Muchas revistas (en los Estados Unidos, de todos modos) hoy encuentran que la principal rentabilidad es tener un mayor número de suscriptores para mostrar a los anunciantes y realmente no les importa si el suscriptor está pagando. La razón principal por la que requieren el pago es para cumplir con las Regulaciones Postales para el correo de segunda clase (lo que garantiza la entrega oportuna a un costo reducido). (Fuente: una vez trabajé para uno).
Dado que, si alguien tiene una suscripción a una revista que dejó caducar, pero la revista sigue enviándola, ¿está obligado a informarle de manera proactiva para que deje de enviar la revista? Y si es así, ¿hasta dónde tienen que llegar para que se detenga?
Para evitar posibles indulgencias, asuma que, en este caso, el propietario de la revista es judío.
El Business Halacha Institute analiza su misma pregunta sobre un periódico judío:
“La revista sabía que su suscripción había expirado, pero a sabiendas envió números adicionales”, explicó el rabino Dayan. “La Guemará (BM 23b, 25b, 31a) enseña que no hay obligación de hashavas aveidah cuando alguien es conscientemente imprudente con su propiedad (aveidah midaas). No tenemos que asumir mayor responsabilidad por su propiedad que él”.
“Existe una disputa sobre si alguien que es imprudente a sabiendas con su propiedad abandona la propiedad”, respondió el rabino Dayan. “Por ejemplo, el que tira su billetera a la calle y ahí la deja. El Rambam sostiene que no tienes la responsabilidad de devolverlo al dueño, pero no es hefker (sin dueño) y no puedes tomar la billetera. Sin embargo, el Tur entiende que cualquiera puede llevarse la cartera. El dueño efectivamente renunció a la propiedad de la cartera cuando la tiró a la calle, por lo que queda sin dueño” (CM 261:4). “La empresa no tiene ningún interés en recuperar la revista que se distribuyó. Esto es similar a un agricultor que movió su grano y dejó algunos tallos, donde todos están de acuerdo en que los renuncia. Los abandona por tomadores, ya que no le vale la pena recogerlos” (CM 260:7; Bach, CM 273).
“Además, a menudo las empresas continúan enviando números a un suscriptor con la intención de que los lea”, concluyó el rabino Dayan, “ya sea con la esperanza de que renueve o para mantener los números de circulación para los anunciantes. Por lo tanto, se le permite leer la revista y no tiene ninguna obligación financiera con ellos. No obstante, si la empresa es de propiedad judía, debe notificarles que su suscripción expiró en caso de que haya un error no intencionado”.
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