No recibiré un W-2. ¿Cuándo debo llamar al IRS?

Mi empleador donde trabajé durante 2 meses el año pasado (a fines de 2015/principios de 2016) no puede/no está dispuesto a generar W-2 por cualquier motivo. Veo en el sitio web del IRS que si no me responde antes del 14 de febrero, necesito llamar al IRS y ellos llamarán al empleador para generar un W-2. ¿Alguien ha hecho esto antes? Además, ¿es realmente necesario esperar hasta el 14 de febrero, ya que estoy 100% seguro de que no hará nada al respecto? ¿Puedo llamar al IRS ahora o después del 31 de enero?

Para obtener más antecedentes, consulte mi pregunta del año pasado , en la que pregunto sobre el mismo período de empleo para los impuestos del año pasado.

Usted menciona en su otro hilo que "no estaba en la nómina" para este empleador. Realmente suena como si fueras un contratista. ¿Recibirá un formulario 1099 en su lugar?
@CarlVeazey oficialmente, según la carta de oferta, era un empleado de tiempo completo. Ese patrón lo arruinó todo. Inicialmente me dijo que estaba en la nómina y luego, después de mi renuncia, dijo que no estaba en la nómina.
¿Es este el mismo empleador que el año pasado? ¿Cómo te metiste en esta situación dos veces?
@BenMiller mismo empleador. No sucedió dos veces. Desde que recibí mi salario en 2016, estoy lidiando con todo esto en 2017. Nunca trabajé para ese empleador después de febrero de 2016.
@John, ahora lo entiendo. Gracias por la explicación.

Respuestas (2)

Daniel Carson proporcionó una buena respuesta a su pregunta específica, pero es posible que ni siquiera necesite un W2 para completar sus impuestos.

En un comentario de su hilo del año pasado, Ben Miller le preguntó si recibió un talón de pago y su respuesta fue:

No. Es solo un cheque con una cantidad X a mi nombre. Sin recibo de sueldo ni nada más.

Lo más importante es determinar si le pagaron como empleado o como contratista. ¿Recuerda si llenó un formulario W4 (empleado) o W9 (contratista)?

¿Era el monto del cheque igual al monto que acordó recibir de acuerdo con el contrato que firmó?

  • Si la respuesta es sí, entonces es muy probable que le hayan pagado como si fuera un contratista independiente, y si el monto total que le pagaron en 2016 fue más de $600, debería recibir un formulario 1099 por correo, pero incluso si ¿Todavía no puede declarar sus impuestos en función de la cantidad total exacta que le pagaron?
  • Si no, (su cheque fue por menos de la cantidad contratada), entonces probablemente le pagaron como empleado con impuestos retenidos. En este caso, debe recibir un W2 y, si no lo recibe, su empleador anterior está obligado a proporcionarle uno, y puede proceder según lo planeado comunicándose con ellos o con el IRS si necesitan un empujón adicional.

Actualizar: En un comentario a continuación, Joe señaló que si presenta una declaración como si hubiera recibido un 1099, también estaría pagando la parte del empleador de FICA, y estoy de acuerdo con él en que esto puede ser injusto. Normalmente, si no puede decidir si es un empleado o un contratista independiente, hay un conjunto de reglas que ayudan a determinarlo, y la balanza se inclina fuertemente hacia ser un empleado. He oído hablar de muchos casos en los que el IRS reclasificó a contratistas independientes como empleados, pero nunca he oído hablar de un solo caso al revés. Por lo tanto, dado que tiene un contrato con su empleador que especifica que sería un empleado, en mi humilde opinión, eso por sí solo debería ser prueba suficiente de que esta fue la intención bajo la cual se realizó su trabajo, y no debe ser responsable de la parte del empleador de FICA. Desafortunadamente, para evitar pagarlo, es posible que deba completar documentos adicionales. Tenga en cuenta que la cantidad que ahorrará será el 7,65 % de la cantidad que le pagó ese empleador (a menos que haya ganado más de $118 500 en 2016, en cuyo caso será menos), por lo que puede ayudarlo a determinar si vale la pena.

Si decides ahorrarte el 7,65%, en lugar de presentar como si recibieras un 1099, puedes seguir estas instrucciones . En su caso, el primer punto se aplica a usted:

Tenías un trabajo y tu empleador terminó no pagándote como empleado, sino como autónomo.

(En realidad, no sabe con 100% de certeza lo que estaba pensando su empleador, pero según nuestra conversación en los comentarios, creo que es muy probable que no se hayan retenido ni pagado impuestos).

El resumen de lo que describe el artículo es que deberá completar el Formulario 8919 y el Formulario SS-8.

Gracias por tu respuesta. La cantidad total por dos meses fue más de $600. La carta de oferta dice que yo era un empleado de tiempo completo de la empresa y el empleador nunca me dio el formulario W4 o W9. Era una empresa nueva sin ninguna oficina física donde la gente trabajaba desde casa. El empleador acordó pagar una cantidad X y debido a la pérdida financiera en la empresa, me pagó una cuarta parte de la cantidad prometida. Sigo esperando el pago aplazado.
¡Ay! Eso es lamentable. Apuesto a que no retuvieron ningún impuesto, por lo que a pesar de que el contrato especifica que usted era un empleado, lo más probable es que deba presentar su declaración como si le hubieran enviado un 1099 por la cantidad exacta que le pagaron. No aguantaría la respiración esperando nada de ellos.
Creo que presentar como 1099 significa que tendré que pagar de mi bolsillo si no me equivoco.
Correcto. A menos que su empleador retenga parte de su salario y se lo entregue a las autoridades fiscales, entonces tendrá que pagar sus impuestos usted mismo.
Si presenta como 1099, tendría que pagar ambos lados de los impuestos sobre la nómina. No sé si debería tener que pagar el lado del empleador de esos impuestos, incluso si el empleador se retiró y no los pagó, ¿debería?
@ Joe - ¡excelente punto! Estoy de acuerdo en que es injusto. He actualizado mi respuesta.

¿Puedo llamar al IRS ahora o después del 31 de enero?

El IRS dice esto: "Si no puede obtener una copia de su empleador, puede llamar al IRS al 800-829-1040 después del 23 de febrero". Desafortunadamente, no parece que el IRS tome medidas hasta después del 23 de febrero. Antes de esa fecha, le recomiendan que se comunique con su empleador.

Hmm, ya me he puesto en contacto con él. A ver si responde
+1. La fecha límite del W-2 es el 31 de enero, y el IRS no se ocupará de las quejas faltantes del W-2 hasta que haya pasado esa fecha límite y se haya dado tiempo para que el formulario llegue por correo.