La preparación de la visa para el posdoctorado llevará semanas. ¿Puedo empezar a investigar (con el PI?)

Como se menciona en el título. Voy a recibir una carta formal esta semana. Durante mi reunión con Recursos Humanos, me dijeron que la visa demorará 12 semanas para que podamos acordar la fecha de inicio en ese momento. Mi pregunta es la siguiente: realmente quiero tener éxito en mi posdoctorado y quiero investigar lo antes posible, ¿puedo enviarle un correo electrónico para informarle al IP sobre esto? (para obtener información sobre su paso de investigación actual, etc.) o debo seguir investigando y leyendo por mi cuenta y esperar hasta que todo sea oficial?

Ciertamente podrías ir a una biblioteca universitaria y comenzar a leer artículos relacionados con tu posdoctorado. Si tu postdoctorado no se realiza, simplemente has perdido algo de tiempo...
En algunos casos, se puede exigir a la universidad que emplee a alguien que esté físicamente presente en el país.

Respuestas (5)

Puede actuar activamente y enviar un correo electrónico con sugerencias para comenzar a trabajar de forma remota. ¿Qué significa eso en términos de salario? ¿Esperas que te paguen por ese trabajo? Ese punto tal vez debería aclararse.

Gracias, no espero nada para ser honesto. Mi impulso principal es proporcionar resultados y construir mi perfil, pero no estoy seguro de cómo reaccionará el PI ante eso: incluso si aclaro que por el salario, algunas personas no quieren trabajar con personas que quieren trabajar para gratis..
Su caso no es sólo el de “algunas personas que quieren trabajar gratis”. Pronto serás parte del grupo, y esa es TU investigación, y tú eres el que está más interesado en obtener resultados tan pronto como puedas. Así que no veo ninguna objeción para enviar un correo electrónico al PI.
-1. Esta respuesta oscurece información importante acerca de que a menudo es ilegal trabajar con o sin pago sin una visa, y eso sin siquiera tocar los problemas éticos de ofrecerse a trabajar gratis.
@AzorAhai-him- Mientras OP no sea un empleado, no trabaja para ellos, pero con ellos, es una colaboración. Las colaboraciones generalmente no son compensadas (¿quién pagaría a quién de todos modos?), no están sujetas a las leyes laborales y tampoco se consideran éticamente problemáticas.
@lighthousekeeper hay muchas cosas en la Academia que no se consideran éticamente problemáticas, pero lo son absolutamente...
@EarlGrey ¿Y por qué la cosa en este caso es una de ellas? La colaboración es la norma en la mayoría de los campos creativos. El principal problema ético en la colaboración es que debe conducir a un crédito justo --- en el caso de la academia, la autoría, de acuerdo con las directrices pertinentes.
@lighthousekeeper Campos creativos, exactamente. El principal problema ético es que el trabajo gratis es trabajo gratis. Si una colaboración fuera simplemente vender dos veces el mismo producto, no tendría nada en contra. Dado que por lo general es la carga de trabajo la que se filtra hacia los doctorados y similares, tengo muchas cosas en contra. Por un lado, las horas de investigación (y los salarios del 99% de los investigadores) están íntimamente ligadas a un proyecto/beca específico. Por otro lado se espera que uno colabore... de lo contrario no tendría una carrera exitosa. ¿Se asignan horas de colaboración en el tiempo del proyecto? ¡Por supuesto que no!
@lighthousekeeper Si fuera una colaboración en el verdadero sentido de la palabra, entonces el OP no estaría haciendo estas preguntas en absoluto. Habiendo lidiado con problemas de visa similares, las autoridades son lo suficientemente inteligentes como para saber qué es una "colaboración" versus "comenzar a trabajar temprano y gratis". El departamento jurídico de la universidad de acogida le indicará al supervisor que no le permita hacer nada . El OP podría colaborar de verdad en su posición actual (si corresponde). A las autoridades pertinentes probablemente tampoco les importe mucho si el anfitrión envía una lista de lectura.
@ AzorAhai-him- Creo que es al revés: si OP hubiera sabido que cada acto de trabajar juntos es una colaboración, no habría hecho la pregunta. Sin conocer los detalles de su caso, es difícil decir si se aplica aquí. Lo que sí sé con certeza es que los PI en la academia a menudo contratan a sus colaboradores: es bastante natural contratar a personas cuyo estilo de trabajo conoces. No está claro sobre qué base una autoridad distinguiría casos de contratación como ese del caso en cuestión.
@lighthousekeeper No puede trabajar para un empleador en su país anfitrión sin una visa. Si está empleado en su país de origen, podría llamarlo una colaboración. Si no está empleado, no puede ni debe trabajar gratis. Si el OP no está empleado en su país de origen e intenta trabajar gratis en su país anfitrión, está poniendo en peligro su visa. Esta respuesta no menciona eso.
@ AzorAhai-him: creo que nada de esto se aplica aquí por las razones que expliqué anteriormente.
@lighthousekeeper Bueno, estarías equivocado.

