Pregunta sobre nómina/impuestos de EE. UU. para ciudadanos no estadounidenses/titulares de GC que viven en el extranjero

Historia:

  • Soy un ciudadano australiano y británico con doble ciudadanía que actualmente vive en los EE. UU. (Nueva York)
  • Tengo una visa de cónyuge G4 con autorización de empleo [pero podría obtener fácilmente una E3 si fuera necesario].
  • Estoy empleado aquí en los EE. UU. (NYC) y estoy en una nómina de EE. UU. [USD].

La pregunta....

¿Es posible para mí trabajar de forma remota en el extranjero [con mi familia, por lo que la visa G4 quedaría anulada] más que probablemente en Francia, España o Italia, a tiempo completo, mientras sigo empleado por mi empleador actual [en los EE. UU.], haciendo el exactamente el mismo trabajo, y me pagan en USD, como lo hago ahora?

si fuera posible, ¿cuál sería mi situación fiscal en los EE. UU. y en el país en el que residía?

Gracias

Respuestas (1)

Es posible, por supuesto.

Sin embargo, es posible que deba convertirse en contratista, si el empleador no tiene presencia en ese país y ese país requiere que los empleadores se registren y paguen impuestos (como la mayoría lo hace).

En cuanto a los impuestos... El título de su pregunta se refiere al ciudadano/titular de gc, pero usted no es ninguno de los dos. Si no es estadounidense, no pagará impuestos estadounidenses en esta situación (a menos que visite los EE. UU. y trabaje, en cuyo caso prorrateará o utilizará los tratados fiscales).

Si es titular/ciudadano de gc, pagará impuestos de EE. UU., pero la parte atribuida a su trabajo mientras estuvo en el extranjero puede excluirse a través de la Exclusión de ingresos obtenidos en el extranjero (hasta cierto límite). También puede utilizar los impuestos pagados en el país en el que vive para compensar la obligación tributaria de los EE. UU. mediante el crédito fiscal extranjero.

Si usted es una persona de los EE. UU. (titular de gc/ciudadano), tenga en cuenta los problemas de FBAR/FATCA/PFIC que afectan a casi cualquier persona de los EE. UU. que se muda al extranjero, y especialmente a Europa.

Gracias por su respuesta. Según su respuesta, parece que realmente debería ver esto desde el punto de vista de la UE [Reino Unido] o AUS, ya que soy ciudadano y ver qué tratados fiscales existen, ya que la empresa para la que trabajo es una empresa australiana con presencia en el Reino Unido. Gracias de nuevo..