Besarse en la ley islandesa temprana

Estoy leyendo las leyes de Grágás de la antigua Islandia y me he encontrado con un pasaje que no entiendo:

K155, Ib p.47

"Si un hombre besa a una mujer en privado, sin nadie más presente y con su consentimiento, entonces incurre en una pena de tres marcos y el caso recae en el mismo hombre como en un caso de coito. Pero si ella se ofende por ello, entonces el caso es de ella y la pena es proscripción menor".

¿Se refiere esto a un beso entre un hombre y una mujer o está relacionado específicamente con el hecho de que uno u otro estén casados? ¿Se aplica esta ley si dos personas solteras pero consentidas se besan?

Es interesante. Entonces, si no hubiera nadie alrededor, la dama podría haber acusado formalmente al chico de besarla más tarde. Hoy en día eso no llegaría muy lejos en los tribunales.
@coderworks con la reciente situación de Harvey Weinstein me inclinaría a estar en desacuerdo. En una nota separada, creo que se consultó a testigos de carácter y vecinos para determinar la validez potencial del reclamo. Dudo mucho que se imponga una sanción por la primera infracción, pero si las mujeres lo denunciaran continuamente, sería obvio que estaban diciendo la verdad.
Algo relacionado con SATW: satwcomic.com/baby-daddy
Para aquellos de nosotros que no conocemos la Islandia medieval... ¿en qué año sería? era pagana? ¿Cristiano?
@BenCrowell, esta era la era pagana, Islandia no se convirtió oficialmente en cristiana hasta este tipo: en.m.wikipedia.org/wiki/Thorgeir_Ljosvetningagodi e incluso entonces, Escandinavia nunca ha sido realmente cristiana
@Antzi esa página web está difundiendo mentiras y es profundamente insultante. La sociedad vikinga fue una de las sociedades más castas que jamás existieron. Los vikingos incluso llevaron a su familia a incursiones y fueron severamente castigados por cometer adulterio. Aprende y ama tu herencia y ancestros, no los insultes.

Respuestas (1)

Si el beso fue entre jóvenes heterosexuales solteros, el niño sería penalmente responsable ante el padre, tutor u otro miembro masculino de la familia de la niña. "... si una mujer era una parte agraviada y poseía un derecho de enjuiciamiento, debía poner su reclamo en manos de un hombre". [Byock, "Viking Age Iceland" págs. 317] Después de todo, "regalar una hija en matrimonio, un padre o cabeza de familia, a veces una mujer, era invertir el limitado capital matrimonial de la familia en una nueva alianza de parentesco... .." [Byock págs. 214]

Si el beso fuera entre adultos casados, el hombre sería responsable ante el marido de la mujer como en el caso de adulterio en la Saga de Hallfred [Byock, págs. 121].

La ley en realidad no rige todas las relaciones sexuales extramatrimoniales: está claro a partir de las sagas que el concubinato era una costumbre nacional. Grágas apenas lo menciona a pesar de su gran detalle sobre casos de seducción [Byock pp. 134].