Un procedimiento común en el entrenamiento de vuelo es la aproximación baja: simular un aterrizaje, pero sin realmente hacer contacto con el suelo antes de encender y dar la vuelta en el patrón de tráfico o ejecutar un procedimiento de aproximación frustrada, a veces después de volar todo el camino hasta un mínimos del enfoque.
En esta situación, un piloto vuela muy cerca del suelo: un procedimiento de entrenamiento de viento cruzado sugerido sugiere volar a lo largo de la pista lo suficientemente bajo como para que " [está bien] si las ruedas tocan tierra sin darse cuenta durante el ejercicio " .
Compare esto con otras operaciones, incluido un procedimiento simulado de apagado del motor lejos de un aeródromo. Estos se rigen por FAR 91.119 :
Excepto cuando sea necesario para el despegue o el aterrizaje, ninguna persona puede operar una aeronave por debajo de las siguientes altitudes:
(a) En cualquier lugar. Una altitud que permita, si falla una unidad de potencia, un aterrizaje de emergencia sin peligro indebido para las personas o la propiedad en la superficie.
(b) Sobre áreas congestionadas. Sobre cualquier área congestionada de una ciudad, pueblo o asentamiento, o sobre cualquier reunión de personas al aire libre, una altitud de 1,000 pies sobre el obstáculo más alto dentro de un radio horizontal de 2,000 pies de la aeronave.
(c) Sobre otras áreas que no sean congestionadas . Una altitud de 500 pies sobre la superficie, excepto sobre aguas abiertas o áreas escasamente pobladas. En esos casos, la aeronave no se puede operar a menos de 500 pies de ninguna persona, embarcación, vehículo o estructura.
El entrenamiento para aproximaciones frustradas y maniobras al aire son importantes para las habilidades básicas y se realizan con mucha frecuencia. Sin embargo, las regulaciones no hacen ninguna excepción para el entrenamiento. Para una maniobra en la que un piloto desciende por debajo de los 500 pies AGL sin tener la intención de aterrizar, ¿existe una guía legal que lo autorice cerca de una pista o es una excepción no escrita?
Bueno, voy con "Es una excepción escrita, pero nadie pensó en incluirla en 14 CFR 91.119".
Digo esto porque hay una serie de regulaciones que requieren que un estudiante piloto o solicitante de una licencia reciba y registre entrenamiento de vuelo para maniobras de motor y al aire.
Por ejemplo:
El texto completo del requisito SEL de piloto privado (y todos son similares) es:
61.107 Competencia de vuelo.
(un general. Una persona que solicita una licencia de piloto privado debe recibir y registrar entrenamiento en tierra y vuelo de un instructor autorizado en las áreas de operación de esta sección que se aplican a la habilitación de categoría y clase de aeronave buscada.
(b) Áreas de operación.
(1) Para una habilitación de categoría de avión con una habilitación de clase de un solo motor:
(i) preparación previa al vuelo;
(ii) Procedimientos previos al vuelo;
(iii) Operaciones de aeropuerto y base de hidroaviones;
(iv) Despegues, aterrizajes y maniobras de motor y al aire;
(v) Maniobras de ejecución;
(vi) maniobras de referencia en tierra;
(vii) Navegación;
(viii) Vuelo lento y entradas en pérdida;
(ix) Maniobras básicas de instrumentos;
(x) Operaciones de emergencia;
(xi) Operaciones nocturnas, excepto lo dispuesto en la §61.110 de esta parte; y
(xii) Procedimientos posteriores al vuelo.
No hay ninguna regla que lo permita explícitamente, pero estás practicando el aterrizaje, por lo que puedes hacer lo que sea necesario para aterrizar.
Además, un concepto erróneo común con la regla de altitudes mínimas es que 500 pies AGL es lo más bajo que puede pasar en áreas no congestionadas. Eso no es así, puede estar a 1 pie del suelo siempre que pueda aterrizar de manera segura si su motor se apaga y todavía está a 500 pies de distancia de las estructuras, etc. La mayoría de los aeropuertos están en áreas no congestionadas y no tienen nada dentro de los 500 pies de la pista.
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usuario2168
CG Campbell
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