¿Por qué Murabaha no se considera Riba?

Para tomar la definición de Murabaha de Wikipedia:

Este concepto se refiere a la venta de bienes a un precio, que incluye un margen de utilidad acordado por ambas partes. El precio de compra y venta, otros costos y el margen de utilidad deben indicarse claramente en el momento del acuerdo de venta. El banco es compensado por el valor temporal de su dinero en forma de margen de beneficio. Este es un préstamo de renta fija para la compra de un bien inmueble (como un inmueble o un vehículo), con una tasa de ganancia fija determinada por el margen de ganancia. El banco no es compensado por el valor del dinero en el tiempo fuera del plazo contratado (es decir, el banco no puede cobrar ganancias adicionales por pagos atrasados); sin embargo, el activo permanece como una hipoteca con el banco hasta que se liquide el incumplimiento.

El "margen de beneficio" es fijo, el precio de compra y venta es fijo. En otras palabras, es revender algo de igual valor a un precio más alto.

La definición de Riba (de Wikipedia) es an increase in capital without any services provided and speculation.

Una definición de Riba, tal como se proporciona en Sahih Muslim, Libro 10, Capítulo 19, Número 3846:

Nafi' informó que Ibn 'Umar le dijo que una persona de la tribu de Laith dijo que Abu Sa'id al-Kludri lo narró (el hadiz mencionado anteriormente) del Mensajero de Allah (la paz sea con él) en una narración de Qutaiba. Entonces 'Abduliali y Nafi' fueron con él, y en el hadiz transmitido por Ibn Rumh (las palabras son) que Nafi' dijo: 'Abdullah (b.'Umar) fue y yo, junto con la persona perteneciente a Banu Laith, entré ( la casa) de Sa'id al-Khudri, y él ('Abdullah b. Umar) dijo: Me han informado que usted dice que el Mensajero de Allah (la paz sea con él) prohibió la venta de plata con plata excepto en caso de igual por igual, y venta de oro por oro excepto en el caso de igual por igual. Abu Sa'id señaló estos ojos y sus oídos con sus dedos y dijo: Mis ojos vieron,No vendáis oro por oro, y no vendáis plata por plata, sino de igual a igual, y no incrementéis algo de ello sobre algo, y no vendáis a cambio de dinero algo, no presente, sino de mano en mano.

no entiendo "y no aumentes algo de eso sobre algo", "y no vendas por dinero fácil algo, no presente, sino de mano en mano".

Respuestas (3)

Murabaha es, en esencia, solo un par de oficios que cumplen con la shari'ah:

  • El banco compra un bien a valor de mercado.
  • El banco suma su margen de beneficio y revende el bien al comprador final

Agregar una ganancia al revender un bien es bastante fundamental para el comercio, y difícilmente puede considerarse riba ; Dios ha permitido claramente uno y prohibido el otro . La única diferencia entre un acuerdo comercial regular y un acuerdo murabaha es que el comprador final y el margen de beneficio del precio se acuerdan por adelantado.

Lo que es importante tener en cuenta es que la primera operación debe completarse en su totalidad: el bien en cuestión es propiedad total y absoluta del banco después de que lo compra antes de que pueda revenderse al comprador final. Hasta el momento en que se tramite la venta final con el comprador final, el banco es el propietario legal de la propiedad (y es responsable de los riesgos y/o costos que puedan implicar).

Si bien a menudo se usa como una forma de financiación islámica a largo plazo, murabaha puede usarse con la misma facilidad en un sentido más inmediato (por ejemplo, hacer que alguien adquiera un producto en particular para usted si no puede salir de casa). Los "servicios prestados", ya sea para transacciones a largo plazo o inmediatas, serían la voluntad y la capacidad del tercero (por ejemplo, el banco) para actuar como intermediario.

¿Este servicio proporcionado vale la pena el margen de beneficio involucrado? Eso lo decide el comprador final (y la oferta y la demanda básicas).

No estoy muy convencido de que, de hecho, se trate de comercio y no de riba. Editó la pregunta para cubrir por qué puede ser riba, porque está intercambiando una cantidad mayor de moneda por algo que se compró por una cantidad menor. Estoy de acuerdo en que algunos servicios prestados lo justificarían, como los servicios como intermediario, que es una definición común de comercio. Pero, ¿qué pasa con el uso común en la banca, como comprarlo para alguien que aún no puede pagarlo? Si el banco compra una casa para alguien y se niega a pagar el margen de beneficio, el banco puede reclamar legalmente la casa, lo que no supone ningún riesgo para el banco.

