Abrí una cuenta de CD a plazo anual hace dos días hábiles y me acabo de enterar de que necesitaría ese dinero este año. Busqué en la web y parece que hay una ley federal que dice que un banco solo puede penalizar solo hasta seis días de interés acumulado. ¿Hay algo de verdad en eso?
Encontré esta información del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos:
¿Cuáles son las penalidades por retirar dinero anticipadamente de un Certificado de Depósito a Plazo (CD)?
La ley federal estipula que todos los certificados de depósito (CD) a tiempo que se cobran antes de tiempo están sujetos a una multa mínima. Si retira una cantidad dentro de los primeros seis días después del depósito, la multa consiste en un interés simple de al menos siete días. Aparte de eso, los bancos nacionales pueden establecer sus propias sanciones; no hay máximo.
Además, es posible que desee revisar el Acuerdo de cuenta que el banco le proporcionó cuando abrió la cuenta, ya que explica las multas por retiro anticipado.
Verifique el papeleo para ver si hay un período corto al comienzo donde la penalización es mínima. Cada banco puede establecer sus propias reglas para la pena máxima. Algunos lo basan en x meses de interés, algunos como un porcentaje del CD, otros pueden usar una fórmula más compleja.
En mi experiencia, la única sanción por romper un CD es perder una cierta cantidad de interés acumulado. Su inversión principal estará bien.
Cierra el CD. Unos días de interés no es nada.
mhoran_psprep
Chris W. Rea
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