Tenía algunos fondos mantenidos en fideicomiso por una compañía financiera. Debido a la mala conducta de los clientes, los fondos desaparecieron y la empresa quebró. La quiebra sigue su curso y parece que los acreedores, como yo, recuperarán una fracción de sus fondos.
¿Cómo trato esto desde una perspectiva fiscal? Por ejemplo, digamos que recupero el 40% de mis fondos. ¿El 60% que perdí se considera una pérdida deducible de algún tipo?
Utiliza el formulario 4684 .
Desafortunadamente, no fluye a través del Anexo D para compensar las ganancias, sino a través del Anexo A, deducciones detalladas. Dependiendo de su total detallado actual, parte o la totalidad de su pérdida no lo beneficiará. (por ejemplo, si aún no detalla, primero debe pasar el umbral para su estado civil, $6350 soltero, $12,700 casado).
Además del formulario que le indicó JoeTaxpayer, le recomiendo que consulte la publicación 547 del IRS, que incluye instrucciones sobre cómo obtener ayuda fiscal para deducir pérdidas. Si la pérdida es mayor que sus ingresos, tiene una pérdida operativa neta que también se puede transferir para reducir sus impuestos en años futuros.
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JTP - Pide disculpas a Mónica