¿Cuáles son las cuestiones filosóficas fundamentales reflejadas en el sistema legal estadounidense?

Estoy interesado en el vínculo entre la filosofía y los sistemas legales, en particular el sistema legal estadounidense (y la herencia inglesa) y las ideas subyacentes en juego.

En un nivel alto, me parece causalidad, intención, carga de la prueba, sin castigo cruel o inusual, jurado de sus pares, sin doble enjuiciamiento, precedente y otros. son todas ideas importantes en la ley estadounidense, pero ¿pueden estas nociones u otras destilarse en preguntas filosóficas más profundas?

¿Cuáles son algunas elecciones filosóficas subyacentes inherentes al sistema legal estadounidense que el ciudadano promedio probablemente da por sentadas, a diferencia de otros sistemas legales que no se basan en la tradición inglesa?

Respuestas (1)

Tanto el sistema legal inglés como el estadounidense se basan en gran parte en los escritos de los teóricos del contrato social , como John Locke y Jean-Jacques Rousseau . Legal y políticamente hablando, esta es una de las nociones más influyentes que surgieron durante la Ilustración.

La Constitución de los Estados Unidos y la Declaración de Independencia se basan en gran medida en los escritos de Locke. Grandes porciones de ambos documentos se leen como si fueran citadas directamente de algunas de sus obras. Y los conceptos propugnados, tanto implícita como explícitamente, por ambos documentos están respaldados por conceptos que él presentó. En particular, cosas como los derechos naturales, la soberanía colectiva, la tolerancia religiosa, la necesidad de imponer restricciones al ejercicio del poder arbitrario del ejecutivo, etc.

Incluso predicó específicamente a favor del derecho a la revolución, afirmando que debido a que todas las personas tienen los derechos fundamentales a la vida, la libertad y la propiedad bajo la ley natural, podrían instigar una revolución contra el gobierno siempre que este actuara verificablemente en contra de los intereses de su gobierno. los ciudadanos. En algunos casos, Locke incluso insistió en que la revolución era una obligación , en la medida en que proporcionaba un baluarte contra la tiranía.
Esto, como bien puede imaginar, se citó a menudo como una justificación de la Revolución Americana.

Si estás interesado en leer más sobre esto, el mejor lugar para comenzar es con el archiconocido Two Treatises of Government de Locke , prestando especial atención al segundo tratado, que es su polémica a favor de una sociedad civil basada en los derechos naturales. . El libro completo está incluso disponible como descarga gratuita (en varios formatos) desde Project Gutenberg .


Otras de nuestras leyes, particularmente las del ámbito jurídico, como las que usted cita (intención, carga de la prueba, no castigo cruel o inusual, jurado de sus pares, no doble enjuiciamiento, etc.) se basan en los escritos de la Ilustración francesa. pensador, Montesquieu .

Por supuesto, no aplicamos todo lo que él defendía, pero no se puede negar su fuerte influencia. Su The Spirit of the Laws fue ampliamente leído por los "padres fundadores" estadounidenses y ampliamente difundido en las colonias británicas originales, donde pareció atraer a las masas debido a las crecientes tensiones con Inglaterra sobre aspectos como la representación en los impuestos y el derecho a la libertad política. libertad.

En particular, James Madison, Alexander Hamilton y John Jay, en su colección de escritos que se publicaron como The Federalist Papers y argumentaron a favor de la nueva Constitución, citaron extensamente a Montesquieu. Madison escribió en el número 47 de The Federalist :

El oráculo que siempre es consultado y citado sobre este tema, es el célebre Montesquieu. Si no es el autor de este invaluable precepto en la ciencia de la política, tiene el mérito al menos de mostrarlo y recomendarlo con la mayor eficacia a la atención de la humanidad.

También fue muy responsable de lo que se conoció como la doctrina de la separación de poderes , consagrada en la Constitución de los Estados Unidos, derivada de su comentario sobre el sistema constitucional tripartito de Gran Bretaña.