Sustitución del depósito de seguridad por el último mes de alquiler

Un amigo mío que ejerce la abogacía me dio el siguiente consejo:

No pague el alquiler de su último mes. En su lugar, dígale a su arrendador que se quede con el depósito de seguridad como el alquiler de su último mes. De esa manera, si quieren cobrar el pago por supuestos daños a la propiedad, ellos tendrán la carga de probar que usted lo debe, en lugar de que usted deba probar que no lo debe.

Afirmó que nada en la ley estadounidense prohibiría esto.

¿Está esto permitido halájicamente y es moralmente aceptable (aparte de los posibles problemas de Chilul Hashem)?

Esto es similar a esta pregunta , pero no es un caso con un lugar designado de recolección (apotiki) o garantía, como yo lo veo. Tampoco estoy dejando de pagar una deuda. No hay préstamo involucrado. La pregunta se limita a: ¿Estoy obligado por mi contrato debido al contrato?

Bueno, si uno mantiene la halajá y se ha hecho daño, uno iría a bais din o pagaría lo que dañó.
@sam Eso funcionaría si su arrendador también sigue la halajá. La idea es evitar que el propietario se aproveche de que tiene su dinero para reclamar daños que no puede probar, es decir, cosas que estaban allí antes o cosas mínimas que ha decidido que son significativas.
En muchos estados, el alquiler del último mes se paga por adelantado.

Respuestas (2)

Esta es una gran pregunta. Una vez estuve en la misma situación: nuestro arrendador era un ladrón y tenía miedo de que no nos devolviera el depósito después de un alquiler de 2 años.

Por lo tanto, hice lo que sugieres, pensando en lo que la guemara llama un gran principio:

"Aquel que quiere extraer dinero de su prójimo está obligado a presentar pruebas" ( Bava Kamma 46a )

es decir, le correspondía al arrendador probar que yo le debía dinero más allá del alquiler.

Sentí que el depósito era el alquiler pagado por adelantado para garantizar que pague hasta el último mes y por cualquier daño. Una vez llegado el último mes, ya no hace falta la fianza asumiendo que, en caso de daños, los pagarías de buena fe. Por supuesto, esto no funcionaría si su contrato lo impidiera específicamente.

No encontré una fuente o tshuva (responsa) que abordara un caso similar pero me encantaría. Sin embargo, verifiqué con dos rabbanim, quienes confirmaron que lo anterior estaba bien desde el punto de vista halájico, siempre y cuando no se supieran daños de antemano.

Encontramos en gemarah baba metsiah 102' que analiza un caso en el que al arrendatario se le cobró una cierta cantidad por el año, y ese año tiene 2' adar, lo que genera un conflicto entre ellos si el mes adicional se incluyó en el alquiler del año o no.

Una opinión en la gemarah es que, dependiendo de cuándo tenga lugar este diálogo, determinaremos quién es el muchzak y tendrá la ventaja en esta disputa irresoluble.

Si se lleva a cabo a principios de mes, el propietario tiene la ventaja, ya que en la propiedad siempre es el muchzak. Si estamos al final del mes cuando el arrendatario ya ha vivido allí sin pagar alquiler, entonces él será el muchzak en el dinero que el propietario quiere extraer de él.

Aún así, la gemarah no está preocupada por un arrendatario que de alguna manera logrará que el diálogo se posponga hasta el final del mes, lo que le otorgará el muchzak. Porque si ubicara la discusión al final del mes, dejaríamos que sea el muchzak.

De esto podemos deducir que arreglar las circunstancias a su favor no es motivo de preocupación y está bien hacerlo.

Por lo tanto, consideraremos este acto como moral.

Sin embargo, veamos, beezrat Hashem, que el pago total de la renta que hizo es nulo y sin valor y el propietario sigue siendo el muchzak.

Alguien que paga su deuda puede hacerlo incluso cuando el receptor no quiere aceptar el pago en este momento, excepto si la halajá establece que el receptor tiene derecho a decir que no desea que se le pague en este momento o lugar. Por lo tanto una persona que decide pagar con su garantía puede hacerlo sin su consentimiento.

Sin embargo, si la garantía se entregó para garantizar el préstamo a' que esta persona le debe, no puede obligarla a tomar eso como pago del préstamo b', ya que tiene derechos sobre su garantía para garantizar el préstamo a', para que pague el préstamo b' con él sería equivalente a recuperarlo para sí mismo, lo que ciertamente no puede hacer.

En nuestro caso, cuando el propietario descubre que hubo daños, ciertamente se arrepiente de su consentimiento para tomar eso como renta, y aquí necesita su consentimiento para pagar, ya que este dinero fue designado para pagar esos daños si hubo cualquiera y no para pago de alquiler.

(Si el dinero se designó también para el alquiler, entonces también puede decir que también se designó para el próximo alquiler si termina quedándose).

La idea de que tal consentimiento puede considerarse un tauus (error) e inválido se encuentra en c'm' 25'5' donde el juez dictaminó que uno tiene que jurar, lo que a su vez lo llevó a hacer una pesharah y evitar jurar. Luego se encontró que el juez estaba equivocado en su decisión y por lo tanto la peshará fue considerada un error incluso cuando se hizo con un kinyan ya que estaba claro que renunció a una peshará debido a la shevuá.

También para nosotros está claro que su consentimiento se debió a que no esperaba el daño para el cual se había reservado el dinero.

Por lo tanto concluimos que este truco no funcionará siendo que cuando se da cuenta de que fue engañado se retracta de su consentimiento y que el dinero será nuevamente designado para los daños y perjuicios.