¿Qué hace que las aproximaciones bajas intencionales o perdidas sean legales?

Un procedimiento común en el entrenamiento de vuelo es la aproximación baja: simular un aterrizaje, pero sin realmente hacer contacto con el suelo antes de encender y dar la vuelta en el patrón de tráfico o ejecutar un procedimiento de aproximación frustrada, a veces después de volar todo el camino hasta un mínimos del enfoque.

En esta situación, un piloto vuela muy cerca del suelo: un procedimiento de entrenamiento de viento cruzado sugerido sugiere volar a lo largo de la pista lo suficientemente bajo como para que " [está bien] si las ruedas tocan tierra sin darse cuenta durante el ejercicio " .

Compare esto con otras operaciones, incluido un procedimiento simulado de apagado del motor lejos de un aeródromo. Estos se rigen por FAR 91.119 :

Excepto cuando sea necesario para el despegue o el aterrizaje, ninguna persona puede operar una aeronave por debajo de las siguientes altitudes:

(a) En cualquier lugar. Una altitud que permita, si falla una unidad de potencia, un aterrizaje de emergencia sin peligro indebido para las personas o la propiedad en la superficie.

(b) Sobre áreas congestionadas. Sobre cualquier área congestionada de una ciudad, pueblo o asentamiento, o sobre cualquier reunión de personas al aire libre, una altitud de 1,000 pies sobre el obstáculo más alto dentro de un radio horizontal de 2,000 pies de la aeronave.

(c) Sobre otras áreas que no sean congestionadas . Una altitud de 500 pies sobre la superficie, excepto sobre aguas abiertas o áreas escasamente pobladas. En esos casos, la aeronave no se puede operar a menos de 500 pies de ninguna persona, embarcación, vehículo o estructura.

El entrenamiento para aproximaciones frustradas y maniobras al aire son importantes para las habilidades básicas y se realizan con mucha frecuencia. Sin embargo, las regulaciones no hacen ninguna excepción para el entrenamiento. Para una maniobra en la que un piloto desciende por debajo de los 500 pies AGL sin tener la intención de aterrizar, ¿existe una guía legal que lo autorice cerca de una pista o es una excepción no escrita?

Esta es interesante: pude pensar en mi salida de (a) y (c) con bastante facilidad, pero (b) puede ser difícil: los accesos a mi campo local lo colocan sobre "áreas congestionadas" por debajo de la altitud mínima según los reglamentos.
En Canadá, CARS 602.15 (2)(b)(iv) otorga una excepción a las altitudes mínimas para el "entrenamiento de vuelo realizado por o bajo la supervisión de un instructor de vuelo calificado". Me pregunto si hay algo así en las normas de la FAA.
¿Existe realmente, de verdad, algo así como dar la vuelta que está diseñado para hacerse, a propósito y como parte de un patrón? Me parece que, intencionalmente o no, lo que el piloto REALMENTE está haciendo es aterrizar y luego realizar la maniobra de motor y al aire, que es PARTE DEL aterrizaje. ¿No es el motor y al aire la transición de aterrizar de regreso a un patrón de vuelo?
@CGCampbell Hay idas y venidas intencionales y planificadas. Algunos programas de capacitación incluyen aproximaciones sin aterrizajes para brindarle al estudiante algunos ejemplos más y practicar intentos de aproximaciones perfectas en un período de tiempo determinado antes de agregar el componente de aterrizaje. Son un componente del entrenamiento de vuelo por instrumentos. También son una habilidad importante para entrenar por su propio bien.
@CGCampbell, podría presentar un argumento convincente para que las ida y vuelta sean un aterrizaje, pero el método de "hacer un pase bajo, mantener las ruedas a un pie de la pista" para mejorar el rendimiento de los estudiantes en la bengala ciertamente no tiene la intención de aterrizar. Los enfoques de instrumentos de práctica pueden romper las restricciones de altitud anteriores si se vuelan hasta la altura de decisión (como es bastante común) como mencionó Articuno.

Respuestas (2)

Bueno, voy con "Es una excepción escrita, pero nadie pensó en incluirla en 14 CFR 91.119".

Digo esto porque hay una serie de regulaciones que requieren que un estudiante piloto o solicitante de una licencia reciba y registre entrenamiento de vuelo para maniobras de motor y al aire.

Por ejemplo:

El texto completo del requisito SEL de piloto privado (y todos son similares) es:

61.107 Competencia de vuelo.

(un general. Una persona que solicita una licencia de piloto privado debe recibir y registrar entrenamiento en tierra y vuelo de un instructor autorizado en las áreas de operación de esta sección que se aplican a la habilitación de categoría y clase de aeronave buscada.

