¿Se requiere un CFII para que un instructor de vuelo brinde capacitación para habilitaciones de clase adicionales?

¿Un instructor de vuelo debe tener un CFII para brindar capacitación complementaria multimotor a un cliente que cumpla con los siguientes criterios:

  1. Posee un certificado de piloto comercial con una habilitación de clase terrestre de un solo motor.
  2. Posee una habilitación de avión por instrumentos.
  3. Poseer certificado médico vigente.

Entonces, dicho claramente, nuestro cliente hipotético tiene un certificado de piloto comercial con una habilitación de clase terrestre de un solo motor y una habilitación de vuelo por instrumentos. Él / ella tiene un "boleto de instrumento comercial de un solo motor" para usar la jerga de la industria.

¿El MEI del cliente debe tener un CFII para brindar la capacitación complementaria?

Puedo apreciar la lógica en tu respuesta. No sé si estoy totalmente de acuerdo ya que hay requisitos de instrumentos ACS que no han sido evaluados por el DPE. A saber, una aproximación SE ILS y maniobras de instrumentos SE. Ver página A-7 del instrumento ACS. Me imagino que se requiere un CFII para firmar diciendo que el solicitante está preparado para aquellos, de lo contrario, el solicitante obtendría una limitación ME VFR solamente en su certificado.
@wbeard52 - Gracias por el comentario. Invito a todos a tratar de hacer huecos en mis argumentos para que pueda afilarlos o abandonarlos. La ACS no especifica los requisitos de capacitación ni quién debe impartir la capacitación, solo que ciertas habilidades deben evaluarse para la emisión de un certificado o habilitación. La Parte 61 rige la capacitación y la certificación de aviadores.

Respuestas (1)

Mi OPINIÓN sobre todo esto, que es solo la opinión de un tipo:

Un instructor no necesita ser un CFII para proporcionar entrenamiento para una habilitación de clase adicional a un piloto de instrumentos existente con una habilitación de categoría bajo la cual cae la clase adicional.

Si un cliente ya posee un certificado de avión comercial con una habilitación de clase de un solo motor y una habilitación de avión por instrumentos, un instructor no necesita tener un CFII para proporcionar la capacitación de clase multimotor de ese cliente. Mi caminata reglamentaria se presenta a continuación. Léalo antes de votar o comentar.

Nota importante: si el cliente NO tiene habilitación de instrumentos y está buscando la habilitación de instrumentos para la categoría, y/o si el cliente está buscando pasar de una PPL a una CPL o de una CPL a ATP, el instructor debe tener un CFII/MEI.

Paseo reglamentario

Primero, ¿cuándo se requiere que un instructor tenga un CFII?

61.195(c) describe la limitación del instructor y la calificación relacionada con el entrenamiento con instrumentos. Esta regulación especifica que un instructor debe ser un CFII para proporcionar entrenamiento de instrumentos para la emisión de una habilitación de instrumentos, una habilitación de tipo no limitada a VFR, el certificado comercial y el certificado ATP.

Si nos detenemos allí, parece que un instructor debe ser un CFII para brindar capacitación a un cliente que busca un complemento de clase ME simple para un sistema de comunicación SE de un avión existente. Pero espera…

¿Realmente estamos realizando un "entrenamiento de instrumentos" mientras nos preparamos para una habilitación de clase adicional a un boleto SE comm-inst existente? No, no lo estamos. “Entrenamiento de instrumentos” tiene una definición en 61.1:

Entrenamiento de instrumentos significa el tiempo en el que se recibe entrenamiento de instrumentos de un instructor autorizado bajo condiciones reales o simuladas de instrumentos.

61.1 también define "entrenamiento de vuelo" que es diferente del "entrenamiento de instrumentos":

Entrenamiento de vuelo significa el entrenamiento, distinto del entrenamiento en tierra, recibido de un instructor autorizado en vuelo en una aeronave.

