¿A qué altitud, si corresponde, puede un ultraligero sobrevolar el aeropuerto de Gallup, Nuevo México (KGUP) sin autorización previa sin violar FAR 103.17?
Esta es una pregunta sobre el significado de
"dentro de los límites laterales de la superficie".
Recursos--
LEJOS 103.17 --
"Ninguna persona puede operar un vehículo ultraligero dentro del espacio aéreo Clase A, Clase B, Clase C o Clase D o dentro de los límites laterales del área de superficie del espacio aéreo Clase E designado para un aeropuerto a menos que esa persona tenga autorización previa de la instalación ATC que tenga jurisdicción sobre ese espacio aéreo".
Gráfico seccional que representa KGUP
Descripción del espacio aéreo E2 en KGUP -- de la página E-116 del documento "Designaciones de espacio aéreo y puntos de notificación" de la FAA Orden 7400.11D de la FAA --
"ASW NM E2 Gallup, NM Gallup Municipal Airport, NM (lat. 35°30'41"N., long. 108°47'15"W.) Gallup VORTAC (lat. 35°28'34"N., long. 108°52'21"O.)
Dentro de un radio de 4.1 millas del Aeropuerto Municipal de Gallup y dentro de 1.3 millas a cada lado del radial de 242° del Gallup VORTAC que se extiende desde el radio de 4.1 millas hasta 4.9 millas al suroeste del aeropuerto".
Tenga en cuenta que no se da ninguna limitación en cuanto a la hora del día en que el espacio aéreo E2 está en vigor y, por lo tanto, está en vigor las 24 horas del día, los 7 días de la semana. No se establece un límite de altitud específico en esta sección, aunque en la página E-1 leemos:
- General.
Generalmente, si el espacio aéreo no es Clase A, Clase B, Clase C o Clase D, y es espacio aéreo controlado, es espacio aéreo Clase E. El espacio aéreo Clase E se extiende hacia arriba desde la superficie o una altitud designada hasta el espacio aéreo controlado suprayacente o adyacente. Cuando se designe como área de superficie, el espacio aéreo se configurará para contener todos los procedimientos por instrumentos. También en esta clase están las vías aéreas federales, el espacio aéreo que comienza a 700 o 1,200 pies sobre el nivel del suelo utilizado para la transición hacia/desde la terminal o el entorno en ruta, y las áreas de espacio aéreo nacional y en alta mar en ruta designadas por debajo de los 18,000 pies MSL. El espacio aéreo Clase E no incluye el espacio aéreo de 18,000 pies MSL o más.
No se puede volar un ultraligero allí sin autorización previa si estoy leyendo 103.17 correctamente. Por la forma en que estoy leyendo esto, parece que no puede estar en el espacio aéreo controlado alrededor de un aeropuerto sin autorización previa, punto. Y por encima de 18000 también es imposible.
La mayor concentración de tráfico de aeronaves se encuentra en los aeropuertos, las ayudas a la navegación como los VOR y las vías aéreas. Desea mantenerse alejado de ellos a menos que esté en comunicación clara y directa con los encargados del espacio aéreo. Gallup tiene los tres.
En cuanto al espacio aéreo de Clase E, la forma en que se lee 103.17 hace que parezca que no se le permite volar en ningún espacio aéreo de Clase E sobre un aeropuerto sin autorización previa. Es cierto que es pelos de punta. En cualquier otro lugar del 14 CFR, la descripción de la clase de superficie E tiene un lenguaje ligeramente diferente.
103.17 Operaciones en determinado espacio aéreo. Ninguna persona puede operar un vehículo ultraligero dentro del espacio aéreo Clase A, Clase B, Clase C o Clase D o dentro de los límites laterales del área de superficie del espacio aéreo Clase E designado para un aeropuerto a menos que esa persona tenga autorización previa de la instalación ATC que tenga jurisdicción. sobre ese espacio aéreo.
137.43 Operaciones en espacio aéreo controlado designado para un aeropuerto.
(b) Ninguna persona puede operar una aeronave en condiciones climáticas por debajo de los mínimos VFR dentro de los límites laterales de un área de espacio aéreo Clase E que se extiende hacia arriba desde la superficie a menos que se haya obtenido autorización para esa operación de la instalación ATC que tiene jurisdicción sobre esa área.3–2–6 Espacio Aéreo Clase E
1. Área de superficie designada para un aeropuerto donde no está en operación una torre de control. Las áreas de superficie Clase E se extienden hacia arriba desde la superficie hasta una altitud designada, o hasta el espacio aéreo controlado adyacente o suprayacente. El espacio aéreo se configurará para contener todos los procedimientos por instrumentos.
Si es legítimo o no que un ultraligero (que puede o no estar equipado con ADS-B Out) sobrevuele ese espacio aéreo sin hablar con ATC, si tiene en cuenta que las aproximaciones IFR comienzan desde 9500 pies y podrían ser tan bajas como 7500 pies con una aproximación frustrada que comienza con un ascenso a 9500 pies en las inmediaciones del aeropuerto, y algunos aviones pueden hacerlo bastante rápido, yo diría que debería estar al menos a 10500 pies en dirección oeste y 11500 pies en dirección este para fines de separación. El tráfico IFR recibirá avisos sobre usted, si no está hablando con ATC, entonces podría llevarse una sorpresa.
Las placas IFR para KGUP se pueden encontrar aquí https://www.airnav.com/airport/KGUP
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