Adquirir chometz como agente de un no judío

Peligro: pregunta hipotética complicada

En mi oficina hay algunos sándwiches de hefker chometz en chol hamoed pesach y en una intersección cercana hay con frecuencia un mendigo no judío (Mendigo A).

1a) ¿Puedo actuar como agente del mendigo (sin su conocimiento pero para su beneficio) adquirir los bocadillos y llevárselos al mendigo?

1b) ¿Se considera haná el placer de dar tzedaká efectivamente?


Una vez que tomo los sándwiches y bajo por la intersección, el mendigo A no está allí, pero el mendigo B sí.

2a) Quiero poder dárselo a cualquiera de los mendigos, así que ¿puedo adquirir los sándwiches para el mendigo A con la condición de que él esté allí, pero adquirirlos para el mendigo B con la condición de que el mendigo A no esté allí?

2b) En caso de que esté allí un mendigo que yo no había considerado, ¿puedo adquirir en nombre de cualquier mendigo que esté en el cruce ese día sin tener en mente a una persona específica?

(Suponga que siempre habrá alguien allí).

¿Por qué pensarías que podrías adquirirlo? ¿No es ese uno de los grandes no-nos?
No lo estoy adquiriendo, lo está adquiriendo el mendigo.
¿Puedes mover un objeto que es más pesado con la intención expresa de evitar un kinyan? Si es así, lo más fácil es simplemente llevarlos abajo, dejar que se queden más pesados ​​y dejar que los mendigos elijan por sí mismos.
Si funciona, sería la mejor solución.

Respuestas (1)

El Rivash, en Responsa 41, citado por Rema en Orach Chayim 450:6 , escribe que está prohibido comprar chometz para un no judío en Pesaj, incluso usando el dinero del no judío para hacer la compra.

El Rivash tiene dos puntos que hace al prohibir esto. El segundo, que el judío es responsable del jometz mientras está bajo la jurisdicción del judío, ya que el judío tiene que entregarlo con éxito al no judío (y el Rivash considera que el poder puede no ser efectivo para un no judío). ), no es directamente aplicable aquí (aunque la suposición de que el proxy no funciona es relevante).

El primer punto que hace, sin embargo, es muy relevante. El Rivash prohíbe hacer la adquisición en nombre del no judío debido a la preocupación de que el judío pueda venir a comer el jometz mientras está involucrado en obtenerlo. Esto es paralelo a las preocupaciones que predicaron el requisito de comprobar si hay jometz aunque lo anulemos, para que no te encuentres con el jometz y luego termines comiéndolo. Esto parecería aplicarse directamente a este caso.

La suposición de Rivash (que es la conclusión halájica de Shulján Aruj Hoshen Mishpat 188: 1 ) de que un judío no puede trabajar a través de un representante para un no judío también significaría que la adquisición no tiene efecto en el momento de adquirir el jometz , por lo que en una discusión puramente monetaria (ignorando los temas de Pesaj), podrías dárselo al mendigo que quisieras.