Mi hija se casó el año pasado a fines de agosto, ¿todavía puedo reclamar su parte del año?

Si mi hija de 21 años vivió en casa (y yo proporcioné más de la mitad de su manutención) hasta su boda a fines de agosto del año pasado, ¿no puedo reclamarla como dependiente de algún tipo?

¿En qué país se encuentra, ya que ciertamente hace una diferencia en la ley fiscal?

Respuestas (1)

Voy a asumir que su pregunta se refiere a los Estados Unidos. (Las probabilidades son buenas, creo).

Lo que he determinado es: No puedo responder sí/no según la información limitada anterior y mis hallazgos.

Pero consulte los criterios a continuación que encontré en IRS.gov: un "niño calificado" para determinar si su hija aún califica para su declaración de impuestos el año pasado. Estos son algunos de los puntos más destacados, con mi énfasis agregado , donde creo que debe prestar especial atención:

En general, para ser hijo calificado de un contribuyente, una persona debe cumplir con cuatro requisitos:

  • Parentesco — el hijo o hijastro del contribuyente (ya sea por consanguinidad o adopción), hijo adoptivo, hermano o hermanastro, o descendiente de uno de estos.
  • Residencia: tiene la misma residencia principal que el contribuyente durante más de la mitad del año fiscal. Se exceptúan, en ciertos casos, los hijos de padres divorciados o separados, los hijos secuestrados, las ausencias temporales y los hijos nacidos o fallecidos durante el año.
  • Edad: debe ser menor de 19 años al final del año fiscal, o menor de 24 años si es estudiante de tiempo completo durante al menos cinco meses del año, o estar incapacitado de forma permanente y total en cualquier momento durante el año .
  • Manutención: no proporcionó más de la mitad de su propia manutención durante el año.
    ...

Reglas adicionales

Si bien las cuatro pruebas de hijo calificado generalmente se aplican a los cinco beneficios fiscales mencionados anteriormente, existen algunas adiciones o variaciones para disposiciones particulares:

Dependiente: un hijo calificado también debe cumplir con estas pruebas:

  • Nacionalidad: ser ciudadano o nacional de los EE. UU., o residente de los EE. UU., Canadá o México. Hay una excepción para ciertos niños adoptados.
  • Estado civil: si está casado, no presentó una declaración conjunta para ese año, a menos que la declaración se presente solo como un reclamo de reembolso y no existiría obligación tributaria para ninguno de los cónyuges si hubieran presentado declaraciones por separado.
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Entonces, creo que está bien con el criterio de medio año, ya que mencionó que su hija se casó en agosto. Pero deberá determinar si cumple con el requisito de edad (por ejemplo, si aún es estudiante de tiempo completo, entonces sí), así como qué tipo de declaración de impuestos presentó o presentará su hija el año pasado.

Esta parte de la publicación 501 del IRS entra en más detalles (insoportables) y es probable que sea más definitiva/actual que la anterior, aunque IRS.gov es la fuente de cada uno. Su situación debería ser sencilla, pero si tiene dificultades para interpretar la Publicación 501 tal como se aplica a usted, considere consultar a un profesional de impuestos. Los eventos especiales de la vida a menudo hacen que la declaración de impuestos sobre la renta sea más complicada de lo habitual.