¿Es legal en los EE. UU. que un estudiante descargue una copia de un libro de texto para estudiar?

(Esto sale de un hilo de comentarios sobre esta pregunta ).

EE. UU. tiene una disposición legal de uso justo que restringe su ley de derechos de autor:

17 USC § 107

Sin perjuicio de las disposiciones de las secciones 17 USC § 106 y 17 USC § 106A, el uso justo de una obra protegida por derechos de autor, incluido dicho uso mediante la reproducción en copias o fonogramas o por cualquier otro medio especificado en esa sección, con fines tales como críticas, comentarios, los informes de noticias, la enseñanza (incluidas varias copias para uso en el aula), las becas o la investigación no constituyen una infracción de los derechos de autor. Para determinar si el uso que se hace de una obra en un caso particular es un uso justo, los factores a considerar incluirán:

  1. el propósito y el carácter del uso, incluso si dicho uso es de naturaleza comercial o tiene fines educativos sin fines de lucro;
  2. la naturaleza del trabajo protegido por derechos de autor;
  3. la cantidad y sustancialidad de la parte utilizada en relación con el trabajo protegido por derechos de autor en su totalidad;
  4. y el efecto del uso sobre el mercado potencial o el valor del trabajo protegido por derechos de autor.

El hecho de que una obra sea inédita no impedirá por sí mismo un hallazgo de uso legítimo si dicho hallazgo se hace considerando todos los factores anteriores.

Obviamente, puede haber otros estatutos y precedentes legales relevantes, pero aún así,

  1. ¿Es legal, teniendo en cuenta lo anterior, que un estudiante universitario descargue una copia de un libro de texto (por ejemplo, en un curso que está tomando), para estudiar el material del curso?
  2. La misma pregunta, ¿para un estudiante que no está inscrito en una clase para la cual el libro descargado es un libro de texto?
  3. La misma pregunta, ¿para el autoaprendizaje fuera de la Academia?

Notas:

