¿Es problemático invertir?

¿Hay algún problema relacionado con la inversión en acciones u otros medios propiedad de una empresa judía?

Me refiero al ribit (interés).

Respuestas (2)

El problema con el interés es que está libre de riesgos.

La Guemará aclara que puedo tener una participación en su empresa; si a la empresa le va bien, gano más dinero; si la empresa se quiebra, podría perder mis fondos por completo. Así es como funcionan las acciones: puedes comprar $100 en acciones de KaputCo; eso podría valer $200, eso podría valer $0.

El interés no está totalmente libre de riesgos. El prestatario podría incumplir con el préstamo. Esa es una de las razones principales para tener interés en primer lugar.

Una inversión implica que uno está sujeto tanto a una ganancia como a una pérdida. Véase el sefer del rabino Reisman sobre hilchos ribbis y el inyon de Heter Iskah . La discusión no sería sobre inversión en la empresa, sino bonos y otros instrumentos de préstamo en los que hay interés. En ese caso, la pregunta sería "¿Hay alguna diferencia entre una empresa y un individuo?". Por ejemplo, hay shiurim del rabino Reisman y The Laws Of Ribbis (como ejemplo). Las leyes de Ribbis, rabino Reisman, 22:24-29; 23:1-5.

Business Halajá: The Heter Iska miércoles 30 de marzo de 2011 3:22 a. m.

P: ¿Cómo funciona un “heter iska”?

R: Una explicación completa de la heter iska está más allá del alcance de esta columna; nos bastará con un breve resumen de las cuatro partes esenciales de cualquier heter iska.

  1. Como se mencionó la semana pasada, solo se prohíben los intereses de un préstamo, pero se permiten las ganancias de una inversión. Por lo tanto, el préstamo se redefine como una “empresa de inversión empresarial (conjunta)”. El prestamista se convierte en el “inversor”; el prestatario se convierte en el "socio activo" o "gerente" de la empresa; el principal se convierte en el “capital invertido”, del cual la mitad o la totalidad sigue siendo del financista; y el interés se convierte en el “beneficio anticipado” del financista.

  2. Para proteger el principal, se estipulan condiciones que dificultan que el “administrador” (es decir, el prestatario) afirme que el capital del “inversor” (es decir, el prestamista) se perdió en una empresa comercial fallida. Esto generalmente se hace requiriendo el testimonio completo de testigos halájicamente válidos para reclamar una pérdida.

  3. Para facilitar la devolución anticipada, se estipula que el “administrador” (es decir, el prestatario) no creerá que la “ganancia anticipada” del financista no se realizó a menos que preste un juramento severo. Se le da la alternativa de pagar el monto de la “ganancia anticipada” (es decir, intereses) en lugar de su responsabilidad de prestar este juramento.

  4. Si sólo la mitad del capital sigue siendo del inversionista y la otra mitad es un préstamo, se incluye una disposición para proporcionar un salario nominal, a menudo un dólar, al “socio activo” (es decir, el prestatario) por sus esfuerzos en la gestión de la empresa de inversión. De lo contrario, su servicio gratuito en la gestión de la mitad del financiero sería una forma de interés sobre la mitad que es un préstamo.

Idealmente, este acuerdo debe adjuntarse o incorporarse mediante referencia en el documento de préstamo.

(Para una mayor elaboración, consulte mi artículo, "Los sospechosos de usura" y Las leyes de Ribbis, Rabino Reisman, 22: 24-29; 23: 1-5)

Escrito por el rabino Meir Orlian