Impuesto sobre sucesiones de EE. UU. para residentes fiscales españoles

Si un ciudadano estadounidense (pero residente español) recibe una herencia de un ciudadano estadounidense fallecido con activos estadounidenses, ¿cómo se grava en España?

  • Entiendo que en EE. UU. es el patrimonio del difunto el que paga el impuesto: "el impuesto sobre el patrimonio en los Estados Unidos es un impuesto sobre la transferencia del patrimonio de una persona que muere"
  • Sin embargo, en España el heredero paga impuestos (hasta el 34% según tengo entendido).

¿Hay que tributar en los dos lugares o hay algún convenio entre EEUU y España para evitar la doble imposición sobre sucesiones?

Respuestas (1)

El impuesto sobre el patrimonio de EE. UU. (si corresponde) lo paga el patrimonio, no el beneficiario, y lo que obtiene el beneficiario es lo que queda después de que el albacea del patrimonio pague el impuesto sobre el patrimonio. En algunos casos, el albacea puede verse obligado a vender algunos de los activos para pagar el impuesto al patrimonio, y así el beneficiario obtiene lo que queda. Por ejemplo, el testamento del difunto podría haber dejado todas las acciones de Apple que el difunto poseía al OP, pero el albacea podría verse obligado a vender parte de esas acciones porque no hay suficiente efectivo para pagar el impuesto al patrimonio. Independientemente, lo que sea que reciba el beneficiario no es un ingreso sujeto a impuestos en los EE. UU. para el beneficiario. Cómo considera España este tipo de transacciones es algo que no sé. Si existe un tratado fiscal entre los EE. UU. y España, tales tratados fiscales suelen decir que las transacciones en cada país son gravadas solo por ese país, y si hay algún impuesto sobre la renta adeudado en un país sobre la renta en el otro (por ejemplo, EE. UU. grava a sus ciudadanos sobre la renta global), entonces ese país otorgará un crédito fiscal por el impuesto sobre la renta pagado al otro país; Estados Unidos otorga tales créditos fiscales incluso en ausencia de un tratado fiscal. A menos que el difunto (ciudadano de los EE. UU.) también fuera residente en España y su patrimonio se legalizara en España, no creo que se deba pagar el impuesto sobre sucesiones en España, pero no soy un profesional de impuestos...

¡Gracias! Es la parte española de la que no estoy seguro. Hay un tratado fiscal, pero no está claro si cubre la herencia.