¿Alguna vez es legal en los EE. UU. no tener dos frenos en una bicicleta?

Al usar una bicicleta en una carretera en los EE. UU., ¿es legal no tener frenos separados en las ruedas delanteras y traseras?

Creo que es probable que esta pregunta traiga mucha especulación y poco valor real. Sobre todo porque en USA las leyes varían según el estado, condado, ciudad. Por ejemplo, de cómo pueden variar las cosas, en mi ciudad hay aproximadamente 1 milla de carretera donde no se puede andar en la acera.
Puede ser ilegal no tener frenos, pero no hay forma de que tengas que tener DOS frenos.
@Jay, entonces, cuando sales a montar un día, ¿cómo sabes cuál es la ley en el tramo de carretera por el que conduces en un momento dado?
No puedo imaginar eso teniendo 2 frenos en manditory. De lo contrario, todas las bicicletas con frenos de montaña serían ilegales.
Si bien la ignorancia de la ley puede no ser una excusa, a menudo es una realidad. Estados Unidos es un mosaico de leyes muy feo que no creo que ningún ser humano pueda comprender del todo, aunque dedique su vida a ello. Si fuera fácil y comprensible, bueno, ¡entonces los abogados no tendrían nada que hacer! :-)

Respuestas (5)

Muchos lugares han adoptado el lenguaje del Código Uniforme de Vehículos . Actualmente dice:

12-706. Freno requerido Cada bicicleta deberá estar equipada con un freno o frenos que permitan al conductor detener la bicicleta dentro de los 25 pies desde una velocidad de 10 millas por hora sobre pavimento seco, nivelado y limpio. (ANTERIOR 11-1207(c)).
El objetivo de la UVC es tener leyes consistentes entre estados, condados y municipios. No funciona del todo: a menudo, el proceso de cambiar las leyes es demasiado complicado, por lo que existen muchas variaciones obsoletas.

En 2006, Portland, Oregón, vio un desafío interesante: una ley redactada de manera similar. Un ciclista fue citado por no tener dos frenos, a pesar de que el engranaje fijo de su bicicleta les permitía cumplir con los requisitos del estatuto. (Ridículamente, la redacción anterior de UVC en la que se basa el estatuto ORS ni siquiera requiere la capacidad de detenerse , solo la capacidad de patinar ). El argumento del juez y el oficial de multas era que un freno debe ser un dispositivo separado .

Cumplir con la redacción de UVC es su mejor apuesta para una política en todo EE. UU., pero definitivamente revise los estatutos locales de los lugares en los que viajará si está preocupado.

25 pies a solo 10 mph (7,5 metros a 16 km/h) me parece una distancia de frenado bastante larga, especialmente a una velocidad relativamente baja.
25 pies no es tanto como parece, incluso a 10 mph, especialmente cuando estás tratando de frenar.
Sí, 10 mph en un derrape es suficiente para romperse una clavícula. Lo he hecho.

No recuerdo nada en el Código Revisado de Ohio que requiera que las bicicletas tengan frenos. Nunca he visto una bicicleta de una sola velocidad por aquí que tuviera algo más que el freno de montaña trasero estándar. Si bien eso no prueba la legalidad, las tiendas de aquí tienden a ser muy exigentes con todos los detalles (como no querer vender/reparar bicicletas sin dispositivos de producción de sonido cuando se requerían).

Depende del estado , y algunos estados tienen una redacción extraña.

Por ejemplo en Minnesota de https://www.revisor.mn.gov/statutes/?id=169.222

(b) Ninguna persona operará una bicicleta a menos que esté equipada con un freno que le permita al operador hacer que las ruedas frenadas patinen sobre pavimento seco, nivelado y limpio.

Es un poco difícil saber si esto significa que se requieren uno o dos frenos. Sin embargo, se hace cumplir que un solo freno delantero es aceptable, aunque patinar la rueda delantera nunca es algo bueno, pero no hacerlo no significa que el freno no sea capaz de detener la bicicleta de forma segura.

También se aplicaría un palo a través de los radios.
Eso es muy similar a la ley de California : "21201. (a) Ninguna persona debe operar una bicicleta en una carretera a menos que esté equipada con un freno que permita al operador hacer que una rueda frenada patine sobre pavimento seco, nivelado y limpio".
Entonces, ¿una marcha fija sin frenos contaría? Quiero decir, usar los pedales para detener la rueda trasera califica, ¿no?
@zigdon: sí, en la ley de California, poder hacer que una rueda patine es el único requisito. Y creo que la prueba se realiza sin el ciclista en la bicicleta: ¿puede bloquear la rueda lo suficientemente bien como para patinar y arrastrarla por un pavimento limpio y seco?
Un hipster diría que el piñón fijo tiene freno porque puedes usar las piernas, pero cualquiera con un poco de sentido común no estaría de acuerdo.

Las leyes pueden diferir de un condado a otro y de un estado a otro, pero en California :

Requisitos de equipo de la sección 21201 de CV

(a) Ninguna persona deberá operar una bicicleta en una carretera a menos que esté equipada con un freno que permita al operador hacer que una rueda frenada patine sobre pavimento seco, nivelado y limpio.

Según esta interpretación, siempre que tenga un freno que le permita patinar las llantas, es legal que ande en bicicleta. Algunos incluso pueden argumentar que andar en piñón fijo y derrapar el neumático trasero técnicamente lo convierte en un freno equivalente legal.

Sin embargo, creo que falta esta ley, ya que es casi imposible patinar la llanta delantera con un freno en un pavimento nivelado y limpio, y un oficial descontento puede usarla como excusa para multarlo, a pesar de que tiene el 80 % de la potencia de frenado. Pero esa es otra tangente...

También puedo llamar a mi pie un freno, porque puedo hacer que mi neumático trasero patine hasta detenerse con él.

Aunque son muy raras, incluso ocasionalmente vemos bicicletas de "piñón fijo" sin frenos de ningún tipo. La rutina de parada de pánico es probar la contrapresión del pedal o presionar las plantas de los pies contra las llantas...

Locura, pero no conozco ninguna ley local que la prohíba.