  • "Legal" en dos sentidos: Primero, el sentido de la posibilidad muy pequeña de ser condenado por un acto delictivo u obligado a pagar dinero; en segundo lugar, la sensación de que existe un argumento sólido a favor de la legalidad de este acto que es probable que se sostenga si apela y apela y tal vez llegue a la corte suprema.
  • Supongamos que se ha establecido que el descargador no publicó la copia en otro lugar, no la citó extensamente, etc., etc.
  • No estoy preguntando si es moral o ético descargar libros de texto, solo sobre la legalidad. Creo que es moral y ético, pero esa discusión no es de lo que trata esta pregunta; por favor, no lo empieces.
Este enlace tiene varios ejemplos de escenarios comunes relacionados con los derechos de autor en las universidades y explica cómo evaluar si son de uso justo o no.
Creo que está mal ignorar la ética. En mis días de estudiante universitario, dirigí un comité dentro del gobierno estudiantil de mi gran universidad estatal para reformar la forma en que la librería de nuestro campus abordaba sus compras. Exploramos ideas como aumentar el esfuerzo que hacía nuestra librería en la negociación de precios y la idea de adquirir libros de fuentes alternativas (entre otras ideas, reimportar ediciones internacionales). La pared de ladrillos con la que nos topamos al tratar con lo que considero una relación demasiado amistosa entre los editores y la librería monopolista del campus me ha convencido de que se trata de una cuestión de ética.
La respuesta depende de lo que entiendas por "legal". La ley es el producto complejo de estatutos, reglamentos, precedentes y sentimientos subjetivos de los que deciden el caso. Si algo está técnicamente prohibido por ley, la ley podría ser una nulidad efectiva si nunca se hace cumplir. Creo que ni siquiera se ha impuesto ninguna sanción a un estudiante en el contexto que usted describe, por lo que en ese sentido es "legal". También tenga en cuenta que el "uso justo" es una defensa, lo que significa que debe probarlo si se le imputan cargos.
@user6726: También tenga en cuenta que el "uso justo" es una defensa, lo que significa que debe probarlo si lo acusan. En los EE. UU., este tipo de copia ni siquiera es potencialmente un delito penal. Es un asunto civil. Corre el riesgo de ser demandado, no acusado penalmente.
@TomDworzanski: No estoy ignorando la ética, simplemente no estoy teniendo ese argumento en este sitio. Ver mi edición. En cuanto a la librería del campus, su problema es el organismo universitario que les permite operar como lo hacen... Intentaría que el sindicato de estudiantes y el sindicato (s) del personal académico tomaran medidas colectivas para cambiar esta situación.
El primer sentido de 'legal' no es en absoluto un sentido del término 'legal' como se usa en el inglés estándar. Que las posibilidades de que Jones sea atrapado por matar a Davies de una manera particularmente oscura se están desvaneciendo poco no hace que Jones lo haga "legal" en ningún sentido del término. Como Alice le señala a Humpty Dumpty, la pregunta es si puedes hacer que una palabra signifique tantas cosas...
Tal como lo entiendo, el 'uso justo' rige el uso de material protegido por derechos de autor. No se trata de la adquisición de ese material . Si compro un libro electrónico, podría o no defender como 'uso justo' compartir parte o la totalidad del libro con usted para un propósito determinado. Según tengo entendido, no puedo usarlo para defender mi adquisición del libro electrónico si ese es el problema que me lleva a los tribunales.
@einpoklum Lo siento, no quise dirigir mis comentarios hacia ti, solo estaba haciendo un comentario más general. Entiendo y respeto el propósito de su pregunta.
Al hacer preguntas sobre lo que es "legal", apelar al uso común es lo último en lo que debe confiar. 'Sería una concepción estrecha de la jurisprudencia limitar la noción de 'leyes' a lo que se encuentra escrito en los libros de estatutos, y hacer caso omiso de la glosa que la vida ha escrito sobre ello' (310 US 362). Es fundamentalmente desconocido si dicha descarga está prohibida por la totalidad de la ley, aunque leer solo la parte estatutaria diría que sí lo está.
Solo por curiosidad, dejando de lado los estipendios mal llamados que solicita que son comúnmente llamados "becas" (porque el estipendio no es muy motivador para los estudiantes de secundaria), ¿considera que toda la educación es una beca? Sospecho que la erudición a la que se refieren no es solo para cualquier propósito educativo, sino más bien para el avance de un campo, es decir, la investigación.
@cfr Si la adquisición del contenido implica reproducirlo (como lo hace necesariamente la descarga de material a su computadora), entonces puede regirse por el uso legítimo. En realidad, está explícito en la ley de derechos de autor : "... el uso justo de una obra protegida por derechos de autor, incluido dicho uso por reproducción..." La analogía más cercana es hacer fotocopias de un libro de la biblioteca para usted mismo, también un medio de "adquirir" contenido que implica reproducción; eso también puede ser defendible bajo el uso justo en algunas circunstancias.
¿Quizás esta sería una pregunta adecuada para Law Stack Exchange ? Hasta donde yo sé, no muchos de los que estamos aquí estudiamos derecho, y esto ciertamente parece una cuestión legal más que académica.
@chipbuster: No me di cuenta de que había una Ley SX... podría haber sido una pregunta válida allí, pero creo que también es válida aquí: la academia involucra tanto la ley como la sociología, la antropología, la economía, la filosofía, la historia...
@ ff524 Los casos no son análogos. En el caso del libro de la biblioteca, se parte de un ejemplar adquirido legalmente: la biblioteca compra un ejemplar del libro (ebook, libro en papel, lo que sea). Luego te presta esa copia, que también es legal. Pero la biblioteca no se basa en la defensa del 'uso justo'.
@cfr el problema (la infracción de derechos de autor que podría defenderse con un uso justo) es la copia que realiza , la fuente de la que está copiando no es estrictamente relevante para esta infracción directa de derechos de autor. (De hecho, la biblioteca de mi universidad solía tener letreros colocados cerca de las fotocopiadoras que informaban a los estudiantes que fotocopiar demasiado de un libro es potencialmente una infracción de derechos de autor).
@ ff524 Ese es exactamente mi punto. ¿La ley estadounidense no hace esa distinción?
@cfr No tengo conocimiento de ninguna jurisdicción donde una copia no autorizada de una copia autorizada sea tratada de manera diferente en la ley de una copia no autorizada de una copia no autorizada. ¿Eres? (¿Tienes un ejemplo específico?)
@ ff524 Pero seguramente la pregunta es si la descarga sería una copia autorizada de una copia no autorizada.
@cfr No. Esta pregunta se trata de si hacer una copia no autorizada (que generalmente es una infracción de derechos de autor) se puede excusar con una defensa de uso justo. Siempre que no tenga el permiso del titular de los derechos para hacer una copia, es una copia no autorizada, ya sea que haga una fotocopia de un libro de la biblioteca, o lo descargue de un sitio web, o vaya a una librería y tome fotos de cada una sola página con su teléfono cuando nadie está mirando...
@ ff524 Está bien. Sí. Me parece bien. Me equivoqué. La pregunta es si la copia no autorizada de una copia no autorizada podría defenderse como uso legítimo, dado que este último no podría serlo. Al menos, así lo entendí yo.
El propósito de la doctrina del uso justo, especialmente con respecto a la academia, es permitir que los trabajos publicados sean revisados ​​y discutidos, mientras se protegen los derechos de los titulares de derechos de autor para cobrar por el uso completo y/o efectivo. En otras palabras, un titular de derechos de autor no puede utilizar sus derechos de autor para evitar la revisión y crítica pública y/o académica de su trabajo (es decir, los críticos/revisores pueden citar pasajes para respaldar sus puntos). Al mismo tiempo, los lectores no pueden usar la doctrina para eludir el pago de sus copias cuando en realidad están leyendo todo (o una parte sustancial).
@RBarryYoung: Ese es uno/algunos de los propósitos: investigación, comentario, crítica. También hay becas, mencionadas por separado.
@einpoklum Creo que la beca se refiere a referencias y citas académicas (una forma de revisión), y no pretende significar "autoeducación leyendo la mayor parte del trabajo sin pagar por ello". Tenga en cuenta que la erudición y la educación no son necesariamente lo mismo.
@RBarryYoung: 1. La beca es más o menos autoeducación al estudiar algo. Estudiar el texto de un libro me parece una beca, aunque no soy un hablante nativo de inglés, por lo que puede que tengas razón. Aún así, la investigación se menciona por separado. 2. De hecho, erudición y educación no son lo mismo: la educación es algo que (típicamente) aplicas a otras personas.
Si su razonamiento es correcto, también se aplicaría a otro material protegido por derechos de autor que no sea un libro de texto, si se usa para estudiar. Considere un estudiante de cinematografía. Se le debería permitir descargar y ver libremente todas las películas ya que cuando está mirando entonces está estudiando... ¿Qué crees que pasaría en este otro caso si alguna compañía de Hollywood te demandara?
@Bakuriu: Tienes razón, pero ¿cuántas personas son estudiantes de cinematografía? Ahora, cualquiera podría afirmar que estaba descargando una copia de un trabajo para el autoaprendizaje, pero es por eso que separé los 3 casos en mi pregunta. Si tuviera que preguntar sobre una película y estudiantes de cine, me parece que un estudiante que toma una clase sobre Truffaut podría presentar un argumento de uso justo sobre la descarga de una copia de Jules y Jim.
Para el punto 2 de Uso justo, la página de derechos de autor de cualquier libro de texto dirá "Todos los derechos reservados" o tendrá algo así como "Todos los derechos reservados". utilizado en cualquier formato, en cualquier forma o por cualquier medio, ya sea gráfico, electrónico o mecánico, incluidas fotocopias, grabaciones, grabaciones o sistemas de recuperación y almacenamiento de información, sin el permiso del editor". Entonces, en ese sentido, la naturaleza de los derechos de autor es que el titular de los derechos de autor, a menos que se le otorgue expresamente lo contrario, espera que se pague por cada copia.
La doctrina del uso justo surge más del deseo de proteger los derechos de la Primera Enmienda Constitucional de los EE. UU. sin el riesgo de supresión de las críticas por la amenaza de una demanda judicial. La intención nunca ha sido permitir un uso no autorizado por el titular de los derechos de autor. El uso legítimo también se puede aplicar a la libertad de expresión en la producción de obras derivadas, por lo que, aunque la sopa Campbell tiene los derechos de autor de sus etiquetas, la obra de Andy Warhol fue lo suficientemente diferente del original como para considerarse utilizada de forma justa.
Los editores a menudo eligen proporcionar a los profesores copias gratuitas para los instructores como un incentivo para que evalúen y adopten el libro para su curso, lo cual, como titular de los derechos de autor, es su elección, pero no tienen intención de permitir que el profesor luego copie ese libro. reservar y distribuir a su clase. Incluso si el profesor comprara un PDF del libro, no tendría la licencia para publicar ese PDF en el sitio de recursos del curso para que lo usen los estudiantes. Se espera que el libro sea comprado, al menos por una generación de estudiantes.

