Contratación de contratistas extranjeros: ¿es esto deducible de impuestos?

Tengo una pequeña empresa nueva en los EE. UU. y estoy visitando sitios independientes como freelancer.com para hacer algo de trabajo. El atractivo de esto es que las tarifas para los contratistas extranjeros a menudo son más bajas que las de los contratistas estadounidenses, pero aun así estoy bastante cerca de la línea de ingresos/gastos.

Creo que si fueran contratistas con sede en los EE. UU., tendría que enviarles un formulario para hacer mi propia deducción. Pero son trabajadores extranjeros y no creo que se preocupen lo suficiente por el sistema fiscal de los EE. UU. o por mí mismo como para pasar por esos procesos, ¿por qué lo harían?

¿Hay algún formulario de trabajador extranjero que deba usar?

Si el trabajador extranjero no presenta el formulario, ¿aún puedo descontar sus servicios?

¿Estaría en un gran problema si solo dedujera estos gastos sin enviar ningún formulario?

Respuestas (2)

Tu premisa es incorrecta:

Creo que si fueran contratistas con sede en los EE. UU., tendría que enviarles un formulario para hacer mi propia deducción.

Si se trata de un gasto comercial legítimo, puede deducirlo independientemente de si son o no trabajadores estadounidenses o extranjeros.

Solo necesita enviar el formulario 1099 al IRS y a los trabajadores estadounidenses (o extranjeros que realicen trabajos en los EE. UU.) que contrate directamente y si el monto total que les pagó durante el año fiscal es mayor a $ 600. Si el "trabajador" que usa es una corporación, entonces no necesita proporcionar un 1099. Debe enviar a todos los proveedores de servicios con base en los EE. si necesitará o no presentar un formulario 1099 para su trabajo.

Si quiere estar más seguro, pídales que firmen un formulario W8-BEN y manténgalo archivado. Hablé con el IRS sobre esto y acordaron que generalmente es innecesario cuando se trata de una corporación, pero las interpretaciones pueden variar.

Es una certificación por parte del proveedor extranjero de que:

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De lo contrario, posiblemente, podría recibir una multa por retención de impuestos. Debería ser un gasto comercial deducible en cualquier caso (suponiendo que sea para un propósito comercial permitido, por supuesto). Si el país en el que se encuentran no tiene un tratado fiscal con los EE. UU., es posible que tenga una situación más compleja y probablemente deba hablar con su contador. La empresa a la que le paga como intermediario es otra complejidad, pero al menos puede preguntarles. Sospecho que su posición oficial es que usted está tratando directamente con el proveedor y que simplemente retienen los pagos en depósito y, por lo tanto, no tienen responsabilidad por la retención de impuestos.

No deberían tener problemas para firmar el formulario si no tienen conexión con los EE. UU. Si tienen una conexión, se vuelve más complicado. Personalmente, dejé de tratar con un proveedor asiático que tenía una conexión demasiado estrecha con mi país (Canadá) porque nos estaban cobrando impuestos dobles, lo que hacía que los tenedores de libros tuvieran más trabajo para recuperar el dinero.