La situación es la siguiente:
Nuestra familia ha establecido una estructura de empresas para administrar nuestras inversiones en bienes raíces.
Existe ACME Limited, una sociedad de responsabilidad limitada del Reino Unido debidamente registrada en el Reino Unido, capaz de demostrar su identidad, domicilio social y dirección comercial en el Reino Unido. El único director de ACME Limited es un residente del Reino Unido que también puede presentar las pruebas pertinentes para su persona.
ACME Limited es una subsidiaria de propiedad total de otra empresa registrada y que opera en la UE, llamémosla Mothercompany GmbH.
Ahora ACME Limited quiere comprar una propiedad en el Reino Unido. El abogado ahora pide a todos los beneficiarios reales de Mothercompany GmbH fuera del Reino Unido que prueben su identidad y dirección. Eso significaría en la práctica que cada uno de ellos tendría que presentarse personalmente con su pasaporte en la oficina del abogado, lo cual es totalmente impráctico.
La razón por la que se eligió esa construcción de ACME Limited como subsidiaria de Mothercompany GmbH fue para asegurarse de que el director de ACME Limited en el Reino Unido pueda actuar dentro de los límites que los propietarios de la empresa le han establecido internamente.
¿Ese abogado está tratando de ser demasiado cuidadoso aquí? He pedido alguna información de primera mano por escrito donde pude entender que realmente tiene razón, sin embargo hasta el momento no he recibido nada ni he podido encontrar algo en Internet.
¿Alguna opinión? ¿Alguna experiencia práctica? ¿Alguna fuente relevante para citar?
Parece que este requisito proviene de las Regulaciones de lavado de dinero de 2017 :
5.—(1) En este Reglamento, “beneficiario real”, en relación con una persona jurídica que no sea una sociedad cuyos valores cotizan en un mercado regulado, significa—
(a) cualquier individuo que ejerza el control final sobre la administración de la persona jurídica;
(b) cualquier individuo que en última instancia posea o controle (en cada caso, ya sea directa o indirectamente), incluso a través de acciones al portador o por otros medios, más del 25% de las acciones o derechos de voto en la persona jurídica; o
(c) una persona física que controle la persona jurídica.
y luego hay un montón de cosas sobre "diligencia debida" a partir de la regulación 27 .
La guía de la FCA relacionada también dice esto (sección 3.2.4):
Cuando una empresa no pueda aplicar medidas de debida diligencia del cliente, incluso cuando una empresa no pueda estar satisfecha de saber quién es el beneficiario real, no debe iniciar ni continuar la relación comercial.
Entonces, a menos que cada propietario tenga menos del 25%, parece que no hay forma de evitarlo.
tripehound
TorstenS
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GS - Pide disculpas a Monica
TorstenS
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