Respuestas (3)

Respuesta corta : No.

Respuesta larga: es complicado.

La proporción del trabajo copiado en realidad puede ser la totalidad del trabajo (es decir, el 100 %), si las otras partes de la prueba de uso justo brindan una justificación lo suficientemente sólida:

El alcance de la copia permitida varía según el propósito y el carácter del uso. Tomar más del trabajo protegido por derechos de autor de lo necesario para lograr el propósito saludable del usuario justo pesará en contra del uso justo. En algunos casos, el hecho de que se necesitara todo el trabajo (por ejemplo, una imagen) para lograr el propósito de uso justo ha llevado al tribunal a sostener que el tercer factor era neutral y no favorecía ni al titular de los derechos de autor ni al usuario justo putativo .

Derechos de autor y uso justo: una guía para la comunidad de Harvard , Oficina del Asesor Jurídico de la Universidad de Harvard, última actualización el 23 de noviembre de 2009

Desafortunadamente, los tribunales no han visto consistentemente el uso educativo como 'uso justo' per se :

A primera vista, el texto del estatuto parece favorecer los usos educativos de las obras como usos legítimos. En primer lugar, enumera una variedad de propósitos educativos, como la crítica, el comentario, la enseñanza, la erudición y la investigación como usos legítimos prototípicos. Luego identifica el uso del contenido para “fines educativos sin fines de lucro” como una consideración explícita en el primero de los cuatro factores enumerados para su consideración en un análisis de uso legítimo.

En la práctica, sin embargo, los tribunales no han encontrado consistentemente que los usos educativos califiquen como usos legítimos . Debido a que la doctrina se aplica caso por caso y se resiste a reducirse a una regla per se, brinda una seguridad limitada a los académicos y maestros que buscan una guía clara. ... incluso los académicos bien informados en precedentes pueden tener dificultades para encontrar análisis consistentes, en diferentes tribunales federales, de copia educativa y otros usos académicos.

Documento de antecedentes legales de aprendizaje digital: Uso justo y usos educativos del contenido , Ashley Aull para el Centro Berkman para Internet y la Sociedad en la Facultad de Derecho de Harvard

Por lo tanto, debe observar cómo se relacionan las otras tres partes de la prueba en el caso particular en cuestión.

Desafortunadamente, con respecto al primer factor:

Al determinar si un uso es “comercial”, los tribunales generalmente encuentran que la “distinción no es si el único motivo del uso es la ganancia monetaria, sino si el usuario se beneficia de la explotación del material protegido por derechos de autor sin pagar el precio habitual ”. Así, a pesar de que el texto legal contrasta los fines comerciales con los educativos sin fines de lucro, los tribunales pueden excluir a las escuelas y universidades de la protección de la doctrina del uso justo si se “benefician” de tales usos.

Harper & Row Publishers, Inc. v. Nation Enterprises, 471 US 539 (1984) citado en Aull

Y con respecto al cuarto factor:

el Tribunal ha sostenido que “una impugnación [de un uso]... requiere prueba de que el uso particular es perjudicial o que, si se generalizara, afectaría negativamente el mercado potencial de la obra protegida por derechos de autor”.

Sony Corp. of America v. Universal City Studios Inc., 464 US 417 (1984) citado en Aull .

Por lo tanto, debemos tener en cuenta un par de hechos que pertenecen a nuestra situación hipotética:

  • el estudiante se beneficia de su uso del material,

  • si todos los estudiantes copiaran el material sin pagar por él, se destruiría el mercado del material, lo que perjudicaría el sistema de incentivos para la producción de nuevas obras,

y me parece que esos hechos implican que copiar (o descargar una copia de) un libro de texto completo, donde la alternativa es pagar para comprar el libro de texto, por lo general no sería un ' uso justo' bajo la ley estadounidense.

Pero las excepciones a esto son posibles. Si todo el trabajo fuera vital para la erudición pero no estuviera disponible comercialmente, entonces se podría hacer un argumento bastante fuerte para copiar el 100% como uso justo. Para ver la imagen completa, lea Aull .


Actualización en respuesta a los comentarios:

@einpoklum, gracias por sus comentarios perspicaces. Pensé que merecían una discusión adecuada, así que las respondo aquí, donde tengo más espacio para abordarlas.

Parece que la situación complicada es más en el caso de las instituciones educativas que utilizan cpies completos.

Tiene razón en que la jurisprudencia (al menos hasta donde yo sé) que trata específicamente sobre libros de texto se refiere a organizaciones (como empresas e instituciones educativas) en lugar de individuos.

