¿Cuál es la duración de validez de FAA Medical para vuelos internacionales?

Regla FAA:

La duración de los certificados médicos de la FAA se especifica en 14 CFR 61.23 .

Un ejemplo sería para:

  • Un certificado médico de primera clase.
  • El solicitante es menor de 40 años
  • El solicitante es un certificado de piloto de transporte de línea aérea para privilegios de piloto al mando

En este caso:

Entonces, su certificado médico caduca, para esa operación, al final del último día del 12º mes posterior al mes de la fecha del examen que figura en el certificado médico.

Entonces, esto establece claramente que si apruebo mi examen médico el 1 de enero de 2014, mi examen médico es válido hasta el final del día, el 31 de enero de 2015.

Regla de la OACI:

Sin embargo, me han dicho que las reglas de la OACI establecen que el médico vence a los 12 meses del día en que se emitió, lo que significaría que ya no sería válido a partir del 1 de enero de 2015. (Una referencia para esto sería genial .)

Pregunta:

Como titular de una licencia de piloto de la FAA, con el certificado médico anterior emitido por la FAA, ¿puedo volar legalmente fuera de los EE. UU. después del 1 de enero de 2015 (pero antes del 1 de febrero de 2015)?

Respuestas (1)

Creo que el reglamento de la OACI en el que estás pensando es este:

Extractos del Anexo 1 de la OACI - Licencias al personal

“1.2.5.2 Salvo lo dispuesto en 1.2.5.2.1, 1.2.5.2.2, 1.2.5.2.3, 1.2.5.2.4 y 1.2.5.2.5, una evaluación médica emitida de conformidad con 1.2.4.5 y 1.2 .4.6 será válido a partir de la fecha del examen médico por un período no superior a:

60 meses para la licencia de piloto privado — avión; 12 meses para la licencia de piloto comercial — avión; 12 meses para la licencia de piloto de transporte de línea aérea — avión;”

También indica lo siguiente en una nota:

“Nota 2 — Cuando se calcule de acuerdo con 1.2.5.2 y sus incisos, el período de vigencia comprenderá, para el último mes contado, el día que tenga el mismo número de calendario que la fecha del examen médico o, en su caso mes no tiene día con ese número, el último día de ese mes.”

En el Anexo 1 de OACI, 2.4.1.6, se prescribe el requisito médico para un piloto comercial. Afirma:

“2.4.1.6 Aptitud médica

El solicitante deberá tener una Evaluación Médica Clase 1 vigente.”

En el Anexo 1 de OACI, 2.5.1.6, se prescribe el requisito médico para un piloto de transporte de línea aérea. Afirma:

“2.5.1.6 Aptitud médica

El solicitante deberá tener una Evaluación Médica Clase 1 vigente.”

“6.1.1 Clases de Evaluación Médica

Se establecerán tres clases de Evaluación Médica de la siguiente manera:

a) Evaluación médica de clase 1; se aplica a los solicitantes y titulares de: — licencias de piloto comercial — avión y helicóptero — licencias de piloto de transporte de líneas aéreas — avión y helicóptero — licencias de piloto de vuelo — licencias de ingeniero de vuelo

b) Evaluación Médica Clase 2; se aplica a los solicitantes y titulares de: — licencias de piloto privado — aviones y helicópteros — licencias de piloto de planeador — licencias de piloto de globo libre

c) Evaluación Médica Clase 3; se aplica a los solicitantes y titulares de: — licencias de controlador de tránsito aéreo.”

Sin embargo, la OACI no está involucrada en la aplicación , sino en la elaboración de normas, que luego serían aplicadas (si se adoptan) por la autoridad de aviación del país miembro.

De la FAA:

Hay muchas diferencias a tener en cuenta al volar fuera de los Estados Unidos (EE. UU.). Prevalecen las normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Los estados miembros siguen las directrices de la OACI publicadas, con las diferencias señaladas, en su publicación de información aeronáutica (AIP) oficial. http://www.faa.gov/air_traffic/publications/ifim/intl_overview/

Por ejemplo, la EASA (Agencia Europea de Seguridad Aérea) tiene reglas muy similares a la FAA:

MED.A.055 Validez, revalidación y renovación de certificados médicos (a) Validez (1) Los certificados médicos de Clase 1 tendrán una validez de 12 meses. (2) No obstante lo dispuesto en el párrafo (1), el período de validez se reducirá a 6 meses para los pilotos que: (i) participen en operaciones de transporte aéreo comercial con un solo piloto que transporten pasajeros y hayan alcanzado la edad de 40 años (ii) hayan alcanzado la edad de 60 ( http://easa.europa.eu/rulemaking/docs/npa/2008/2008-17/NPA%202008-17c.pdf )

Sin embargo, según este informe: http://dspace.mit.edu/bitstream/handle/1721.1/35725/FlightOpsICATfinal2.pdf ,

Las operaciones de las compañías aéreas generalmente están reguladas por el país de registro y la soberanía en la que se lleva a cabo la operación, incluida la Administración Federal de Aviación (FAA) en los EE. UU. y la Autoridad de Aviación Conjunta (JAA) en Europa. Los vuelos internacionales también pueden estar bajo la jurisdicción de la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) cuando operan en el extranjero (las aerolíneas con sede en los EE. UU. se rigen por las regulaciones de la FAA y la OACI cuando realizan operaciones internacionales).

Así que podrías ser legal hasta que llegues a aguas internacionales. A lo sumo, es posible que pueda ir al extranjero, pero luego no sea legal volar de regreso.

La Asociación Nacional de Aviación Comercial (NBAA) recomienda que los pilotos cumplan con la interpretación más estricta de la ley (en este caso, tengan el cumplimiento adecuado de los estándares de la OACI) para evitar tener que explicar los matices entre los dos conjuntos de regulaciones. ( http://www.nbaa.org/admin/personnel/medical/medical-certificates.php )