Al pagar impuestos trimestrales estimados, ¿puedo prorratear el monto en función de las fechas de vencimiento de pago irregulares?

Mi esposo se convirtió en socio de su bufete de abogados este año, por lo que este es el primer año que tenemos que pagar impuestos trimestrales estimados. Estoy confundido acerca de por qué se esperaría que uno pague 4 pagos iguales cuando el cronograma para pagar impuestos es desigual (abril, junio, septiembre, enero)? ¿Por qué el gobierno esperaría esencialmente que usted pague impuestos sobre los ingresos que aún no ha ganado? El salario de mi esposo es constante, pero el sorteo de fin de año fluctuará según las ganancias de la empresa.

Por ejemplo, si calculamos que adeudaremos $45 000 en impuestos para 2015, 4 pagos iguales nos obligarían a pagar $11 250 cada trimestre.

Si, en cambio, prorrateamos la cantidad que pagamos en función de cuántos cheques hay en el período de tiempo de cada trimestre, ¿seremos penalizados? Por ejemplo, el 1.er trimestre pagaríamos $10.380, el 2.º trimestre $8.650, el 3.er trimestre $10.380 y el 4.º trimestre $15.570.

Lo anterior se basa en el hecho de que el primer trimestre incluye 12 semanas, el segundo trimestre 10 semanas, el tercer trimestre 12 semanas y el cuarto trimestre 18 semanas.

estamos en los estados unidos
money.stackexchange.com/questions/26472/… sugiere que las fechas de pago simplemente se cambiaron, pero el pago vencería para dicho trimestre del año. Por lo tanto, tengo entendido que los trimestres tienen aproximadamente la misma duración, por lo tanto, los pagos son iguales.
Sí, como dice Keshlam, puedes variar las cantidades. Simplemente encuentro que es más fácil pagar la misma cantidad en cada momento. Menos pensamiento requerido y menos propenso a errores.
¿Por qué el cambio de situación laboral significa que tiene que pagar impuestos estimados? ¿Los socios no están sujetos a retención?
@Ghanima #26472 dice, correctamente, que hay tres opciones: pagar montos iguales por cada trimestre levemente desigual que totalice el 90 % del impuesto del año en curso, O 100 %/110 % del impuesto del año anterior, O calcule un monto anualizado para cada trimestre levemente -cuarto desigual que puede ser diferente, y normalmente se elige solo cuando es diferente.

Respuestas (2)

Variar la cantidad para reflejar los ingresos durante el trimestre es completamente legítimo: considere a alguien como un vendedor cuyos ingresos se deben en parte a las comisiones y que, por lo tanto, no puede predecir el total. Los pagos son trimestrales precisamente para que puedas basarlos en resultados reales.

Habiendo dicho eso, sospecho que siempre que muestre Buenas Intenciones, no objetarán si su estimación se desvía en un pequeño porcentaje. Y nunca se quejarán si pagas de más. Por lo tanto, puede que no valga la pena el esfuerzo de cambiar el monto del pago para ese último trimestre, a menos que los ingresos sean muy diferentes.

Sí, se puede variar la cantidad. Me resulta más fácil tratar con montos uniformes en cada tiempo de pago, incluso si los tiempos no están repartidos de manera uniforme. Una cosa menos en que pensar.
¡Estoy de acuerdo en que sería más fácil! Sin embargo, el flujo de efectivo es el problema en este momento para nosotros. Estoy terminando mi maestría y trabajando mínimamente. Si varías los montos, ¿estás obligado a llenar el papeleo de anualización? Mi esposo mencionó la idea de pagar cantidades variables al CPA de la empresa, y ella sintió que esto no sería posible porque también afectaría la forma en que los otros socios pagaban sus impuestos. Ella eludió la idea de que "todos ustedes deben hacer lo mismo" debido al acuerdo de asociación.
Eso, no puedo responder ... pero si tiene el consejo de un contador público, le sugiero que vaya con eso en lugar del mío.

Es posible que desee, o al menos esté pensando en, el método anualizado descrito en la Publicación 505 http://www.irs.gov/publications/p505/ch02.html#en_US_2015_publink1000194669 (también descargable en PDF) y al que se hace referencia en ¿Por qué se estiman impuestos vencidos "anticipadamente" para el segundo y tercer trimestre solamente? .

Esto no prorratea sus pagos como tal; en su lugar, utiliza sus ingresos y deducciones, etc. para cada uno de los "trimestres" de 3, 2, 3, 4 meses para calcular un impuesto prorrateado para el año parcial y pagar el exceso sobre el monto ya pagado. Si los montos de sus ingresos, etc., son (casi) iguales todos los meses, entonces este cálculo dará como resultado pagos que son 3, 2, 3, 4/12 del 90 % de su impuesto de todo el año, pero no si sus montos varían durante el año.

Si usa este método (y se beneficia de él), DEBE presentar el formulario 2210, anexo AI, con su declaración la próxima temporada para demostrar que sus cálculos y pagos trimestrales cumplieron con los requisitos. Debe mantener buenos registros por período (o por mes) de todos los montos relevantes para los impuestos, y ni siquiera intente hacer este formulario a mano, lo volverá loco; use software o un preparador profesional (que también usa software), pero espero que alguien en su situación probablemente necesite hacer uno de esos de todos modos.

Pero la asociación pone una arruga en esto. Como socio, su ingreso y gasto sujeto a impuestos no es necesariamente el efectivo que recibe o paga; es su parte asignada de los ingresos y gastos de la sociedad, ya sea que se le distribuyan o no. Una sociedad para operar un negocio (como abogados, a diferencia de una sociedad de inversión) probablemente distribuye los montos asignados, al menos aproximadamente, en lugar de mantenerlos en la sociedad; Espero que este sea su sorteo de fin de año (técnicamente, un sorteo puede ser cualquier monto permitido, no necesariamente el monto asignado). En otras palabras, su esposo gana este dinero durante el año, solo lo recibe al final.

Si la distribución de fin de año (o la asignación si es diferente) es significativa (digamos más del 5% de su ingreso total) y la sociedad no está rastreando e informando estos montos (¡con prontitud!) para los trimestres del IRS, y sospecho que eso es lo que le decían que "afecta a otros socios": no tendrá los datos para calcular correctamente sus impuestos "trimestrales" y, por lo tanto, puede estar sujeto a una multa por no pagar lo suficiente a tiempo. Si la cantidad es razonablemente predecible, probablemente pueda salirse con la suya utilizando una conjetura conservadora (lado alto) para calcular sus pagos y luego dividir las cantidades reales de todo el año en su K-1 durante 12 meses para 2210-AI; esto no será exactamente correcto, pero a menos que el negocio de la sociedad sea altamente estacional o volátil, estará lo suficientemente cerca como para que el IRS no

PD: los "cuartos" están mucho más cerca de 13,9,13,17 semanas. Pero son los meses lo que importa.