Veamos otro ejemplo.

Supongamos que un desarrollador de viviendas quiere vender sus casas directamente a los clientes de su proyecto inmobiliario. No utiliza ningún banco ni ningún tipo de financiación para vender sus casas, ya que será él quien se encargue de la venta y el cobro de las cuotas en un plazo de 20 años. Ha calculado que cada una de las casas que ha terminado cuesta USD 200.000. Decidió vender la casa a un precio de USD250.000; un margen de 50.000 USD sobre los costes como beneficio.

La pregunta es ¿podemos decir que el promotor inmobiliario se ha involucrado en la riba' cuando marcó el precio con fines de lucro, a pesar de que la finalización del pago es dentro de los 20 años? No olvidemos que las casas no son de oro o plata, donde el intercambio debe basarse en el mismo peso y las unidades más el intercambio deben ejecutarse en el acto.

He revisado esta respuesta para responder a la eliminación del moderador de mi respuesta anterior.

Un analista financiero consideraría un margen de beneficio diferido dependiente del tiempo sobre el precio de venta (murabaha) equivalente a un interés. Pero el interés razonable en los mercados financieros regulados modernos no es la riba explotadora.

El profesor el-Gamal analiza el tema en https://www.researchgate.net/publication/266409585_Incoherence_of_Contract-Based_Islamic_Financial_Jurisprudence_in_the_Age_of_Financial_Engineering

Argumenta que las transacciones prohibidas se pueden sintetizar mediante el uso de varias transacciones que cumplen con la sharia. En consecuencia, la prohibición original se vuelve incoherente porque no tiene fundamentos relacionados con las cuestiones fundamentales de justicia, equidad y maqasid sharia.

Mahmoud A. El-Gamal, Ph.D., es profesor en el Departamento de Economía de la Universidad de Rice, donde también ocupa la cátedra en Economía, Finanzas y Gestión Islámicas. Ha publicado extensamente sobre economía y finanzas islámicas.

Entonces, para responder directamente a la pregunta, concluyo que el margen de beneficio diferido murabaha y el interés son similares en el sentido de que el banco está siendo compensado por el uso de su dinero. Pero si la riba se trata realmente de explotación (como argumentarían los eruditos modernistas Fazlur Rahman y Abdullah Saeed), entonces ni el interés razonable basado en el mercado ni el margen de beneficio diferido son riba. La usurpación de préstamos y los préstamos depredadores a los pobres (las actividades de los prestamistas en la época del profeta) es riba.

Creo que hay una esencia de una buena respuesta aquí: cita a un experto, y el documento vinculado parece estar bien pensado. Los votos negativos probablemente vienen de bien, llamando incoherente a la prohibición original, lo cual es un gran insulto, pero creo que algo se pierde en la traducción. Creo que aquí falta un eslabón en la cadena: ¿por qué los académicos piensan que el fallo original de la riba se refería a la explotación? Se podría decir que la decisión de que la carne de cerdo no es halal es incoherente porque ya no es peligrosa gracias a la tecnología moderna, pero esa no es la decisión original.
Gracias por el apoyo. En cuanto a la "incoherencia", estoy de acuerdo en que es algo incendiario, pero no es mi palabra, es de El Gamal, y ese es el torbellino del debate académico estadounidense. Creo que quiere decir que las copias más bien opacas, engorrosas y más caras que cumplen con la sharia de los instrumentos financieros convencionales no se adhieren a la sharia masaqid - preservación de la riqueza - justicia, equidad, etc.
Su pregunta: ¿la regla original de riba se refería a la explotación? La razón se explica en el artículo de Rahman "Riba and Interest" (Islamic Studies, Islamabad, 1964). Fue la redoblación de la deuda impaga lo que fue riba, convirtiéndose en una carga enorme, no el margen inicial. El profesor Farooq examina este tema en papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=1412753 , mostrando que los primeros académicos (antes de al Jassas) también tenían esta opinión, pero que evolucionó (erróneamente) hacia la opinión de que todo interés es riba. Abdullah Saeed (Estudios Islámicos, Melbourne) ha realizado su doctorado sobre este tema.
Entonces, para concluir, creo que goldpseudo se extralimita en su deber al eliminar respuestas con las que personalmente no está de acuerdo. Pero probablemente hace un buen trabajo eliminando los comentarios extravagantes y las diatribas que obtienes en reddit y youtube.