(b) Áreas de operación.

(1) Para una habilitación de categoría de avión con una habilitación de clase de un solo motor:

(i) preparación previa al vuelo;

(ii) Procedimientos previos al vuelo;

(iii) Operaciones de aeropuerto y base de hidroaviones;

(iv) Despegues, aterrizajes y maniobras de motor y al aire;

(v) Maniobras de ejecución;

(vi) maniobras de referencia en tierra;

(vii) Navegación;

(viii) Vuelo lento y entradas en pérdida;

(ix) Maniobras básicas de instrumentos;

(x) Operaciones de emergencia;

(xi) Operaciones nocturnas, excepto lo dispuesto en la §61.110 de esta parte; y

(xii) Procedimientos posteriores al vuelo.

No hay ninguna regla que lo permita explícitamente, pero estás practicando el aterrizaje, por lo que puedes hacer lo que sea necesario para aterrizar.

Además, un concepto erróneo común con la regla de altitudes mínimas es que 500 pies AGL es lo más bajo que puede pasar en áreas no congestionadas. Eso no es así, puede estar a 1 pie del suelo siempre que pueda aterrizar de manera segura si su motor se apaga y todavía está a 500 pies de distancia de las estructuras, etc. La mayoría de los aeropuertos están en áreas no congestionadas y no tienen nada dentro de los 500 pies de la pista.

Lo que dices en el segundo párrafo no es un error común que yo sepa. Tiene una referencia?
@Articuno La referencia se cita en la pregunta. (91.119 (c): sobre aguas abiertas o áreas "escasamente pobladas" puede volar tan bajo como desee siempre que se cumpla con 91.119 (a). No estoy de acuerdo con que la mayoría de los aeropuertos estén en áreas "escasamente pobladas". aunque -- Muchos lo son, pero aquí en el noreste generalmente estás volando sobre desarrollos residenciales o industriales...
@ voretaq7 Veo la referencia, pero nunca escuché a nadie malinterpretarla en el sentido de que 500 pies AGL es lo más bajo que puede pasar en áreas no congestionadas. Cada vez que he visto que se menciona ese registro, siempre incluyen la excepción para "sobre aguas abiertas o áreas escasamente pobladas".
La respuesta de @ NathanG Ralgha dice que es un error pensar que nunca se puede volar por debajo de 500 pies AGL (un error que no había escuchado hasta ahora). Tu interpretación es correcta. (c) "Sobre áreas que no sean congestionadas" se divide en dos situaciones diferentes. La primera situación, cuando no se encuentra sobre aguas abiertas o áreas escasamente pobladas, lo restringe a una altitud mínima de 500 pies AGL. La segunda situación, cuando se encuentra sobre aguas abiertas o áreas escasamente pobladas, permite cualquier lugar (incluso por debajo de 500 pies AGL) siempre que no esté "más cerca de 500 pies de cualquier persona, embarcación, vehículo o estructura".
@Articuno Como anécdota, diría que "no se puede volar por debajo de 500 'AGL" es un concepto erróneo bastante común: lo he escuchado sorprendentemente a menudo (especialmente viviendo en Nueva York, donde hay un contraejemplo justo en la sección). La regulación generalmente se cita correctamente, pero las personas que citan la regulación probablemente no son las que interpretan mal.
Cuando se encuentra en áreas que se encuentran entre "escasamente pobladas" y "congestionadas", se supone que las personas, las embarcaciones, los vehículos o las estructuras son lo suficientemente comunes como para que podamos simplificarlo diciendo que debe estar a 500 pies sobre el suelo en general, y por alguna razón, la FAA codificó esa simplificación también.
Esto no se ha sostenido para ser verdad. Recientemente, la FAA suspendió a un conocido videobloguero por hacer un pase bajo sobre un campo fuera del aeropuerto en el que tenía permiso para aterrizar. Fue citado y en su audiencia se confirmó que debido a que en realidad no aterrizó, violó la única excepción que le permite operar dentro de los 500 pies de una persona o estructura. Técnicamente, si tiene la intención de aterrizar y dar la vuelta, está en violación. La realización efectiva de la operación de aterrizaje es un elemento obligatorio. Ese fallo tiene implicaciones reales para todos nosotros y ninguna de ellas es buena.
Debe haber más en esa historia.
@Khantahr, lo único más importante de la historia es, desafortunadamente, que la argumentación de la FAA es bastante retrasada.
¿Tienes una fuente para eso? He estado involucrado con la FAA antes, y falta esa historia.