Estoy pensando en vender suscripciones de software con Bitcoin. Estoy en los EE. UU. pero soy un extranjero no residente. Mis ingresos no se basarán en los EE. UU. porque vendo a todo el mundo.
¿Tengo que crear una empresa para vender mi software?
¿Estoy sujeto a algún impuesto en los Estados Unidos?
Digamos que gané 10 bitcoins con mis ventas, y después de eso, bitcoin se multiplicó por 2. ¿Cómo van a cobrarme impuestos cuando me paguen en bitcoins (y no conviertan mis ventas inmediatamente en USD)?
La Publicación 519 analiza los requisitos de presentación para extranjeros residentes y no residentes.
Si sus ingresos están sujetos a impuestos de EE. UU., deberá pagar impuestos sobre la renta según el valor en dólares del bitcoin cuando lo reciba. Este valor puede ser diferente para cada venta ya que el valor de bitcoin en dólares fluctúa. Sin embargo, si establece un precio tanto en dólares como en bitcoins, y permite compras en cualquiera de ellos, entonces puede estipular que el valor del precio de bitcoin es el mismo que el precio en dólares.
El valor del bitcoin puede crecer libre de impuestos (supongo que "impuestos diferidos" sería un mejor término) hasta que lo convierta. (Tenga en cuenta que comprar algo, incluida otra criptomoneda, cuenta como convertirlo). Cuando lo convierta, deberá impuestos sobre las ganancias de capital sobre el aumento de valor desde el momento en que lo recibió (nuevamente, si está sujeto a impuestos).
El IRS proporcionó orientación para este escenario exacto. De https://www.irs.gov/newsroom/irs-virtual-currency-guidance :
P-3 : ¿Debe un contribuyente que recibe moneda virtual como pago por bienes o servicios incluir en el cómputo del ingreso bruto el valor justo de mercado de la moneda virtual?
A-3 : Sí. Un contribuyente que recibe moneda virtual como pago por bienes o servicios debe, al calcular el ingreso bruto, incluir el valor justo de mercado de la moneda virtual, medido en dólares estadounidenses, a partir de la fecha en que se recibió la moneda virtual. Consulte la Publicación 525, Ingresos imponibles y no imponibles, para obtener más información sobre ingresos misceláneos de intercambios relacionados con bienes o servicios.
P-4 : ¿Cuál es la base de la moneda virtual recibida como pago por bienes o servicios en P&R-3?
A-4 : La base de la moneda virtual que recibe un contribuyente como pago por bienes o servicios en la P&R-3 es el valor justo de mercado de la moneda virtual en dólares estadounidenses a partir de la fecha de recepción. Consulte la Publicación 551, Base de los activos, para obtener más información sobre el cálculo de la base cuando se recibe propiedad por bienes o servicios.
En resumen, para efectos fiscales, si recibiste 0.1 BTC que valían $ 1,000 al momento de la venta (presumiblemente tendrías una valoración en dólares por esta venta) será como si te pagaran en efectivo y de inmediato compraras algunos BTC a este precio. . Debe realizar un seguimiento del valor y la cantidad de BTC de cada venta individual, ya que cada lote tendrá una base de costos única.
A menos que una entidad fuera de los EE. UU. tome posesión de las monedas en su nombre, es casi seguro que esto se considerará un ingreso basado en los EE. UU., independientemente de dónde viva el comprador.
RonJohn
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