¿Todas las aeronaves de las aerolíneas estadounidenses están certificadas en hielo conocido?

¿Todas las aeronaves de las aerolíneas estadounidenses están certificadas para volar en condiciones conocidas de formación de hielo (FIKI)?

¿Supongo que todas las aeronaves grandes (más de 100 PAX) cuentan con la certificación FIKI desde la etapa de diseño?

¿Cuál es el avión de pasajeros más grande que no tendría certificación FIKI?

Respuestas (1)

El Título 14 CFR parte 121.321 regula las operaciones regulares de las aerolíneas en condiciones de formación de hielo. Requiere sistemas de protección contra hielo en el fuselaje para operar en "condiciones conducentes a la formación de hielo en el fuselaje", que definen como:

humedad visible igual o inferior a una temperatura estática del aire de 5 °C o una temperatura total del aire de 10 °C, a menos que el manual de vuelo del avión aprobado proporcione otra definición.

Básicamente, esto significa que cualquier aerolínea que pueda operar en IMC estará sujeta a este requisito, a menos que tenga operaciones muy específicas a bajas altitudes en latitudes cálidas donde pueda permanecer por debajo del nivel de 10 °C cuando esté en IMC.

Las aeronaves operadas por líneas aéreas que operan en IMC a temperaturas inferiores a 10 C deben tener un sistema de detección de hielo o un medio para detectar la primera formación de hielo en la estructura del avión y luego activar los sistemas de protección contra hielo o deben, en ausencia de detección, opere siempre su protección contra hielo cuando opere en condiciones conducentes a la formación de hielo en el fuselaje.

Para operaciones bajo demanda más pequeñas que operan bajo la parte 135, 14 CFR 135.227 regula el vuelo en condiciones de formación de hielo. Este reglamento requiere que cualquier avión que vuele en caso de formación de hielo pronosticada (solo IFR) o condiciones conocidas de formación de hielo (VFR o IFR) cuente con protección antihielo o de deshielo en funcionamiento. Esto significa que una operación 135 que transporta pasajeros de Miami a las Bahamas probablemente no tenga que preocuparse por esto, pero una operación IFR 135 en cualquier lugar donde haga frío probablemente sí.

Para operaciones no 121 y no 135 en aviones con 20 asientos de pasajeros o más, la regulación aplicable es 14 CFR 125.221 y se lee exactamente como la regulación de la parte 135.

Resumen

Combinadas, las partes 121, 125 y 135 regulan la mayoría de las operaciones comerciales. Los requisitos de la parte 121 significan de manera realista que cualquier avión adecuado para operaciones regulares de líneas aéreas está equipado con protección contra el hielo. La Parte 135 puede utilizar una gama más amplia de aeronaves y, si bien no se requiere protección contra hielo, es bastante limitante para la operación si no está presente (no hay vuelo en condiciones de formación de hielo conocidas o pronosticadas bajo IFR).

Esto significa que todas las aeronaves de línea aérea (parte 121) están certificadas para FIKI, pero no todas las aeronaves de pasajeros (operadas bajo la parte 125 o 135) están certificadas para FIKI (y no pueden operar en esas condiciones si no están equipadas).

Reg.

§121.321 Operaciones de formación de hielo.

(a) Cuando se opere en condiciones conducentes a formación de hielo en el fuselaje, se debe demostrar cumplimiento con el párrafo (a)(1), o (2), o (3) de esta sección.

(1) El avión debe estar equipado con un sistema certificado de detección de hielo en el fuselaje primario.

(i) El sistema de protección contra hielo del fuselaje debe ser activado automáticamente, o manualmente por la tripulación de vuelo, cuando el sistema primario de detección de hielo indique que es necesaria la activación.

...

(2) Deben proporcionarse señales visuales de la primera señal de formación de hielo en cualquier parte del avión y un sistema certificado de detección de hielo en la estructura del avión.

(i) El sistema de protección contra hielo en el fuselaje debe activarse cuando se observe cualquiera de las señales visuales o cuando el sistema de aviso de detección de hielo en el fuselaje indique que es necesaria la activación, lo que ocurra primero.

...

(3) Si el avión no está equipado para cumplir con las disposiciones del párrafo (a)(1) o (2) de esta sección, se aplica lo siguiente:

(i) Cuando se opere en condiciones propicias para la formación de hielo en el fuselaje, el sistema de protección contra hielo del fuselaje debe activarse antes y operarse durante las siguientes fases del vuelo:

...

(ii) Durante cualquier otra fase del vuelo, el sistema de protección contra hielo del fuselaje debe activarse y operarse a la primera señal de formación de hielo en cualquier parte del avión, a menos que el Manual de vuelo del avión especifique que el sistema de protección contra hielo del fuselaje no debe usarse o proporciona otras instrucciones operativas.


§135.227 Condiciones de formación de hielo: limitaciones operativas.

(c) Ningún piloto puede volar bajo IFR en condiciones conocidas o pronosticadas de formación de hielo leve o moderada o bajo VFR en condiciones conocidas de formación de hielo leve o moderada, a menos que:

(1) La aeronave tiene un equipo de deshielo o antihielo en funcionamiento que protege cada pala del rotor, hélice, parabrisas, ala, superficie estabilizadora o de control, y cada sistema de instrumentos de velocidad, altímetro, velocidad de ascenso o actitud de vuelo;

(2) El avión tenga disposiciones de protección contra hielo que cumplan con la sección 34 del apéndice A de esta parte; o

(3) El avión cumple con las disposiciones de certificación de tipo de avión de categoría de transporte, incluidos los requisitos para la certificación de vuelo en condiciones de formación de hielo.