Objeción de modelo corporativo en lugar de liberación de modelo

En primer lugar, requerimos que cada persona complete un modelo de autorización. Ahora tenemos cientos de autorizaciones de modelos archivadas. Se está saliendo un poco de control.

En su lugar, lo que nos gustaría hacer es incluir verborrea en el acuerdo/contrato de la sesión inicial de que al contratarnos para fotografiar a los miembros de la compañía, la compañía acepta informarles a los miembros que al participar en la sesión con nosotros están aceptando ceder los derechos. de su semejanza etcétera. Si se oponen a esta "autorización masiva del modelo", pueden firmar un formulario contra nuestro uso de su imagen. Esto reduciría efectivamente la cantidad de liberaciones firmadas para ahorrar solo el seguimiento de las objeciones firmadas.

¿Alguien ha oído hablar de que esto realmente se está aplicando? No podemos ser los primeros en preguntar, aunque no encontramos nada parecido en Google.

Si desea una respuesta útil a casi cualquier pregunta legal, es esencial decir qué jurisdicción se aplica.
Póngase en contacto con un abogado. Usted, como fotógrafo, debe obtener la autorización del modelo o asegurarse de que ya haya una. La autorización del modelo debe ser explícita y no puede sustituirse por un "no se opuso", eso no es profesional en absoluto. Pregúntele a su abogado.
Gracias por tu solicitud de aclaración de jurisdicción, Peter. Estamos en Maine, pero esta pregunta se aplica a fotógrafos y sujetos dentro de los Estados Unidos de América. Entiendo que hay estados con leyes explícitas que rigen la publicidad de un individuo y estados con leyes comunes al respecto. Pero mi pregunta no es realmente sobre ningún estado o jurisdicción. Agradecemos su aporte, @roetnig. Tenemos un abogado. Su punto de vista se nota y es perfectamente válido. Gracias.

Respuestas (2)

Lo siguiente es solo para fines de entretenimiento. Póngase en contacto con un abogado si tiene preocupaciones legales serias.

Comuníquese con un abogado para determinar si realmente necesita autorizaciones de modelo y si un sistema de aceptación o exclusión sería más adecuado. Si bien las "autorizaciones masivas de modelos" con opción de exclusión pueden ahorrar en papeleo, serían inapropiadas si tiene una exposición legal significativa.

Es posible que las autorizaciones de modelo no sean necesarias, siempre y cuando no utilice las fotografías para actividades comerciales , como venderlas a terceros, utilizarlas para publicidad o utilizarlas de maneras que se extiendan más allá del propósito para el que fue contratado para tomarlas. Por ejemplo, si está tomando retratos que se proporcionarán solo a sus clientes y no se utilizarán para ningún otro propósito, se puede considerar que las personas aceptaron implícitamente que se les tomara una foto para ese propósito al posar para usted.

También podría ser útil tener una política explícita con respecto a si se tomarán o eliminarán fotos cuando las personas se opongan a que les tomen una foto.

En los EE. UU., actualmente no existe un estatuto federal con respecto a los derechos de publicidad , y el asunto se maneja estado por estado. Los siguientes enlaces contienen más información, incluidas listas de estados con estatutos relevantes.

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Gracias por tu respuesta @xiota. Tenemos un abogado, la pregunta es más sobre qué experiencias anecdóticas tienen los fotógrafos con esta situación. Pero parece ser una idea demasiado extraña. Tienes razón. Una cesión de modelo es más para CYA si utiliza la imagen de una persona para ganar dinero para su negocio. Actualizaré nuestra pregunta original con el contrato real que elaboramos con la ayuda de nuestro abogado, pero solo si fuera válido, profesional y se aplicara a todos los estadounidenses.

En general, "X accedió a encargarse de esto" no es una defensa en este tipo de situación. Es posible que tenga un reclamo contra X por no cumplir con su parte del trato, pero eso no lo protege de los reclamos de nadie más que X. No formaban parte de su contrato con X, por lo que no están obligados por él.

Por ejemplo, Lifetouch toma una foto de cada estudiante de K-12 en nuestro distrito escolar y muchas otras escuelas en Maine. No firmamos una autorización modelo de ellos. Firmamos uno de la escuela. Suponemos que esto se debe a que Lifetouch tiene un contrato con la escuela. Por lo tanto, depende de la escuela realizar un seguimiento de los lanzamientos de modelos y no de ellos. Nos preguntamos cómo esto podría aplicarse a nosotros en un entorno corporativo.
Los distritos escolares tienen más responsabilidad por sus cargos que las corporaciones por sus empleados. Pero, ¿Lifetouch ha revendido fotos que tomaron bajo este contrato a otras personas además de los padres y, supongo, publicaciones escolares como anuarios?