[Descargo de responsabilidad: no soy abogado, esto no es un consejo legal]

Como mencionó Thomas en su comentario , en general, sin una visa no se puede trabajar legalmente en el país de la universidad, esto incluye el trabajo remoto desde el extranjero. Además de eso, al menos en algunos países, es ilegal hacer un trabajo que normalmente se paga, incluso si no se le paga por ello, a menos que tenga un permiso de trabajo adecuado. Supongo que la lógica es que ingresas al mercado laboral trabajando y no cobrando.

Así que sea cuidadoso y preciso en sus solicitudes. Comenzar a trabajar en el proyecto de forma remota, antes de que su visa esté lista y sea válida, probablemente sea ilegal (y su futuro jefe compartirá parte de la responsabilidad por esto). Sin embargo, simplemente pedir lecturas sugeridas antes de comenzar a trabajar en el proyecto en sí probablemente esté bien. Supongo que su PI estaría feliz de dar esas sugerencias incluso si su visa no se cumplió o si no había firmado el contrato para empezar.

Hola, gracias por tu respuesta. Soy consciente de que puede crear algunos problemas independientemente de lo que yo quiera o lo que quiera el PI, pero para mí considero esto riesgoso si empiezo a recibir exactamente las mismas responsabilidades que recibiría cuando tenga la visa, lo cual es una locura. Lo que realmente quiero es que me incluyan científicamente (podría ser leyendo artículos, asistiendo a seminarios, etc.), ya que estas son actividades "públicas". Realmente no veo ningún daño.
@U.User No veo ningún problema desde el punto de vista de la investigación académica: un IP razonable también está interesado en un progreso más rápido de su proyecto. La discusión parece desviarse hacia los temas de visa y legalidad, porque para muchos estas son señales de alerta y se justifica la precaución. Es por eso que si envía un correo electrónico "¿Puedo comenzar a trabajar mientras se procesa mi visa?" puede recibir una respuesta negativa. Mencionaste "asistir a seminarios": suena como un ser responsable de la coordinación, que es algo que normalmente haría un empleado. Tampoco está claro cómo beneficia su investigación.
No me sorprendería que "asistir" tuviera la intención de significar "asistir" (debido al francés "asistente").
Creo que la premisa del comentario de @thomas es incorrecta. No necesitas tener una visa para el país X si trabajas en el país Y, incluso si el empleador está en el país X. Eso sería absurdo: Ninguna empresa podría, en ese caso, contratar a trabajadores por cuenta propia en otros países para ciertos servicios.
@WolfgangBangerth Los contratistas generalmente tienen menos protecciones legales que los empleados. Así, existen leyes que impiden clasificar a los empleados como contratistas (y empresas como Uber gastan muchos millones de dólares luchando contra tales leyes). Por lo tanto, no puede reclasificar a los empleados como contratistas para evadir la ley de inmigración.
@WolfgangBangerth Aquí estamos hablando de un contrato de posdoctorado estándar, que es un contrato de trabajo entre una universidad (el empleador) y un posdoctorado (el empleado). Concluyo esto de OP mencionando a HR, que los trata o los ayuda con su visa. Personalmente, me interesaría escuchar su relato (o el de cualquier otra persona) de una universidad que contrate una investigación como contratista individual o por cuenta propia.
Creo que esta respuesta no se aplica: mientras OP no esté empleado, no trabaja para el PI, sino con ellos. Es una situación de colaboración, que es la forma predeterminada de trabajar en el mundo académico.