Es probable que se deba a que no vale la pena demandar a una persona por una pérdida muy pequeña. Si el libro de texto solo cuesta $20, o incluso si cuesta $100, la editorial perdería dinero al demandar al estudiante, porque los costos no recuperables del caso (como el tiempo del personal de la editorial) costarían más que eso. Esta es la razón por la cual las demandas en los casos de intercambio de archivos P2P tienden a presentarse contra el cargador en lugar del descargador.

Pero, ¿ha habido alguna vez una condena o un fallo en una demanda civil contra un estudiante que descargó una copia de un libro de texto?

No que yo supiese. La cantidad muy pequeña de daños que podrían recuperarse significaría que esta sería una demanda que generaría pérdidas incluso si se ganara, aunque podría tener un cierto efecto disuasorio.

"¿Puedo salirme con la mía sin ser demandado?" (a lo que la respuesta es casi seguro ' ') es, por supuesto, una pregunta diferente de "¿Es legal?".

Además, cualquier copiador de cualquier trabajo se beneficiará de alguna manera, de lo contrario no haría la copia; parece que estás interpretando esa oración demasiado ampliamente.

¡Ciertamente es una interpretación muy amplia! Lamentablemente, esta es la interpretación que parecen darle los tribunales estadounidenses.

Aull también señala este punto:

por supuesto, uno podría esforzarse por encontrar una situación en la que los educadores usarían el contenido sin beneficiarse de alguna manera.

Aull , nota al pie 10, página 5.

Las Directrices para la copia en el aula han recibido la mayor atención académica y judicial. Si bien se reconoce que algunas fotocopias de material protegido por derechos de autor para su distribución en el aula es un uso legítimo, las Directrices exigen que dichas copias, además de tener un aviso de derechos de autor claro en cada copia, estén dentro de tres límites específicamente descritos: "brevedad", "espontaneidad" y " efecto acumulativo." La Asociación Estadounidense de Profesores Universitarios y la Asociación de Escuelas de Derecho Estadounidenses se opusieron enérgicamente a estas Directrices, destacando que “ restringen la doctrina del uso justo de manera tan sustancial que la hacen casi inútil para la enseñanza en el aula..” Mientras tanto, en una serie de demandas estratégicas presentadas poco después de la aprobación de la Ley de 1976, los intereses editoriales lograron persuadir a algunos tribunales para que consideraran esas Directrices como un indicador autorizado del uso legítimo.

Aul , p.7

Además, su afirmación sobre la destrucción del mercado simplemente no es válida: al igual que con la industria de la música, la gente sigue comprando música, entradas para conciertos, etc. a pesar de haber descargado copias de Internet.

Esta es una opinión con la que tengo mucha simpatía. Lamentablemente, no se puede decir lo mismo de los tribunales estadounidenses.

Un ejemplo del caso Napster:

  1. Efecto del uso en el mercado...

[31] Al abordar este factor, el tribunal de distrito concluyó que Napster daña el mercado “al menos” de dos maneras: reduce las ventas de CD de audio entre los estudiantes universitarios y “pone barreras a la entrada de los demandantes en el mercado de la descarga digital de música”. Napster, 114 F. Supl. 2d en 913. El tribunal de distrito se basó en las pruebas presentadas por los demandantes para demostrar que el uso de Napster daña el mercado de sus composiciones musicales y grabaciones de sonido protegidas por derechos de autor. En un memorando y una orden por separado con respecto a las objeciones de las partes a los informes de expertos, el tribunal de distrito examinó cada informe y encontró algunos más apropiados y probatorios que otros. A&M Records, Inc. v. Napster, Inc., números 99-5183 y 00-0074, 2000 WL 1170106 (ND Cal. 10 de agosto de 2000). En particular, la experta de los demandantes, la Dra. E. Deborah Jay, llevó a cabo una encuesta (el "Informe Jay") utilizando una muestra aleatoria de estudiantes universitarios y universitarios para rastrear sus razones para usar Napster y el impacto que Napster tuvo en sus compras de música. Identificación. a las 2. El tribunal reconoció que el Informe Jay se centró en un solo segmento de la población de usuarios de Napster y encontró "evidencia de pérdida de ventas atribuible al uso de la universidad como prueba de daño irreparable a los efectos de la moción de medida cautelar preliminar ”. Identificación. a las 3.

[32] Los demandantes también ofrecieron un estudio realizado por Michael Fine, Director Ejecutivo de Soundscan, (el "Informe de Fine") para determinar el efecto del intercambio en línea de archivos MP3 para mostrar un daño irreparable. Fine descubrió que compartir archivos en línea había resultado en una pérdida de ventas de "álbumes" en los mercados universitarios. Después de revisar las objeciones del demandado al Informe de multas y expresar algunas preocupaciones con respecto a la metodología y los hallazgos, el tribunal de distrito se negó a excluir el Informe de multas en la medida en que los demandantes lo ofrecieron para demostrar un daño irreparable. Identificación. a las 6.

[33] El experto de los demandantes, el Dr. David J. Teece, estudió varias cuestiones ("Informe Teece"), incluido si los demandantes habían sufrido o era probable que sufrieran daños en sus negocios existentes y planificados debido al uso de Napster. Identificación. Napster objetó que el informe no se había sometido a una revisión por pares. El tribunal de distrito señaló que dichos informes generalmente no están sujetos a tal escrutinio y anuló las objeciones del demandado. Identificación.

...

