Estaba leyendo SPQR de Mary Beard y en el libro (pág. 200) menciona una colonia romana en Hispania llamada Carteia, que estaba poblada por legiones de veteranos. Se casaron con mujeres locales y tuvieron hijos que no eran ciudadanos romanos (porque no había derecho de matrimonio para romanos y no romanos). Sus hijos solicitaron al Senado que aclarara su estatus legal (y el de sus ciudades). Los Senadores decidieron otorgar a la colonia el estatus de
"...una colonia de ex-esclavos. Cuántas horas de discusión se necesitaron para decidir sobre la extraña combinación de 'ex-esclavo' y 'latín' que ofrecía la coincidencia más cercana disponible para el estado civil de los hijos del soldado romano técnicamente ilegítimos. "
He oído hablar de diferentes colonias, cada una con diferentes derechos, algunas tenían derechos latinos, algunas tenían plenos derechos romanos como un ciudadano en Roma, algunas tenían plenos derechos legales excepto el derecho al voto, mientras que algunas tenían derechos extremadamente limitados. Y de la cita anterior parece que el Senado elegiría el tipo de colonia dependiendo de los derechos que quisieran dar a los ciudadanos, ya que obviamente una colonia de hijos de veteranos de la legión difícilmente era una colonia de ex esclavos.
Tengo mucha curiosidad sobre cuáles eran los diferentes tipos de colonias y cuáles eran los derechos que las acompañaban.
Y solo para aclarar estamos hablando en el período de tiempo anterior al edicto de Caracalla.
El estado y la definición de la colonia romana variaron mucho según el período de tiempo involucrado. Las definiciones más simples fueron durante la época de la República Romana. Las dos formas principales de colonia desde el 500 a. C. hasta el 133 a. C. fueron la colonia romana y la colonia latina.
La información sobre estas definiciones básicas de colonias se puede leer
Pero ahí terminan las explicaciones simples. La ciudad de la que hablas, Carteia , es realmente un punto de transición y es, literalmente, la primera colonia de este tipo. Hasta este punto, las colonias romanas estaban bastante cerca de casa. Carteia, situada cerca del Estrecho de Gibraltar, en el entonces territorio romano de Hispania , era una ciudad guarnecida que existía desde el año 940 a.C. Había sido capturada por los romanos en el 190 a.
Tito Livio es la fuente de información relativa a la petición de estatus en el senado, que en el 171 a. C. otorgó el estatus de 'colonia latina' a la ciudad capturada de Carteia. Esta fue la primera colonia con esta designación fuera de la Península Itálica. Otorgó a sus ciudadanos más derechos de los que tenían, pero no los derechos de los ciudadanos romanos de pleno derecho. Como colonia latina, recibieron el derecho a casarse y el derecho a realizar negocios. La Colonia Libertinorum Carteia (Colonia de Libertos de Carteia) puede haber sido única en su estado.
En este punto, la política típica se hizo cargo y muchos otros lugares obtuvieron el estatus de colonia, pero a menudo principalmente como intentos de ganarse el favor político entre un grupo u otro, por lo que las definiciones claras de arriba se vuelven más difíciles de aplicar. Como se menciona en el artículo sobre los derechos latinos,
La adquisición del ius Latii dependía totalmente de la donación imperial. Esta beneficencia podía abarcar toda la gama, desde concesiones a individuos hasta concesiones hechas a ciudades enteras, e incluso podía aplicarse a toda una población, como cuando el emperador Vespasiano otorgó el ius Latii a todos . de Hispania en el año 74 d.C.
Tengo que admitir la designación de 'liberto' aparentemente dada a los ciudadanos en Carteia, ya que parece diferente a la de la Colonia Latina. Como se menciona en la entrada de wikipedia para libertos , a los libertos se les otorgó el derecho a votar, lo que no tenían los miembros de una colonia latina. ¿Posible alguna jerga legal romana para inferir derechos 'después del hecho'? Todavía estoy buscando más sobre esto...
Espero que esto ayude a aclarar algo de la confusión, básicamente hasta la colonia de Carteia había reglas bastante simples, con dos tipos de colonias. Después del 133 a. C., se definió políticamente y se asignó a capricho del Senado.
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