@lighthousekeeper "Mientras OP no esté empleado, no trabaja para el PI" . Responderé a su perogrullada con una de las mías: OP no debe ser empleado antes de que se les permita hacerlo. El punto importante es que la diferencia entre "OP no está empleado" y "OP está empleado sin la documentación adecuada (ilegalmente)" no se define por la imaginación de uno, sino por circunstancias fácticas.
@lighthousekeeper Ampliaré mi comentario, en caso de que no quede claro. Está insinuando que la línea entre "trabajar para" y "trabajar con" es borrosa, por lo tanto, OP puede participar en actividades de investigación con su posible institución argumentando que simplemente estaban "colaborando" mientras se procesaba la visa y comenzaron a trabajar. como empleado solo una vez hecha la visa. El problema es que ningún oficial de inmigración creerá eso, y ningún RH que se precie se arriesgará. Lo que usted piensa que es "OP no empleado", otros lo considerarán como "OP empleado sin papeleo (ilegalmente)".
@paperskilltrees Eso es más claro. Pero no quería decir que la línea entre "trabajar para" y "trabajar con" sea borrosa, todo lo contrario, digo que está bastante claro: antes de comenzar la cita, solo están trabajando con. Una vez empleados, están trabajando con y trabajando para. ¿Sobre qué base afirma que un oficial de inmigración no entenderá esta diferencia?
"sin visa no se puede trabajar legalmente en el país de la universidad, esto incluye trabajo remoto desde el extranjero" ¿Qué? No. Las visas son para viajar y lo que puede hacer mientras viaja. No necesita una visa para trabajar de forma remota si nunca pone un pie en el país. Puede haber otras leyes laborales involucradas según los países, pero, por ejemplo, en los EE. UU. está perfectamente bien contratar personas para trabajar en el extranjero: linkedin.com/pulse/…
@lighthousekeeper "Digo que es bastante claro: antes de comenzar la cita, solo están trabajando con. Una vez empleados, están trabajando y trabajando para. ¿Sobre qué base afirma que un oficial de inmigración no entenderá esta diferencia?" ¿Cuál es exactamente esta diferencia entre "aún no ha comenzado la cita" y "empleado sin la documentación adecuada (ilegalmente)"? En cualquiera de los dos casos el empleado no tiene contrato.
@user3067860 Primero quería agradecerle por el enlace, pero cambié de opinión después de pasar 30 minutos revisando su contenido. Bajo el encabezado "No se requiere visa de inmigración de EE. UU.", el bloguero se refiere a 3 fuentes. Ninguno de ellos es una agencia gubernamental o legislación. Los dos primeros, al revisarlos, no dicen que no se requiere la visa , como afirma el blogger. ¡La tercera referencia es otro blogger al azar que hace un reclamo sin ningún tipo de apoyo! Básicamente, el tipo inventó todo y copió y pegó el logotipo de Seguridad Nacional en su publicación de blog para impresionar a los lectores crédulos e ingenuos.
@ user3067860 En cualquier caso, "si nunca pones un pie en el país" no es el caso del OP.
@paperskilltrees El OP necesita una visa para ingresar a los EE. UU. Hasta ese momento, la "visa" no se aplica a ellos. Visa, n., "un endoso en un pasaporte que indica que el titular puede entrar, salir o permanecer en un país por un período de tiempo específico". google.com/search?q=define%3Avisa
@paperskilltrees ¿Tiene algo que diga que alguien necesita una visa para trabajar de forma remota para una empresa estadounidense (no mientras esté físicamente en los EE. UU.)?
@paperskilltrees Ya expliqué eso. No es lo mismo colaborar con alguien (=trabajar con) que trabajar para alguien (=empleo).

