¿Regla de venta de lavado + fondos mutuos/ETF?

De acuerdo con las reglas del IRS, no puede vender un valor, asumir una pérdida de capital en sus impuestos y luego volver a comprar el mismo valor o un valor "sustancialmente idéntico" dentro de los 30 días. Sin embargo, "sustancialmente idéntico" está mal definido, especialmente con respecto a los fondos mutuos/ETF en comparación con las acciones individuales. ¿Cuál de los siguientes ejemplos sería/no sería considerado "sustancialmente idéntico":

  1. ¿Vender el índice Vanguard 500 y comprar el índice Vanguard Total Stock Market? Las posiciones son idénticas en aproximadamente un 80 % y los rendimientos suelen ser similares, pero son fondos completamente diferentes con objetivos ligeramente diferentes, ya que rastrean diferentes índices bursátiles de EE. UU.

  2. Vender el ETF de una empresa que rastrea un índice determinado y comprar el ETF de otra empresa que rastrea exactamente el mismo índice.

  3. Venda su posición larga en una acción y luego compre una opción call muy fuera del dinero en la misma acción en caso de que vuelva a subir mucho.

  4. Venda un montón de acciones individuales en un sector determinado y luego compre un ETF de sector cuyas mayores participaciones sean las acciones que acaba de vender.

Respuestas (1)

Creo que el documento del IRS que desea es http://www.irs.gov/publications/p550/ch04.html#en_US_2010_publink100010601

Creo que las respuestas son:

  1. fondos que rastrean diferentes índices: no sustancialmente idénticos; los índices podrían comportarse de manera diferente
  2. fondos que rastrean el mismo índice: sustancialmente idéntico (aunque aparentemente no es 100% seguro según http://fairmark.com/capgain/wash/wsident.htm , no me gustaría discutirlo en la corte)
  3. opción sobre las acciones que vendió: de acuerdo con http://www.irs.gov/publications/p550/ch04.html#en_US_2010_publink100010601 su viñeta 3 bajo Ventas de lavado, un contrato para comprar acciones sustancialmente idénticas es automáticamente una venta de lavado (incluso si el contrato en sí no es sustancialmente idéntico a las acciones). presumiblemente también se aplica a una opción de venta corta, por ejemplo.
  4. cambiar de un grupo de acciones a un ETF similar: probablemente no sea sustancialmente idéntico a menos que sus participaciones coincidan exactamente con el índice del ETF (el mismo principio que 1 y 2)