[36] Por lo tanto, concluimos que el tribunal de distrito hizo conclusiones sólidas relacionadas con el efecto nocivo de Napster en el mercado de descargas digitales presente y futuro.. Además, la falta de daño a un mercado establecido no puede privar al titular de los derechos de autor del derecho a desarrollar mercados alternativos para las obras. Véase LA Times v. Free Republic, 54 USPQ2d 1453, 1469-71 (CD Cal. 2000) (que indica que el mercado en línea de los artículos de los periódicos de los demandantes se vio perjudicado porque los demandantes demostraron que “[los demandados] están intentando explotar el mercado para ver sus artículos en línea”); véase también UMG Recordings, 92 F. Supp. 2d en 352 (“Cualquier impacto supuestamente positivo de las actividades del demandado en el mercado anterior de los demandantes de ninguna manera libera al demandado de usurpar un mercado adicional que se derive directamente de la reproducción de las obras protegidas por derechos de autor de los demandantes”). Aquí, similar a LA Times y UMG Recordings, el expediente respalda la conclusión del tribunal de distrito de que "los demandantes de la compañía discográfica ya han gastado fondos y esfuerzos considerables para comenzar las ventas por Internet y la concesión de licencias para descargas digitales". 114 F. Supl. 2d en 915.Tener descargas digitales disponibles de forma gratuita en el sistema Napster perjudica necesariamente los intentos de los titulares de los derechos de autor de cobrar por las mismas descargas .

[37] La ​​jueza Patel no abusó de su discreción al llegar a las conclusiones de uso justo anteriores, ni las determinaciones de hecho con respecto a las consideraciones de uso justo fueron claramente erróneas.

A&M RECORDS, Inc. contra NAPSTER, INC., 239 F.3d 1004 (9th Cir. 2001)

Escucho opiniones especulativas sobre la posible interpretación de la ley.

Sí, eso es completamente correcto. En ausencia de un caso existente que replique exactamente la situación hipotética que estás proponiendo, eso es todo lo que cualquiera puede darte. Si desea una opinión especulativa probablemente más precisa, consulte a un abogado, pero seguirá siendo solo su opinión.

Sin embargo, eso no significa que la ley no se aplique hasta que haya un caso que cubra exactamente estas circunstancias.

Mientras tanto, parece que nadie ha sido demandado ni juzgado penalmente por hacer esto, y es una práctica generalizada. Entonces...

Así que probablemente no serías demandado. Eso es correcto, pero no significa que la práctica sea necesariamente legal.

Algunas notas:

  • También debe tener en cuenta que muchas universidades estadounidenses tienen sus propias reglas que son más restrictivas que la ley de derechos de autor:

más del 80 por ciento de las universidades estadounidenses ahora se adhieren a las políticas internas derivadas de las Directrices del aula que los grupos de cabildeo universitario han rechazado. Algunos imponen pautas aún más estrictas, que casi prohíben confiar en el uso justo. Al menos un comentarista ha predicho que, en este entorno, " las tendencias actuales... eventualmente eliminarán el uso justo para escuelas, colegios y universidades ".

