¿Están regulados el tamaño y la ubicación del número de registro?

En los aviones modernos, ¿cuál es el tamaño de los números de registro?

Sé que están en la cola, pero ¿también están debajo de un ala?

¿Las regulaciones varían según el país? Si es así, ¿cuál es la regulación estadounidense?

Respuestas (1)

Bajo la jurisdicción de la FAA, estos elementos están regulados por 14 CFR 45 .

El tamaño de las marcas de registro generalmente debe ser de al menos 12 pulgadas de alto:

§45.29

(a) Salvo lo dispuesto en el párrafo (f) de esta sección, cada operador de una aeronave debe exhibir marcas en la aeronave que cumplan con los requisitos de tamaño de esta sección.

(b) Altura. Salvo lo dispuesto en el párrafo (h) de esta parte, las marcas de nacionalidad y registro deben tener la misma altura y en:

(1) Aeronave de ala fija, debe tener al menos 12 pulgadas de alto

Las marcas deben mostrarse en las superficies verticales de la cola o en los lados del fuselaje.

§45.25

(a) El operador de una aeronave de ala fija debe exhibir las marcas requeridas en las superficies verticales de la cola o en los lados del fuselaje, excepto lo dispuesto en §45.29(f).

(b) Las marcas requeridas por el párrafo (a) de esta sección deben mostrarse de la siguiente manera:

(1) Si se muestra en las superficies verticales de la cola, horizontalmente en ambas superficies, horizontalmente en ambas superficies de una sola cola vertical o en las superficies exteriores de una cola multivertical.

(2) Si se muestra en las superficies del fuselaje, horizontalmente en ambos lados del fuselaje entre el borde de salida del ala y el borde de ataque del estabilizador horizontal. Sin embargo, si las vainas del motor u otros accesorios están ubicados en esta área y son parte integral de las superficies laterales del fuselaje, el operador puede colocar las marcas en esas vainas o accesorios.

Hay excepciones a estos requisitos, pero estas excepciones generalmente no se aplicarán a los aviones modernos a los que se hace referencia en su pregunta.

Si bien las reglamentaciones no lo prohíben, creo que sería inusual que el registro se muestre en más de un lugar en un lado determinado de la aeronave, por ejemplo, tanto en la cola como en el fuselaje.

Según los requisitos de la OACI, estos elementos se describen en el Anexo 7 .

El Anexo 7, párrafo 3.3.1 incluye el requisito adicional para las aeronaves más pesadas que el aire de que las marcas de registro deben exhibirse en la superficie inferior de la estructura del ala.

3.3.1 Alas. En aeronaves más pesadas que el aire, las marcas aparecerán una vez en la superficie inferior de la estructura del ala. Estarán situados en la mitad izquierda de la superficie inferior de la estructura del ala, a menos que se extiendan por toda la superficie inferior de la estructura del ala. En la medida de lo posible, las marcas se colocarán a la misma distancia de los bordes delantero y trasero de las alas. La parte superior de las letras y los números debe estar hacia el borde de ataque del ala.

La FAA no tiene tal requisito, pero otras jurisdicciones sí, como la CAA del Reino Unido , que es en realidad idéntica a la guía de la OACI.

Los requisitos de tamaño de la OACI para aeronaves más pesadas que el aire son similares a los requisitos de la FAA, con la obvia excepción de las marcas en las alas. Estos requisitos se encuentran en el Anexo 7, párrafo 4.2:

4.2.1 Alas. La altura de las marcas en las alas de las aeronaves más pesadas que el aire será de al menos 50 centímetros.

4.2.2 Fuselaje (o estructura equivalente) y superficies verticales de cola. La altura de las marcas en el fuselaje (o estructura equivalente) y en las superficies verticales de cola de las aeronaves más pesadas que el aire será de al menos 30 centímetros.

Tenga en cuenta que 30 centímetros equivalen aproximadamente a 12 pulgadas y 50 centímetros equivalen aproximadamente a 20 pulgadas.