducibles como un gasto y dónde los incluiría?

, agregaría sus gastos deducibles y los colocaría en su Anexo A. Instrucciones aquí .

Buena suerte.

Editar: como señaló Ben Miller en los comentarios, la deducción se colocaría en la línea 23 o 28 según la naturaleza del abogado (relacionado con la inversión o no).

No estoy seguro de que esto sea correcto. ¿Dónde exactamente crees que debería deducir los honorarios legales en el anexo A?
Se indica el sí vinculado, "Por lo general, usted deduce los honorarios de abogados personales como una deducción miscelánea detallada en el Anexo A de su declaración de impuestos del Formulario 1040". Dependiendo de la naturaleza (inversión o no) serían las líneas 23 o 28.
Estaba pensando que esto sería un ingreso/gasto comercial, yendo a un programa C y permitiéndole deducir el gasto completo. ¿Qué opinas?
¿En la línea 17 del Anexo C? No, por ser una finca tendría que radicar un Anejo F, específicamente la línea 32a. "Puede incluir en esta línea los honorarios cobrados por contadores y abogados que son gastos ordinarios y necesarios directamente relacionados con su negocio agrícola". - Instrucciones del Anexo F. Pero esto plantea una pregunta entre si esta bonificación es GI en el 1040 o si debe informarse en un Formulario 8919...