Halajá para una biblioteca de préstamo que se ocupa de las estipulaciones de los editores

Dirijo una biblioteca de préstamo de libros gratuita que se financia con donaciones de dinero y de libros. Alguien donó algunos libros a la biblioteca que dicen adentro que no está permitido que las bibliotecas presten estos libros sin el permiso del editor. Llamé al editor de uno de los libros y me dijo que, dado que este libro está descatalogado durante bastantes años, no hay problema, pero todos los libros que publican que todavía están impresos no se pueden prestar.

¿Cuál es la Halajá sobre este concepto? ¿Puede un editor impedir que una biblioteca de préstamo preste libros que ha publicado?

No olvide consultar las leyes locales aplicables aquí
Asker, bienvenido a Mi Yodeya, ¡y muchas gracias por traer esta interesante pregunta aquí! Espero que se tome el tiempo de explorar nuestras pilas y encontrar otro material de lectura de interés, tal vez incluyendo nuestras otras 91 preguntas sobre libros . Espero que cuando decida qué hacer en la práctica, consulte a su rabino o el de su institución, tal vez informado por lo que aprenda aquí . ¡ Edite su cuenta para darse un nombre!

Respuestas (1)

Esto no estaría prohibido por las leyes del país, ya que la Doctrina de la Primera Venta (17 Código de los Estados Unidos, sección 109(a)) agota las leyes de préstamo de derechos de autor en el punto de venta.

Las leyes normales de derechos de autor en la halajá cubren las ganancias de algo, no el uso del objeto en sí (Chasam Sofer Joshen Mishpat 49). Por lo tanto, si no te estás beneficiando, no sería un problema.

Sin embargo, Shoel Umeishiv (1:1:44) tiene una comprensión mucho más amplia de las leyes de derechos de autor, lo que parece ser más un imperativo ético para respetar el trabajo de los demás. No sé si esto incluiría prestar sin reproducir.

El Rama y el Shach tienen una disputa en Joshen Mishpat siman 73 si la ley de la tierra puede anular la halajá al otorgar derechos monetarios. El Rama sostiene que sí puede (su caso es que la halajá dice que una persona no puede vender garantías que no hayan sido redimidas incluso después de un año, y la ley del país dice que puede venderlas después de un año, que puede venderlas como según la ley del país). Muchas autoridades posteriores adoptan este Rama. Por lo tanto, uno podría confiar razonablemente en Rama para que le dé el derecho a prestarlo según la Doctrina de la Primera Venta.

Sin embargo, el Rambán dice que el mandato de "Harás lo justo y lo bueno" nos obliga a hacer "lo correcto", incluso cuando está técnicamente permitido. Respetar los deseos de los demás podría entrar en esta categoría, aunque esta es una pauta mucho más confusa.