Aul , p.8

Parece que la situación complicada es más en el caso de las instituciones educativas que utilizan cpies completos. Pero, ¿ha habido alguna vez una condena o un fallo en una demanda civil contra un estudiante que descargó una copia de un libro de texto?
Además, cualquier copiador de cualquier trabajo se beneficiará de alguna manera, de lo contrario no haría la copia; parece que estás interpretando esa oración demasiado ampliamente. Además, su afirmación sobre la destrucción del mercado simplemente no es válida: al igual que con la industria de la música, la gente sigue comprando música, entradas para conciertos, etc. a pesar de haber descargado copias de Internet.
Finalmente, según su respuesta larga, diría que la respuesta corta es: "sí".
@einpoklum Me parece que tenía una respuesta en mente cuando hizo la pregunta.
@MattSamuel: 1. Vea mi primera nota en la pregunta, y 2. Sí, lo hice: al leer la descripción de uso justo, para mí estaba bastante claro que la respuesta era "sí". Estaba un poco sorprendido de que alguien dijera lo contrario.
El punto de @einpoklum AE sobre la destrucción del mercado es perfectamente válido. Si todos descargaran música ilegalmente, el mercado sería destruido. La copia de libros de texto a gran escala obviamente significaría una pérdida de ganancias para los editores, ya que esas personas ya no (se verían obligadas a) comprar el texto. No estoy seguro de por qué todavía te niegas a aceptar que la respuesta, en general, es un rotundo no. Dura lex sed lex .
@Lilienthal: Umm, lamento decirte esto, pero básicamente todo el mundo está descargando música. De todos modos, estaba hablando de un individuo; y un individuo no puede ser juzgado en lugar de "todos" y en base a lo que "todos" podrían hacer. No encuentro esa dura lex, ley dura, de la que hablas. Escucho opiniones especulativas sobre la posible interpretación de la ley. Mientras tanto, parece que nadie ha sido demandado ni juzgado penalmente por hacer esto, y es una práctica generalizada. Entonces...
@einpoklum Dado que la industria de la música generó un ingreso global de 15 mil millones de dólares en 2013 , supongo que no todos descargan música. Y si se molestara en leer la respuesta de AE, vería que su segundo punto es igualmente inválido: "si se generalizara, afectaría negativamente al mercado potencial". En otras palabras, el tribunal dictaminó que incluso si el comportamiento de un individuo no fuera muy problemático, el cambio que su comportamiento propagaría sí lo es .
@Lilienthal: Estás asumiendo que las personas que compran música no la descargan, y eso no es cierto. Además, sobre el fallo de la corte, tengamos un enlace a eso. Pero no una sentencia sobre la publicación de copias o su venta , sino sobre su descarga .
@einpoklum En lugar de pervertir los argumentos presentados aquí, considere leerlos. En este punto, le recomendaré que contrate a un abogado o contrate a un hombre que sí, porque dudo que obtenga lo que desea en este sitio.
@einpoklum, he agregado a mi respuesta en respuesta a sus comentarios.
Dado que cita tanta jurisprudencia: el caso en curso que involucra al estado de Georgia es muy relevante aquí. Específicamente con respecto a (4), la decisión allí fue que los extractos compartidos por los instructores se consideraron de uso justo en parte porque "no sustituyen a los libros completos". También con respecto a (3) el tribunal inferior sugirió lineamientos cuantitativos muy específicos; aunque el uso de reglas cuantitativas específicas fue anulado en apelación.
@ ff524 ¡Muy interesante!
El 'uso justo' se entendía de una manera que lo hacía prácticamente inútil para fines educativos incluso hace 10 años. Los lectores del curso en los EE. UU. suelen ser combinaciones de materiales de varias fuentes, por ejemplo, un poema de un libro, un artículo de una revista, un artículo de una colección. Cada artículo en un lector de este tipo generalmente debe tener una autorización de derechos de autor y los editores cobran un cargo por esto. También cobran por algunos artículos colocados en reserva electrónica en las bibliotecas. (Y todo esto es cierto incluso si la biblioteca posee copias del material). Solo si puede afirmar que el uso del material fue imprevisible...
... normalmente puede salirse con la suya distribuyendo copias de forma gratuita. Tenga en cuenta que me doy cuenta de que la pregunta es sobre el uso individual, pero se supone que la defensa de 'uso justo' también está disponible allí. (Al menos para las instituciones educativas sin fines de lucro). Estas políticas son, por supuesto, de naturaleza defensiva. Desgraciadamente, están moldeados por las interpretaciones de la cláusula de 'uso justo' en los tribunales estadounidenses, que han tendido, aunque no sin excepciones, a interpretar lo que es defendible de manera bastante restrictiva. Esto es desafortunado desde el punto de vista moral, social y educativo, pero establece el contexto legal de los EE. UU.
@ff524: Solo quería enfatizar que su referencia del estado de Georgia se refiere al acto de distribución a otros (en el marco de un programa educativo que pagan los estudiantes o el gobierno). En ese contexto, obviamente estoy de acuerdo en que existe una ilegalidad bien establecida de distribuir copias de libros. El contexto de mi pregunta es diferente.
@einpoklum Los puntos relevantes del caso del estado de Georgia aquí no son 1, la naturaleza del uso (por ejemplo, distribución versus uso personal), o 2. Las partes que mencioné son 4 y 3, que se relacionan con la idea de usar un trabajo protegido por derechos de autor en su totalidad (frente a una pequeña parte). (Parece decidido a descartar por completo cualquier jurisprudencia relevante que no sea exactamente el escenario que tiene en mente, pero no es así como funciona la jurisprudencia. Los tribunales usan partes relevantes de precedentes relacionados pero no idénticos para guiar sus decisiones en nuevos contextos que aún no han sido decididos en los tribunales.)
@ff524: Pero, nuevamente, se consideró inapropiado distribuir un trabajo completo. Al leer el texto, me parece que estaba destinado a tener un alcance limitado. Y, sí, mi pregunta era algo específica...
"Es probable que se deba a que no vale la pena demandar a una persona por una pérdida muy pequeña. Si el libro de texto solo cuesta $20, o incluso si cuesta $100, el editor perdería dinero al demandar al estudiante, porque los costos no recuperables de la caso (como el tiempo del personal de la editorial) costaría más que eso". A medida que los editores registran sus obras en la Oficina de derechos de autor de EE. UU., "Las obras registradas pueden ser elegibles para daños legales y honorarios de abogados en un litigio exitoso". Eso significa que un tribunal podría decidir obligar a un infractor individual a pagar los gastos del editor...
... y aunque no es probable, y los tribunales pueden desaprobar que su expediente se llene con un editor que presente demandas individuales contra miles de infractores, usted asume ese riesgo si descarga un trabajo protegido por derechos de autor sin licencia para hacerlo. Apoyo totalmente el libre acceso a la información, pero depende del creador de la obra decidir que ese contenido esté disponible gratuitamente a través de licencias Creative Commons.
Donde realmente tengo un problema es cuando el trabajo ha sido financiado por subvenciones públicas, como subvenciones de la NSF o NIH, y el trabajo termina siendo publicado en revistas que tienen límites de pago. El conocimiento generado por esos investigadores fue financiado por los contribuyentes y debe estar disponible para el público que pagó por él, y no ser una fuente de ganancias para las revistas que embargan el acceso a los datos y cobran cantidades exorbitantes para acceder a lo que debería ser. El conocimiento del Pueblo. No veo un libro de texto que se generó con el propósito de obtener ganancias de la misma manera.
@AMR, de acuerdo. Re costos, por lo general hay algunos que no se pueden recuperar de la parte perdedora. Por ejemplo, puedo reclamar los honorarios de mi abogado, pero probablemente no por mi propio tiempo utilizado para consultar al abogado y tratar el caso; es por eso que dije "costos no recuperables".

En general, no se considera uso justo descargar la totalidad de un libro de texto, independientemente de si eres estudiante o estás inscrito en una clase que utiliza el libro de texto. Normalmente se considera que el uso justo se extiende a la realización de copias de pequeños extractos de obras más grandes. Por ejemplo, puede copiar una figura particularmente relevante de un libro, o una cita de un libro de texto o un lector para usar en una discusión en clase.