El entrenamiento para una habilitación de clase adicional a un avión SE com-inst existente no es "entrenamiento de instrumentos", es vuelo únicamente por referencia a instrumentos y esa es una distinción importante. Suena pedante, pero la FAA utiliza intencionalmente estos dos términos con mucho cuidado:

61.109(b)(3) – PPL requisito de experiencia aeronáutica en aviones multimotor

3 horas de entrenamiento de vuelo en un avión multimotor sobre el control y las maniobras de un avión únicamente con referencia a los instrumentos , incluido el vuelo recto y nivelado, ascensos y descensos constantes a velocidad aerodinámica, giros hacia un rumbo, recuperación de actitudes de vuelo inusuales, comunicaciones por radio y el uso de sistemas/instalaciones de navegación y servicios de radar apropiados para el vuelo por instrumentos.

61.129(b)(3)(i) – Requisito de experiencia aeronáutica CPL en aviones multimotor

Diez horas de entrenamiento con instrumentos utilizando un dispositivo limitador de visión que incluye vuelo con instrumentos de actitud, habilidades de panel parcial, recuperación de actitudes de vuelo inusuales y sistemas de navegación de interceptación y seguimiento. Cinco horas de las 10 horas requeridas en el entrenamiento de instrumentos deben ser en un avión multimotor.

¿Ves la diferencia? Está redactado cuidadosamente para permitir que una persona que no sea CFII lleve a cabo la capacitación de PPL ME, pero requiere que un CFII realice la capacitación de CPL ME (lo que también es cierto para CPL SE). Pero espera hay mas…

61.109 y 61.129 son requisitos de experiencia aeronáutica para los certificados PPL y CPL. Tenga en cuenta que nuestro cliente ya tiene un certificado CPL para el avión SE y una habilitación de avión por instrumentos. El instructor no necesita cumplir con los requisitos de horas en 61.129 porque 61.63 (c) (3) [Habilitaciones de clase adicionales] nos da:

Una persona que solicita una habilitación de clase adicional en un certificado de piloto... no necesita cumplir con los requisitos de tiempo de entrenamiento especificados prescritos por esta parte que se aplican al certificado de piloto para la habilitación de clase de aeronave buscada; a menos que la persona solo posea una habilitación de categoría de aeronave más liviana con una habilitación de clase de globo y busque una habilitación de clase de dirigible, entonces esa persona debe recibir los requisitos de tiempo de capacitación especificados y poseer la experiencia aeronáutica adecuada.

Esto significa que no se requiere "entrenamiento de instrumentos" y que cualquier entrenamiento que se lleve a cabo es "entrenamiento de vuelo únicamente por referencia a instrumentos" y puede ser realizado por un MEI sin un CFII.

Entonces, para concluir…

…un cliente que busca agregar una habilitación de clase ME que ya posee una licencia de piloto comercial para un avión terrestre de un solo motor con una habilitación de avión por instrumentos no está recibiendo capacitación de certificado comercial porque ya posee un certificado comercial. Simplemente están agregando otra clase a su certificado comercial.

…un cliente que busca una habilitación de clase ME que ya posee una licencia de piloto comercial para un avión terrestre monomotor con una habilitación de instrumentos no está recibiendo capacitación en instrumentos porque ya posee una habilitación de avión por instrumentos. Una vez más, solo un complemento de clase, no una nueva calificación. No hay calificaciones de instrumentos ME o SE, es una calificación de categoría.

…la capacitación recibida es puramente de operación multimotor y cubre cómo ejercer los privilegios de su certificado de piloto comercial existente y la habilitación de avión por instrumentos mientras vuela un avión multimotor. No es un entrenamiento para una habilitación de avión por instrumentos (ya lo tienen) y no es un entrenamiento de certificado comercial (porque ya lo tienen). Es una calificación de clase adicional por 61.63.

…nuestro CFI/MEI (no CFII) puede brindar la capacitación y respaldar al cliente para un examen práctico.

Notas importantes :

Un cliente que busque actualizar un certificado de PPL a CPL -o- de CPL a ATP debe recibir capacitación de un CFII/MEI.

Un cliente que busca una habilitación de instrumento inicial debe recibir capacitación de un CFII/MEI.