¿Puedo deducir una donación de caridad de 2013 en mi declaración de impuestos de 2014?

En 2013 hice una donación a una organización benéfica. A principios de 2014, incluí una copia del recibo de la donación con toda la documentación que envié a mi CPA. Cuando presentó mi declaración de impuestos de 2013, se olvidó de deducir la donación en el Anexo A. Le pregunté al respecto y me dijo que solo guardara el recibo y que podría deducirlo en mi declaración de 2014.

¿Es eso cierto? ¿Puedo deducir una donación caritativa que hice en 2013 en mi declaración de impuestos de 2014?

Para que quede claro, ¿ no alcanzó su límite máximo de deducción en 2013? (Me pregunto si está confundiendo la regla de transferencia aquí).
@Joe No, estoy bastante seguro de que ese no es el caso. Pero creo que sería una buena respuesta para agregar.

Respuestas (3)

Según tengo entendido, el CPA es incorrecto. Solo puedes deducir las aportaciones en el año en que las realizaste.

Del IRC Sec 170 :

Se admitirá como deducción cualquier donación caritativa (según se define en el inciso (c)) cuyo pago se efectúe dentro del año contributivo . Una contribución caritativa será admisible como deducción sólo si se verifica conforme a los reglamentos prescritos por el Secretario.

Una discusión sobre el tema en los foros Turbo Tax de Intuit :

Al igual que con todas las deducciones detalladas, el tiempo lo es todo. Puedes tomar la deducción por tu aporte en el año que lo hagas .

Si los montos son sustanciales, puede enmendar la planilla de ese año y reclamar la deducción adicional. Si de hecho es la omisión del CPA, espero que le prepare la declaración enmendada sin cargo.

+1 De hecho, podría valer la pena encontrar un CPA diferente (con una mejor comprensión de la ley fiscal) para preparar la declaración de 2014. Omitir hacer una deducción a la que se tiene derecho en la planilla de 2013 es intrascendente (salvo haber pagado en exceso); reclamar una donación caritativa de 2013 como una deducción en la declaración de 2014 es presentar una declaración fraudulenta y perjurio (ya que la firma del contribuyente declara que todo en la declaración es correcto, bajo pena por perjurio).
@DilipSarwate "ya que la firma del contribuyente declara que todo en la declaración es correcto, bajo pena de perjurio" ¿Sería yo el responsable o el preparador? Después de todo, el CPA es el experto en impuestos, no yo.
@pacoverflow Según el IRS , usted es responsable. Su CPA también podría ser responsable de fraude (y probablemente perdería su certificación), pero es su declaración. (De lo contrario, sería fácil para las personas evitar los cargos de evasión de impuestos simplemente diciendo que no sabían nada al respecto...)
Si una donación de fin de año no se incluye en una declaración de impuestos, ¿qué determinaría si debería considerarse perteneciente al año anterior o al año siguiente? Si alguien que vive en Nueva York pero está visitando a un amigo en Wisconsin hace una donación el 1 de enero de 2014 a las 12:30 a. m., hora local, en un sitio web de Colorado para una organización benéfica de California, ¿sería una donación de 2013 o 2014, o podría reclamarse? ¿Cómo sea? ¿Qué pasaría si fueran las 11:30 p. m. o la 1:30 a. m. hora local?
@pacoverflow Así que dígale a su CPA que quiere que le devuelvan su dinero o lo delatará por fraude y hará que pierda su certificación, luego use ese dinero para contratar a un CPA diferente...
@supercat Lo importante es la fecha en que se entregó el dinero a la organización benéfica, es decir, el momento en que el control total y el derecho del dinero pasaron al destinatario. En su escenario, dado que la donación no se realizó en efectivo, se registrará en función de la fecha de publicación en el estado de cuenta de la tarjeta de crédito/banco que, en cualquier caso, es posterior al 1 de enero.

No puede tomar deducciones hechas en un año y aplicarlas a un año diferente . Me parece extraño que su CPA sugiera lo contrario.

Lo que sí puede hacer es presentar una declaración enmendada del año en que debió realizarse la deducción (2013, en su caso) que incluya la deducción . El formulario para eso es 1040X. Estos formularios no pasan por el sistema de procesamiento automático habitual, por lo que pueden demorar un poco más que las declaraciones de impuestos típicas. Pero conseguirá reconciliar la situación fiscal.

No puede trasladar las deducciones que olvidó en un año fiscal anterior; pero puede transferir las deducciones que excedieron su límite máximo de deducción. Como en la Publicación 17/2014/Cap. 24 :

Puede deducir sus aportes solo en el año en que realmente los hace en efectivo u otra propiedad (o en un año de traspaso posterior, como se explica más adelante en Traspasos). Esto se aplica ya sea que use el método de contabilidad en efectivo o de acumulación.

Los remanentes se tratan más adelante en ese documento :

remanentes

Puede transferir cualquier contribución que no pueda deducir en el año en curso porque excede sus límites de ingreso bruto ajustado. Puede deducir el exceso en cada uno de los próximos 5 años hasta que se agote, pero no más allá de ese tiempo. Para obtener más información, consulte Transferencias en la Publicación 526.

La publicación 526 entra en un poco más de detalle :

remanentes

Puede transferir cualquier contribución que no pueda deducir en el año en curso porque excede sus límites de ingreso bruto ajustado. Es posible que pueda deducir el exceso en cada uno de los próximos 5 años hasta que se agote, pero no más allá de ese tiempo. Su deducción caritativa total para el año al que transfiere sus contribuciones no puede exceder el 50 % de su ingreso bruto ajustado para ese año.

Un remanente de una contribución de conservación calificada puede transferirse durante 15 años.

Las contribuciones que transfiere están sujetas a los mismos límites porcentuales en el año al que se transfieren. Por ejemplo, las aportaciones sujetas al límite del 20% en el año en que se realizan son aportaciones con límite del 20% en el año al que se trasladan.

Para cada categoría de contribuciones, deduce las contribuciones remanentes solo después de deducir todas las contribuciones permitidas en esa categoría para el año en curso. Si tiene traspasos de 2 o más años anteriores, utilice primero el traspaso del año anterior.

Pero nada de eso permite deducciones que quedaron fuera de la declaración de un año anterior.

Para ser claros, el consejo de Joe se aplica si has donado tanto a la caridad que alcanzas los límites de lo que puedes deducir en ese año. El exceso se transfiere al año siguiente y puede tomarlo en ese momento. Entonces, si encuentra aún más deducciones caritativas en el año limitado, las toma de todos modos en el próximo año. Ese es el único caso en el que puedes hacer eso. Además, si tienes ese problema, eres un superhéroe. Es una gran sensación, ¿no?