Estaba preguntando sobre el caso específico de la beca, y creo que está dando una respuesta demasiado general, o se está refiriendo al uso en la enseñanza, que es algo que se hace por pago/matrícula.
Mi punto es que el uso legítimo nunca se extiende a la descarga de un libro de texto completo cuando no tiene los derechos formales para hacerlo. No hay excepción para propósitos de becas.
@einpoklum véase el punto n.º 3: "la cantidad y la importancia de la parte utilizada en relación con la obra protegida por derechos de autor en su conjunto"
@einpoklum El tercer factor "la cantidad y la sustancialidad de la parte utilizada en relación con el trabajo protegido por derechos de autor en su conjunto" es el factor principal aquí. Independientemente de los otros 3 puntos, es bastante obvio que descargar un libro de texto completo no es un uso justo. Y el cuarto factor "el efecto del uso sobre el mercado potencial o el valor del trabajo protegido por derechos de autor" también es claramente un problema en este uso. Si todos los estudiantes pudieran descargar el libro sin pagar por él, afectaría seriamente el valor del trabajo.
@MJeffryes Al mismo tiempo, no he visto ningún libro que se pueda descargar capítulo por capítulo o similar, ¿qué son unos pocos kb cuando solo se usará el 1%?
@ user2813274 Incluso si fuera un uso justo obtener un solo capítulo de libro, su falta de disponibilidad en línea no hace que descargar todo sea un uso justo. Es posible que si te demandaron por infracción y argumentaste que solo usaste un capítulo, la sentencia sería a tu favor. No hay forma de saberlo.
@einpoklum No creo que el que responde haya entendido mal o generalizado. Es un poco de ilusión de tu parte. La cláusula del erudito es obviamente para que pueda tomar extractos de un texto completo que tiene legítimamente y no para obtener el texto completo en primer lugar.
@usuario2813274. Creo que usted tendría la responsabilidad de probar que solo usó el 1% del trabajo si de hecho descargó el libro completo. Es posible que pueda salirse con la suya, pero lo más probable es que no lo haga.
"Por ejemplo, podrías copiar [X de Y]" -- ... que obtuviste legalmente , ¿verdad?
@MJeffryes: Lo contrario está claro. Como estudiante, como erudito, obviamente necesitarías leer el libro completo. La consideración de "cantidad" parece que consideraría, por ejemplo, una cita en alguna parte.
Entonces, @aeismail, ¿alguna vez ha habido una condena o un fallo en una demanda, de acuerdo con su punto?
@JamesRyan: ¿Cómo es eso tan obvio? ¿Han fallado los tribunales específicamente de acuerdo con esa interpretación?
@einpoklum: Me imagino que ha habido, pero las demandas por infracción de derechos de autor normalmente no aparecen en las noticias. Sin embargo, debería ver esta página de las Bibliotecas de Stanford que analiza el uso justo con mayor detalle. (Tenga en cuenta que la infracción de derechos de autor es normalmente un asunto civil, no penal).
@einpoklum No puedo encontrar ninguna condena por piratear libros de texto. Sin embargo, sospecho que esto no se debe a que los tribunales lo hayan declarado legal, sino a que nadie ha intentado procesar a los descargadores individuales todavía. La RIAA abandonó la estrategia de demandar a los infractores individuales en 2008 , y los casos de derechos de autor sobre libros electrónicos recién comenzaron a calentarse . Entre estos dos factores, no creo que haya un precedente para el uso justo de libros pirateados.
Los países individuales de @einpoklum a menudo dan consejos sobre cómo interpretar estas leyes y sí, hay casos civiles presentados todo el tiempo contra el uso indebido de personas y organizaciones. Estás cuestionando ingenuamente algo que está establecido y ampliamente aceptado, no has encontrado una escapatoria furtiva.
@JamesRyan: No es ingenuidad, es un trasfondo cultural (y legal) diferente; en Israel es completamente legal. Parece increíblemente extraño que algo como esto sea ilegal. Sin embargo, como sugiere Chipbuster, parece que esto no está realmente establecido (= ningún fallo judicial) ni aceptado (= cientos de millones de personas descargan todo tipo de medios todo el tiempo, específicamente en los EE. UU., incluidos probablemente libros de texto académicos) ... y por eso pregunté.
@aeismail: La página a la que se vinculó afirma que el uso justo se limita a críticas y comentarios. Por lo tanto, en realidad no aborda en absoluto el tema del uso de becas... ¡oh, espera, es peor! La guía afirma que "un uso justo es cualquier copia de material protegido por derechos de autor realizada con un propósito limitado y "transformador"", pero la erudición no tiene ningún aspecto transformador inherente. Entonces, yo diría que ese texto tergiversa la ley a este respecto.
@einpoklum en los EE. UU. ESTÁ bien establecido, ha habido muchos fallos. Muchas personas que descargan medios ilegalmente no lo hacen legal, no lo hacen bajo ningún tipo de exención de uso justo, hay demasiados para prácticamente perseguirlos. Es un área con la que la ley está teniendo problemas para tratar y es posible que deba cambiar, pero en la actualidad lo que la ley ES es muy claro.
@einpoklum también esto NO es legal en Isreal. Como parte de la convención de Berna, los derechos de autor también se aplican allí. De hecho, el sistema de derechos de autor de Isreal se basa en el de EE. UU. y su definición de uso justo es muy similar.
@JamesRyan: Es legal en Israel; ¿Podría indicar dónde/cómo prohíbe la convención de Berna lo que he descrito en la pregunta?
@einpoklum Israel cambió su ley de derechos de autor en 2007 del estilo británico al estadounidense y las implicaciones de esto se analizan ampliamente. Entonces, mientras dice que es legal, me temo que la realidad es que simplemente ignora la ley.
@JamesRyan: La nueva ley mantuvo en vigor el artículo de uso personal de la ordenanza de derechos de autor de 1924 (artículo 3-gimel). Su insistencia en tergiversar la ley israelí me hace dudar aún más de sus afirmaciones sobre lo que está "bien establecido" en la ley estadounidense.
@einpoklum ese no es el caso en absoluto. El uso justo se limitó al estudio, lo que no significa que exime a todos los estudios (por ejemplo, algunos autos son verdes no implica que todos los autos sean verdes) tglaw.co.il/en/content.php?id=27
@JamesRyan: Usted puede ignorar la ley todo lo que quiera, está escrito, en negro sobre blanco: "No será una violación de los derechos de los creadores y realiza la impresión o la copia de una creación en una cinta para uso privado y doméstico sin propósitos comerciales." La fuente a la que se vinculó es una columna de opinión legal de un bufete de abogados que necesita atraer clientes extranjeros, para representarlos al tratar de demandar por infracción de derechos de autor. Por lo tanto, mis dudas con respecto a sus afirmaciones sobre la ley de los EE. UU. se profundizan nuevamente.
@einpoklum nuevamente TÚ estás malinterpretando. Esa cláusula es para que las personas hagan copias de seguridad de los medios que ya tienen en su poder. NO permite que otras personas se los distribuyan libremente.
@einpoklum si tiene mucha confusión acerca de sus propias leyes, le resultará difícil comprender las leyes de otras regiones. ¿Tiene un asesor legal en su instituto con el que podría discutir este tema, tal vez pueda aclarar algunos de sus conceptos erróneos?
@JamesRyan: Esa cláusula es muy clara y su interpretación no tiene fundamento, sin mencionar el hecho de que ha cambiado de su anterior afirmación objetivamente incorrecta a una nueva. No hay "confusión". Por cierto, ¿cómo es que estás tan (sin fundamento) confiado en la ley israelí? ¿Lees hebreo?
@einpoklum Tengo un conocido israelí, él ha confirmado que estás malinterpretando. Si se niega a aceptar eso, entonces no tiene sentido continuar con esta conversación. Sé al 100% que está equivocado y le sugerí al asesor local porque podría aceptarlo más fácilmente de una fuente en la que confíe.
@JamesRyan: Con el debido respeto, hemos establecido que su conocido le proporciona afirmaciones que contradicen la letra de la ley. Que él mismo discuta aquí si él (o ella) está tan inclinado. O más bien, no lo haga, ya que la pregunta es sobre la ley estadounidense.
@einpoklum, no ha establecido nada por el estilo y si no está preparado para escuchar cuál ES la respuesta cuando la realidad no coincide con su idea errónea preconcebida, ¿cuál era el punto de preguntar? Sigue inventando lo que te gusta.
@JamesRyan: No me está ayudando a obtener una respuesta a mi pregunta, está tratando de promover su agenda anticopia. Por favor, detente.
@einpoklum No tengo ninguna agenda, soy un consumidor y, en todo caso, a favor de las leyes de libertad, sin embargo, usted simplemente se niega a reconocer la realidad.
@einpoklum: La realidad es que la ley está muy sesgada contra la distribución gratuita de materiales protegidos por derechos de autor. Como ejemplo de esto, considere la Biblioteca de música de Petrucci , que, como resultado de la ley de derechos de autor, no puede ofrecer partituras de ningún compositor vivo después de 1945 a menos que hayan sido específicamente liberadas al dominio público. Es un problema importante, pero el hecho es que la ley no está del lado de permitir lo que usted sugiere.
@JamesRyan Este es un argumento inútil ya que einpoklum no tiene intención de escuchar razones y es básicamente un troll. En la publicación a la que hace referencia, proporcioné un ejemplo de la jurisprudencia israelí. ff524 optó por eliminar esos comentarios, pero sin embargo, incluso ante la jurisprudencia israelí, los rechazaron y afirmaron que todavía tenían razón. iipa.com/rbc/2012/2012SPEC301ISRAEL.PDF "En junio de 2011, en el caso de la Universidad Hebrea de Jerusalén vs. Yaakov Cohen, la Corte Suprema de Israel aclaró la doctrina de la infracción de derechos de autor contributivos bajo la ley israelí..."
"... Este caso establece un principio legal importante bajo el cual aquellos que, aunque no hayan infringido directamente, pueden ser considerados responsables contributivos por la infracción de los derechos de autor de otros".
@JamesRyan, también señalé que Israel es parte de la mayoría de los principales tratados internacionales de derechos de autor de la segunda mitad del siglo XX, copyright.gov/circs/circ38a.pdf, incluido el acuerdo de la OMC de 1995 del que son parte 160 naciones. "Organización Mundial del Comercio (OMC), establecida... El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) es uno de los acuerdos de la OMC. Incluye obligaciones sustantivas para la protección de los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual, así como su aplicación".