Una visa le permite vivir en un país y (para la visa, supongo que está recibiendo) tener un empleo remunerado en ese país, es decir, recibir un salario.

No necesita una visa para trabajar en cosas mientras está en su país de origen (trabajando en su tiempo libre o, de hecho, en un puesto remunerado). En otras palabras, puede trabajar en cualquier proyecto que desee incluso antes de obtener la visa. Simplemente no puede mudarse al país de destino todavía, y tendría una conversión separada con su PI sobre cómo recibir pagos si eso es lo que desea.

En general, recibir el pago requiere una visa. La forma de evitar esto es si su empleador tiene presencia legal en otro país y puede emplearlo allí. Generalmente, las universidades no tienen tales arreglos.
@Thomas: Ninguno de estos es cierto. Las universidades son libres de pagar a quien quieran en el extranjero. No necesitan visa. Puede ser simplemente un contratista, y la universidad tampoco tiene que tener presencia legal en ese país: la universidad solo tiene que obedecer las normas laborales en el país de la persona que recibe el pago, pero no tiene que tener una presencia allí. --- Por otra parte, durante la pandemia actual, la mayoría de las universidades han establecido relaciones con empresas de subcontratación que garantizan el cumplimiento de las leyes locales (seguro médico, aportes para la jubilación, deducciones fiscales, etc.).
Si el derecho laboral fuera tan simple...
@Thomas: Exactamente porque está fuera del país, por lo general lo hace más fácil. Al determinar lo que cubre la ley laboral, la ley suele tener en cuenta una serie de factores. Su investigador típico no trabaja exactamente en las horas prescritas, y dado que esto involucra a otro país, significa que la universidad tampoco decide dónde se realiza el trabajo. Suponiendo cierta libertad académica, también significa que la universidad realmente no decide lo que se hará. Entonces, en las pruebas comunes de "dónde, cuándo, qué", el puesto no parece ser el de un empleado, sino más bien el de un contratista.
@MSalters La ley laboral es compleja y ninguno de nosotros está calificado para hacer declaraciones definitivas al respecto. Ni siquiera hemos especificado en qué país (y estado) se encuentra, incluso un abogado laboral profesional no haría comentarios tan generales. Sin embargo, nunca he oído que los posdoctorados se clasifiquen como contratistas, en lugar de empleados. En los EE. UU., los contratistas deben pagar sus propios impuestos y seguro de salud (solo los empleados obtienen impuestos retenidos y atención médica patrocinada por el empleador). Estoy seguro de que escucharía quejas de postdoctorados si este fuera el caso.
@Thomas ¿Tiene alguna citación por la que se necesita una visa para pagarle a alguien en un país que no es el que emite la visa? Hasta donde yo sé, una visa es básicamente igual a papel de impresora fuera de viajar hacia/en el país que emitió la visa.
@ user3067860 Esta discusión va mucho más allá del alcance de los comentarios. Haga una pregunta en law.stackexchange.com
@Thomas: No digo que uno pueda ser empleado sin visa. Solo digo que hay formas de que te paguen mientras trabajas desde el extranjero. Ciertamente puede trabajar como contratista con la universidad pagando el valor del contrato. Eso no es diferente a que la universidad pague a una empresa extranjera por 100 rollos de papel higiénico. Ni la universidad ni la empresa de papel higiénico tienen que estar constituidas en uno de los dos países para este tipo de intercambio.
@WolfgangBangerth No estoy calificado para decir cómo funcionaría tal arreglo, pero puedo decir con confianza que sería complicado y que el departamento de recursos humanos de la universidad podría no estar dispuesto a hacerlo.
@user3067860 Aquí hay una cita para "es complicado": shrm.org/resourcesandtools/hr-topics/global-hr/pages/…
@Thomas Creo que es complicado con respecto a cosas como el impuesto sobre la nómina, pero no con respecto a la visa . Y su comentario está siendo utilizado por otras respuestas para justificar decir que el OP necesitará una visa para trabajar para una empresa de Y mientras vive en X como ciudadano de X (wtf). Ya revisé ayer y ya hay un par de duplicados en Law (regresaré y los publicaré más tarde, no hay tiempo ahora) pero desafortunadamente no hay respuestas sobre el mejor duplicado. (Algunos duplicados incorrectos con respuestas, como "Me he quedado más tiempo en los EE. UU. durante cinco años, ¿puedo regresar a mi país de origen y seguir trabajando con la misma empresa estadounidense?")

Esto suena como un caso en el que legal y oficialmente , no puede estar trabajando como posdoctorado antes de recibir la visa. Extraoficialmente , nadie te impide trabajar en un tema específico, o con una colaboración no remunerada, suponiendo que quieras hacerlo. Si su objetivo es continuar con la investigación, por ejemplo, para aumentar su historial de publicaciones, la mayoría de los IP estarán dispuestos a ofrecerle consejos para comenzar.

Sin embargo, cualquier trabajo que realice debe ser puramente voluntario por su parte (siempre puede negarse a trabajar hasta que esté oficialmente empleado).

Tenga en cuenta un punto: se requiere una visa para realizar un trabajo (remunerado o no, no es tan relevante) en un lugar determinado del mundo.

Al contrario de lo que la mayoría parece pensar, si está trabajando de forma remota, aún necesita una visa, dependiendo de dónde se encuentre y NO de dónde se encuentre su empleador / cliente.

En otras palabras, puede trabajar de forma remota desde los EE. UU. para una empresa china, siempre que tenga una visa estadounidense. Del mismo modo, puede trabajar desde la India para una empresa de los EE. UU., siempre y cuando tenga una visa india ... ¡vamos chicos (y chicas), todo el negocio de subcontratación se basa en esta piedra angular!

En el negocio de la subcontratación, es una práctica común que una empresa A (por ejemplo, en los EE. UU.) contrate a una empresa B (por ejemplo, en la India) para que haga el trabajo. En este caso, las consideraciones de visa son irrelevantes, porque nadie trabaja de forma remota para una empresa extranjera.
Las consideraciones de la visa @lighthousekeeper no son irrelevantes en absoluto. Para trabajar para la empresa B, debe tener un permiso válido para trabajar desde cualquier parte del mundo. Por lo general, las personas tienen derecho a trabajar en todo su propio país (no siempre aplicable, consulte la antigua Unión Soviética o la China moderna actual).