Tengo entendido que el "uso justo" se trata de la reproducción de materiales con derechos de autor.

No creo que tenga nada que ver con cómo obtuviste esos materiales.

Si robara el mismo libro de texto de Barnes & Noble, ¿reclamaría un uso justo?

Es cierto que la RIAA y otros están demandando por motivos de derechos de autor y no por simple robo.

Cómo funciona eso exactamente, no estoy seguro. Puedes leer más sobre esto en Wikipedia .

Este extracto es relevante para su pregunta:

Cuando un demandado admitió haber descargado y copiado archivos de canciones de otros usuarios en la red P2P sin el permiso de los titulares de los derechos de autor, no puede alegar que dicha copia es un "uso justo".

La analogía con el robo de Barnes & Noble es una analogía falsa que no está relacionada con el tema en cuestión. Si roba de una librería, le está robando al minorista (que no es el titular de los derechos de autor), y no está haciendo una nueva copia del libro ni violando ningún otro de los derechos exclusivos del titular de los derechos de autor. Descargar un libro en formato PDF, por el contrario, no implica robarlo a un minorista y implica hacer una copia (digital) del libro, que es un derecho exclusivo otorgado al titular de los derechos de autor. (Es similar a hacer una fotocopia de un libro completo de la biblioteca).
Las dos primeras oraciones valdrían la pena votar. Desafortunadamente, el resto parece bastante confuso ya que la pregunta es si alguien podría ser demandado por violación de derechos de autor (legítimamente) y no si podría ser procesado por robo. Pero es cierto que la idea de 'uso justo' se aplica al uso de materiales protegidos por derechos de autor y no a su adquisición, como yo lo entiendo. (O, al menos, debería aplicarse al uso. Pero lo que realmente permite en la práctica es muy poco).
He leído esta "respuesta" cinco veces y no veo una respuesta real en ella.